null Sala Jurisdiccional Disciplinaria impone nueva sanción a Juez de Quibdó que embargó las cuentas del Chocó
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Bogotá, D.C., 13 de mayo de 2011.- El Juez Primero Laboral del Circuito de Quibdó, Francisco Antonio Mena Castillo, fue objeto de una nueva sanción por parte de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que lo suspendió de su cargo durante 12 meses por decretar medidas cautelares sobre las cuentas inembargables del departamento del Chocó.

 

La Sala, con ponencia del magistrado José Ovidio Claros Polanco, encontró que el Juez Laboral de Quibdó incurrió en una falta grave de omisión del deber de cuidado al librar mandamiento de pago, decretar medida cautelar de embargo y retención de los dineros del Departamento, consignados en la cuenta del Sistema General de Participaciones en Educación del Banco Popular.

 

Según la queja presentada el primero de febrero de 2006, algunos abogados en connivencia con el señalado Juez Mena, formalizaron en un proceso ejecutivo los trámites de embargo sabiendo de la prohibición legal que pesaba sobre esa decisión.

 

Indica la Sala que el Juez Mena no podía adoptar esa determinación con base en la autonomía judicial, desconociendo la ley y los condicionamientos señalados por la jurisprudencia y advirtió que aunque los jueces gozan de autonomía e independencia para interpretar las normas, su facultad no es absoluta.

 

“Si bien la interpretación de las normas se desarrollan en el campo de lo discrecional, también lo es que no pueden alcanzar niveles arbitrarios en su ejercicio. Por el contrario, la discrecionalidad debe ser ejercida con base en una fundamentación jurídica objetiva y razonable. Ahora, cuando el funcionario se aparta de esa interpretación racional y razonable, vulnera de manera ostensible el debido proceso”, sentenció la Sala Disciplinaria.                            

Resalta la Alta Corporación que en este caso es evidente “la orientación arbitraria del juez, que se salió del razonable margen de interpretación autónoma que la Constitución le ha confiado”. 

 

El juez Mena Castillo ya había sido objeto de dos sanciones disciplinarias por dos y 12 meses de suspensión en el cargo, procesos en los que intervino una Sala de Conjueces de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

 

“Son varios los procesos que se le adelantan por la misma conducta: tramitar procesos ejecutivos y decretar embargos de los recursos del departamento del Chocó, provenientes del Sistema General de Participación, estando el mismo acogido al acuerdo de reestructuración de pasivos; se debe tener en cuenta que cada proceso se relaciona con hechos diferentes, posiblemente similares, pero no son los mismos, cada caso tiene identidad propia y por cada uno debe responder el investigado”, agrega la providencia.

 

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