null Sala Disciplinaria sancionó 38 abogados y funcionarios judiciales y tramitó 15 tutelas
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Bogotá, D.C., 11 de abril de 2011.- 30 abogados y ocho funcionarios de la Rama Judicial fueron sancionados por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, por incurrir en diferentes faltas contempladas en la legislación disciplinaria.

 

Los magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria resolvieron 62 procesos disciplinarios en contra de funcionarios judiciales y 47 contra abogados, además de 18 conflictos de competencia y 15 acciones de tutela, de las cuales 11 fueron negadas y cuatro aceptadas.

 

Al proferir un total de 142 providencias durante la última sesión, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, está respondiendo los requerimientos de la ciudadanía que busca administración de justicia.

 

A continuación, algunos de los casos decididos durante la última sesión por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria:

 

Con ponencia del presidente de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, Magistrado Henry Villarraga Oliveros:

 

** Sanción al Juez 3° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Pereira.

 

Radicado: 680011102000200800195 01

 

Resuelve: Confirmar íntegramente la providencia apelada proferida el 8 de septiembre del 2010, por medio de la cual resolvió sancionar con suspensión del cargo por el término de 2 meses, convertible en multa en los términos del inciso 2° del artículo 46 la ley 734 de 2002, al doctor Genaro Hernández Cano, en su entonces calidad de Juez 3° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Pereira, al hallarlo disciplinariamente responsable del incumplimiento del deber previsto en el artículo 153 numero 1° de la Ley 270 de 1996 en concordancia con la inobservancia de los artículos 31 y 64 del Código Penal – Ley 599 de 2000.

** Sanción al Fiscal Delegada ante los Jueces del Circuito de Bogotá

 

Radicado: 680011102000200806386 01

 

Resuelve: Confirmar íntegramente la providencia apelada proferida el 4 de noviembre de 2010, por medio de la cual resolvió sancionar con destitución e inhabilidad general por el término de 10 años, convertible en multa en los términos del inciso 2° del artículo 46 de la ley 734 de 2002, a la doctora Catalina Ahumada González, en su calidad de Fiscal Delegada ante los Jueces del Circuito de Bogotá, al hallarla disciplinariamente responsable de incurrir en la prohibición establecida en el artículo 17 del artículo 154 de la Ley 270 de 1996 en concordancia con el artículo 127 de la Constitución Política, imputación efectuada como falta gravísima dolosa por estar recogida en los numerales 17 y parágrafo 1° del artículo 48 de la Ley 734 de 2002.

** Sanción al abogado Mario Alberto Novoa Montenegro

 

Radicado: 110011102000200805269 01

 

Resuelve: Confirmar la providencia proferida el 22 de septiembre de 2010 mediante la cual se sancionó con suspensión de 24 meses en el ejercicio de la profesión al abogado  Mario Alberto Novoa Montenegro, al hallarlo responsable de la comisión de la conducta descrita en el numeral 1° del artículo 37 de la Ley 1123 de 2007.

 

Con ponencia del vicepresidente de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, Magistrado José Ovidio Claros Polanco:

 

** Colisión de competencia entre el Juzgado 167 de Instrucción Penal Militar y la Fiscalía 64 Seccional de Antioquia.

 

Reparto: 23/03/2011 - 201100658 00  1569C

 

Resuelve: Dirimir el conflicto de jurisdicciones planteado entre  el Juzgado 167 de Instrucción Penal Militar y la Fiscalía 64 Seccional de Antioquia, para conocer de la investigación penal adelantada por el delito de Peculado por Apropiación, asignando competencia a la jurisdicción ordinaria.

** Tutela interpuesta por Isabel María De La Hoz Palmieri contra el Director del Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo Social de Puertos de Colombia

 

Radicado: 201100055 01    1981T

 

Resuelve: Confirmar la decisión proferida el 18 de febrero de 2011, mediante la cual se ordenó tutelar el derecho fundamental de petición, de la ciudadana Isabel María De La Hoz Palmieri.

 

** Tutela interpuesta por Nelson José Calderín Pereira contra la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional

 

Radicado: 201100327 01    1982T

 

Resuelve: Revocar la sentencia impugnada y en su defecto se tutela, al accionante, el derecho a la salud en conexión con la vida. Se ordena a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional, prestar de manera inmediata al señor Nelson José Calderín Pereira, los servicios médicos y hospitalarios que requiera, así como los medicamentos respectivos, y si transcurridos 6 meses sin obtener mejoría, se practique la respectiva Junta Medico Laboral para determinar su actual disminución de capacidad laboral.

 

Con ponencia de la Magistrada María Mercedes López:

 

** Acción de tutela contra el Ministerio de Defensa y otros, siendo accionante el señor Mario José Contreras Mercado.

 

Radicado: 130011102000201100003 01

 

Resuelve: Confirmar el fallo impugnado mediante el cual el 3 de marzo de 2010 amparó los derechos a la vida y a la salud dentro de la acción de tutela impetrada por el señor Mario José Contreras Mercado.

