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Información General

Información General

Si bien Colombia en el concierto internacional, fue pionera del control ciudadano de constitucionalidad de las leyes, ese control se asignó en un comienzo, en el aDo de 1910,  a la Corte Suprema de Justicia, máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria y posteriormente, en 1945, se dividió para entregar a la jurisdicción contencioso administrativa, el control de constitucionalidad de los actos administrativos.


Aunque de tiempo atrás se venía impulsando la creación de un tribunal constitucional, después de un intento fallido en la reforma de 1968, sólo en el aDo de 1991, con la expedición de una nueva Carta Política, se hizo realidad el establecimiento de la Corte Constitucional, propuesta en el proyecto del Gobierno y apoyada por varios delegatarios que consideraban de suma importancia en el nuevo esquema constitucional, el funcionamiento de un tribunal especializado  que se encargara de la guarda de la supremacía e integridad de la Carta Fundamental.

Se habla entonces, del establecimiento de un control difuso, a la cabeza del cual están  la Corte Constitucional y el Consejo de Estado y extendido a todos los jueces y tribunales de la República, a los cuales se asignó el  conocimiento de las nuevas acciones constitucionales de tutela, cumplimiento,  populares y de grupo.

En virtud del artículo transitorio 22 de la Carta Política, la primera Corte Constitucional se integró por siete magistrados que fueron designados así: por el presidente de la República, los doctores Alejandro Martínez Caballero y Ciro Angarita Barón; por la Corte Suprema de Justicia, el doctor Jaime Sanín Greiffenstein; por el Consejo de Estado, el doctor Simón Rodríguez Rodríguez; por el Procurador General de la Nación, el doctor Eduardo Cifuentes MuDoz y por la Corte Constitucional, se designaron de ternas presentadas por el Presidente de la República, los doctores Fabio Morón Díaz y José Gregorio Hernández Galindo.

Mientras comenzaba labores la Corte así integrada, la Corte Suprema de Justicia continuó conociendo de los asuntos de constitucionalidad desde el 1_ de junio de 1991 hasta el 17 de febrero de 1992, fecha en la cual, se instaló la Corte Constitucional  por el Presidente de la República de entonces, doctor Cesar Gaviria. Como presidente de la primera Corte, fue elegido el doctor Simón Rodríguez Rodríguez. Para esa fecha, se habían radicado 47 de demandas de inconstitucionalidad, 1005 acciones de tutela y tres decretos legislativos expedidos por el Presidente de la República, en desarrollo del estado de emergencia económica y social que se había declarado a comienzos del aDo 1992.

Esta primera Corte funcionó hasta el 28 de febrero del aDo de 1993, habiendo proferido en esta etapa inicial, un total de 133 sentencias de constitucionalidad y 628 fallos de tutela, que sentaron las primeras bases del desarrollo jurisprudencial de la nueva Carta. De esta primera etapa, se recuerdan fallos como los del Concordato, la emergencia económica y las primeras tutelas, que sentaron las bases del nuevo sistema constitucional.

Posteriormente, la Ley 5^ de 1992, ley orgánica mediante la cual se adoptó el Reglamento del Congreso, aumentó el número de magistrados de la Corte Constitucional a nueve, cuyo elección se efectuó de ternas integradas por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado,  el 1_ de diciembre de 1992, fecha en la cual se integró la Corte que debía comenzar el período de ocho aDos para el cual fue elegida, el 1_ de marzo de 1993.

Miembros de esta nueva Corte Constitucional fueron los doctores Jorge Arango Mejía, Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes MuDoz, Carlos Gaviria Díaz, José Gregorio Hernández Galindo, Hernando Herrera Vergara, Alejandro Martínez Caballero, Fabio Morón Díaz y Vladimiro Naranjo Mesa.

Posteriormente, ingresaron a la Corporación, en reemplazo de los doctores Jorge Arango Mejía y Hernando Herrera Vergara, los doctores Alfredo Beltrán Sierra y Alvaro Tafur Galvis.
Transitoriamente, ejercieron la magistratura en calidad de encargados, los doctores Julio César Ortiz Gutiérrez y por primera vez, una mujer, la doctora Carmenza Isaza de Gómez. Posteriormente, las doctoras Martha Sáchica Méndez y Cristina Pardo Schlessinger y el doctor Jairo Charry Rivas.
Es por todos reconocido el avance en el desarrollo jurisprudencial que han representado las más de ocho mil sentencias dictadas por la Corte Constitucional, que sin embargo, y como es propio de un Estado democrático y pluralista, ha generado también encendidas polémicas en el círculo de los juristas y el Gobierno, enfrentamientos institucionales a nivel de las altas corporaciones de justicia, pero que igualmente, ha despertado la confianza y la esperanza de los ciudadanos en sus instituciones y en la certeza de que la Carta Fundamental no se quedó en una mera formulación teórica, sino que se ha hecho una realidad.

Los intentos de reforma constitucional para modificar a esta Corporación e inclusive, para suprimirla y volver al control a cargo de la Corte Suprema de Justicia, han fracasado.

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