null Defensa de plantas permanentes: Jueces Administrativos

LOS JUECES ADMINISTRATIVOS DE COLOMBIA

COMUNICAMOS A LA OPINIÓN PÚBLICA (SEGUNDO COMUNICADO):

  1. El Acuerdo PSAA15-10402, que creó con carácter permanente despachos y cargos judiciales en todo el territorio nacional, se encuentra vigente y es obligatorio desde su publicación en la Gaceta de la Judicatura número 66 del 29 de octubre de 2015. La creación de los cargos permanentes, en el caso de nuestra jurisdicción especializada, es producto de diez años de reclamaciones en ese sentido, contó con los correspondientes estudios técnicos y económicos y fue previamente concertada y socializada.
  1. La disponibilidad de recursos para la debida ejecución del precitado acuerdo, durante los meses de noviembre y diciembre de 2015, fue plenamente garantizada por la autoridad ordenadora del gasto. Ello sucedió en cuantía de $113.393'698.056 y con anterioridad a su expedición, tal como lo ordenan los artículos 122 constitucional y 71 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y como lo acredita la certificación expedida por la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial por oficio DEAJ15-1163 del 29 de octubre de 2015.
  1. Sin embargo, surgió confusión porque a escasos dos días de la expedición del acuerdo de creación de cargos, se publicó el Acuerdo PSAA15-10404 que restableció hasta el 30 de noviembre los 6.176 cargos de descongestión, con un costo de $38.000'000.000.
  1. Fue necesario, entonces, que días después se expidiera un tercer acuerdo que precisó que los cargos y despachos de descongestión restablecidos eran solamente aquellos que no fueron sustituidos por los permanentes creados, dado el evidente desfinanciamiento presupuestal que conllevaría la aplicación simultánea de los dos acuerdos.
  1. En el mismo sentido, la Viceministra general del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante comunicación dirigida a la Cámara de Representantes el pasado 10 de noviembre, indicó que en los meses de noviembre y diciembre la implementación de los 6.090 cargos creados mediante el Acuerdo PSAA15-10402 requiere únicamente $83.400'000.000. En el escrito advirtió que sólo se presentaría déficit si se ponen en funcionamiento de manera simultánea, los cargos permanentes y todos los cargos de descongestión. Lo anterior también fue dado a conocer por ese ministerio a la directora ejecutiva de Administración Judicial con el Oficio 2-2015-044281 del 13 de noviembre de 2015.
  1. Insistimos en que el Acuerdo PSAA15-10402 no creó 6.090 nuevos cargos, sino que sustituyó, en ese mismo número, la mayoría de los cargos de descongestión. Luego, no es cierto que la Rama Judicial haya incrementado su planta de personal en 12.266 cargos, como si fuera posible sumar a los 6.090 cargos creados a partir del 29 de octubre los 6.176 cargos de descongestión que existieron hasta el 31 de octubre.
  1. El Acuerdo PSAA15-10402 sustituyó los cargos y los despachos de descongestión que funcionaron durante años sin sujeción a las reglas de la carrera judicial, por cargos de planta sometidos a los requisitos constitucionales del mérito, la igualdad y la evaluación permanente. No quisiéramos creer que la resistencia a dar cumplimiento a ese acuerdo obedece al interés de mantener cuotas de poder burocrático al interior de la Rama Judicial.
  1. El artículo 304 de la Ley 1437 de 2011 concedió solo cuatro años de vigencia al Plan Nacional de Descongestión, diseñado para tramitar los asuntos iniciados bajo el sistema escritural en nuestra jurisdicción. Superado ese lapso, los esfuerzos deben concentrarse en el diseño de una planta de personal acorde con las exigencias y carga que demanda el nuevo sistema por audiencias previsto para esta jurisdicción. El Acuerdo PSAA15-10402 es un primer paso, trascendental, en esa dirección.
  1. Exhortamos a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura a que no ceda a las presiones que actualmente recibe para modificar retroactivamente la vigencia del Acuerdo PSAA15-10402 o para suprimir, en más de mil, los cargos permanentes allí creados, tal como públicamente se le ha solicitado, al parecer, con el único propósito de mantener la totalidad de los cargos y despachos de descongestión. Ello no sólo desconocería el derecho de nuestros usuarios a recibir una justicia administrativa pronta, cumplida y efectiva, sino el derecho de quienes desean ingresar al sistema de carrera judicial.

Llamamos la atención del Gobierno Nacional, del Consejo de Gobierno Judicial, de los demás servidores judiciales, de la academia y de la ciudadanía en general para que nos continúen acompañando en la defensa de la inmediata implementación de nuestras plantas y despachos judiciales recién creados de manera permanente.

 

LA JUSTICIA ES PERMANENTE

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