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Enero de 2012.- El Consejo Superior de la Judicatura excluyó de la profesión al abogado Juan Manuel Trujillo Jaramillo, por reincidir en faltas contra la debida diligencia profesional y la honradez, las cuales le habían originado en años anteriores tres sanciones disciplinarias en su contra.
El abogado Trujillo Jaramillo aceptó poder para adelantar un proceso de sucesión en el municipio de Envigado, Antioquia, en momentos en que estaba cumpliendo una sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión por retener dineros de un cliente.
El disciplinado recibió por adelantado siete millones de pesos para realizar los trámites del proceso, de estos dineros tres millones los solicitó con posterioridad a la decisión del Juzgado Segundo de Familia de Envigado que rechazó la demanda de sucesión por negligencia del abogado.
La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con ponencia del magistrado Angelino Lizcano Rivera, señaló que está plenamente demostrada la falta de diligencia del abogado disciplinado que no realizó las gestiones necesarias para adelantar el proceso para el que fue contratado y la falta a la honradez al apropiarse de los dineros de una supuesta póliza que nunca exigió el Juzgado.
“El ejercicio de la abogacía conlleva al cumplimiento estricto de una serie de deberes y obligaciones, donde el incumplimiento o vulneración de sus normas coloca al profesional del derecho en el ámbito de las faltas disciplinarias, susceptibles de reproche y de la sanción que corresponda de acuerdo con las pruebas que recauden en el respectivo proceso disciplinario”, indicó la Judicatura.
El Consejo Superior de la Judicatura también decidió compulsar copias al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia para que investigue un posible ejercicio ilegal de la profesión por parte del abogado Trujillo Jaramillo, por litigar a pesar de estar cumpliendo una sanción disciplinaria.
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Magistrado Ponente Dr. ANGELINO LIZCANO RIVERA
Radicación No. 050011102000200801264 01
Aprobado según Acta No. 078.
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