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Bogotá, D.C., 16 de febrero de 2011.- La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, destituyó al Juez Segundo Civil del Circuito de Magangue, Bolívar, Arnedys José Payares Pérez, y lo inhabilitó por 10 años para ejercer cargos públicos, por faltar a los deberes de los funcionarios y empleados judiciales.
Con ponencia del Magistrado Pedro Alonso Sanabria Buitrago, la Sala determinó que el Juez Payares Pérez, incurrió en una falta gravísima al haber ordenado el embargo de las cuentas bancarias de la Caja Nacional de Previsión, Cajanal, por un monto de $21.053.851.024,25 para el pago de pensiones gracia a 95 maestros del orden nacional.
La orden fue dada por el Juez a través de un fallo de tutela y de acuerdo con la providencia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, el recurso de amparo era “abiertamente improcedente”, ya que los hechos podían ser cuestionados por la vía de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho.
“El doctor Payares Pérez, como Juez Constitucional, no podía dentro de una acción de tutela decretar medidas cautelares de embargo de dineros, con lo cual pudo haber proferido una resolución judicial contraria a la ley”, precisó la Sala Jurisdiccional Disciplinaria.
Por estos mismos hechos, el Juez Segundo Civil del Circuito de Magangué, ya había sido suspendido del cargo por el término de tres (3) meses, por disposición del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico, que argumentó que la sanción buscaba evitar la reiteración de la conducta por parte del funcionario.
“El doctor Payares Pérez, también en este caso transgredió la normatividad constitucional y legal, en la medida que se atribuyó la función del juez ordinario administrativo, quien es el único facultado para verificar la legalidad de los actos administrativos cuestionados”, agregó la Sala.
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