Bogotá, D.C., abril 28 de 2011.- La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura sancionó con un mes de suspensión en el ejercicio del cargo, al entonces Juez Promiscuo del Circuito de Aguachica, Cesar, Carlos Arturo Padilla Ortiz, por permitir la dilación de un proceso en un caso de homicidio culposo.
Según lo estableció la Sala jurisdiccional Disciplinaria, con ponencia de la magistrada Julia Emma Garzón de Gómez, el Juez demoró injustificadamente la decisión del caso seguido contra Dioselina Ramírez Osorio por la muerte de Nohora Mantilla Rueda.
El despacho del Juez Padilla inició el trámite de juicio en diciembre de 2003 y hasta tres años después celebró la audiencia pública. En noviembre de 2007, sin que el funcionario judicial profiriera sentencia de fondo y ante la petición de la defensa, autorizó a la procesada a salir del país.
Para la Sala, el Juez faltó al deber de cuidado que su cargo le imponía, ya que sin ninguna justificación dejó que los abogados de la acusada dilataran el proceso y estando en periodo de mora, no tuvo tiempo para fallar el asunto pero si para estudiar el expediente y autorizar la salida del país de Ramírez Osorio.
“Demorar como lo hizo el investigado la solución del caso, dejando de lado la obligatoriedad de pronunciarse en forma inmediata sobre los derechos a él puestos de presente como vulnerados, constituye una afrenta al debido proceso y de paso al cumplimiento de la función judicial encargada”, señala la sentencia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria.
El Consejo Superior de la Judicatura también asegura en la providencia que en este caso existieron maniobras dilatorias en reiteradas oportunidades, sin que el Juez hubiese exigido la acreditación para la ausencia de los defensores e incluso el cambio de los abogados, buscando que no se realizaran las audiencias; todo esto bajo el silencio del funcionario judicial de Aguachica.