 

** Conflicto de jurisdicción presentado por el Fiscal 100 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, con sede en Bogotá y el Juzgado 94 de Instrucción Penal Militar, con sede en Carepa, Antioquia.

 

Radicado: 110010102000201100608 00

 

Resuelve: Dirimir la impugnación de competencia planteado, atribuyendo el conocimiento del proceso seguido contra el Cabo Segundo y el Soldado Profesional por el delito de homicidio, a la Jurisdicción Ordinaria, representada por la Fiscal 100 de la Unidad Nacional del Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, con sede en Bogotá.

 

 

Con ponencia del Magistrado Jorge Armando Otálora:

 

** Acción de tutela interpuesta por Carmenza Stella Rincón Vergara, contra la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional.

 

Radicado: 201100063 01

 

Resuelve: Confirmar la sentencia impugnada que concedió el amparo del derecho a la salud del menor Carlos Arturo Aristizábal Rincón y en consecuencia ordenar el suministro de los 180 pañales desechables dispuestos por la médica tratante. Ordenar a la entidad accionada la realización de los estudios médicos y valoraciones que sean necesarias a efecto de determinar la conveniencia en la realización de sesiones de hipoterapias al menor y en caso de avalarlas proceder de inmediato a su realización, sin perjuicio de adelantar las acciones de recobro ante los fondos respectivos.

 

** Sanción a Luis Hernando Valencia Arismendy, Juez 9° Civil Municipal de Medellín.

 

Radicado: 20070131701

 

Resuelve: Confirmar la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, por medio de la cual sancionó al doctor Luis Hernando Valencia Arismendy, en su condición de Juez Noveno Civil Municipal de Medellín, con suspensión por el término de seis (6) meses en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial por el mismo término, al encontrarlo disciplinariamente responsable de la falta prevista en el numeral 1º del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 35 numeral 1º de la Ley 734 de 2002, en concordancia con los artículos 543 del Código de Procedimiento Civil, 29 y 6 de la Constitución Política.

 

 

Con ponencia del Magistrado Pedro Alonso Sanabria Buitrago:

 

** Sanción a la abogada Nira Esther Fábregas Maza

 

Radicado: 2009 06994 01

 

Resuelve: Confirmar la sentencia consultada del 18 agosto de 2010, por medio de la cual sancionó con exclusión de la profesión a la abogada Nira Esther Fábregas Maza, por haber incurrido en la conducta tipificada en el artículo 39 de la ley 1123 de 2007.

 

** Sanción al abogado José William Martínez Molina.

 

Radicado: 2008 06155 01

 

Resuelve: Confirmar la sentencia proferida el 14 de octubre de  2010, por medio de la cual declaró disciplinariamente responsable al abogado José William Martínez Molina, con suspensión del ejercicio de la profesión por el término de 2 años, por hallarlo responsable de la falta prevista en el artículo 54 numeral 3 del Decreto 196 de 1971, hoy prevista en el artículo 35 numeral 4 de la Ley 1123 de 2007.

 

** Sanción  al abogado Harold Elías Escobar Valencia.

 

Radicado: 2006 00399 01

 

Resuelve: Confirmar la decisión disciplinaria de suspensión por el término de 1 año en el ejercicio de la profesión al abogado Harold Elías Escobar Valencia, por la falta prevista en el numeral 4 del artículo 54 del decreto 196 de 1971, hoy artículo 35 numeral 4de la Ley 1123 de 2007.

 

** Sanción a José Miguel Sabalza Parra, Fiscal 4 Seccional de Cartagena – Bolívar.

 

Radicado: 2007 00136 01

 

Resuelve: Confirmar la sentencia objeto de alzada de fecha 19 de octubre de 2009, la cual sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo por 12 meses e inhabilidad especial por el mismo término, al doctor José Miguel Sabalza Parra en su condición de Fiscal 4 Seccional de Cartagena, Bolívar.

 

** Definición de competencias entre la Justicia Ordinaria y la Justicia Penal Militar.

 

Radicado: 2011 00611 00

 

Resuelve: Asignar el conocimiento de las diligencias orientadas a investigar la muerte del señor Arturo Manuel Aguilar Morales, en hechos sucedidos el 23 de febrero de 2008 en la vereda El Guineo el Caimán del corregimiento de Bajira, municipio de Mutatá, Antioquia, ocasionada por miembros del Ejército Nacional adscrito al batallón de infantería N° 46 Voltígeros – Compañía Centurión, Décimo Séptima Brigada en desarrollo de la misión de táctica “Friburgo”, a la jurisdicción ordinaria, representada en este caso por el Fiscal 100 de la Unidad Nacional de D.H y D.I.H de la Fiscalía General de la Nación.  

 

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