En una decisión mayoritaria, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial rechazó el recurso de apelación que presentó una ciudadana contra la decisión de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Antioquia de inhibirse de iniciar actuación disciplinaria contra el juez segundo laboral del circuito de Medellín.
En la queja, la ciudadana señaló que el juez "violó el orden constitucional y la ley de manera directa" por revocar en segunda instancia un fallo de tutela, argumentando que era improcedente porque no cumplía con el principio de subsidiaridad.
En la primera instancia, la autoridad disciplinaria se inhibió indicando que la decisión del juez segundo laboral del circuito de Medellín "no fue caprichosa y en las 44 páginas de su decisión, fundamentó las razones por las cuales era improcedente la acción de tutela".
Al analizar el recurso de apelación, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial con ponencia del magistrado Julio Andrés Sampedro Arrubla recordó que el juez disciplinario constata la razonabilidad y racionalidad de la determinación, verifica que las actuaciones se hubiesen adelantado de acuerdo al debido proceso, y no en evaluar el acierto o desacierto de las decisiones de un togado.
Al sostener la tesis de que las decisiones inhibitorias no son susceptibles de recurso alguno, el Alto Tribunal fue enfático en establecer que las mismas no hacen tránsito a cosa juzgada, por lo que es posible reformular la queja y poner de presente ante la jurisdicción disciplinaria, los hechos que sean susceptibles de ser investigados. "Por lo anterior, una queja sobre la cual el funcionario ha decidido inhibirse, supone una imprecisión de los hechos, la imposibilidad de la ocurrencia de los mismos o su irrelevancia disciplinariamente, por lo que formular una pretensión a partir de esas situaciones resultaría contrario a derecho y así mismo resultaría, adelantar un proceso disciplinario en dichos términos", señala la providencia del magistrado Sampedro Arrubla.
Los magistrados Magda Victoria Acosta Walteros y Juan Carlos Granados Becerra salvaron su voto en esta decisión.