Bogotá, D.C., 27 de septiembre de 2011.-
El juez Cuellar condenó a Luis Fernando Pichica Castiblanco por acceso carnal violento y lesiones personales, en sentencia proferida el 13 de agosto de 2007, y por haber indemnizado a la víctima, el funcionario judicial le concedió una rebaja de pena imponiéndole una condena de 44 meses de reclusión y sustitución de la pena de prisión carcelaria por domiciliaria.
En el fallo de segunda instancia el Tribunal Superior de Neiva modificó la sentencia y condenó al enjuiciado a 88 meses de prisión, ordenando su reclusión en la cárcel al determinar que las rebajas otorgadas por el Juez solo se pueden conceder en delitos contra el patrimonio económico y no por delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales.
Con ponencia del magistrado Pedro Alonso Sanabria Buitrago, el Consejo Superior de
“Lo que se evidencia es que el doctor Cuellar Tejada no actuó con la debida diligencia y cuidado que se espera de los funcionarios judiciales, pues no se entiende que teniendo una amplia experiencia de más de 20 años en el desarrollo de sus funciones, haya suscrito la sentencia que se le reprocha, sin observar que en razón de la gravedad del delito investigado, no era factible hacer rebajas de la pena”, preciso la sentencia.
Aclara
Sin embargo
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Magistrado Ponente: DR. PEDRO ALONSO SANABRIA BUITRAGO
Radicación: 41001 11 02 000 2007 00399 01
Discutido y aprobado en Acta No 051.