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Bogotá D.C., Julio 31 de 2013 este despacho se permite informar a la opinión pública y a los medios de comunicación, que si bien en las horas de la mañana se concedieron algunas entrevistas a diferentes medios de comunicación con respecto a la decisión adoptada en el caso de Fabio Andrés Salamanca, a partir del momento no se ofrecerá más información al respecto, considerando que las respuestas a los interrogantes que fueron planteados son suficientes y corresponden a la argumentación que sirvió de soporte a la decisión adoptada por este juzgado.
Por lo anterior se sugiere respetuosamente a los interesados consultar la decisión y todo lo pertinente a ella, en el Centro de Servicios Judiciales, previo tramite.
Atentamente.
LOS JUECES PENALES DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ, EN ATENCIÓN A LAS MÚLTIPLES OPINIONES QUE SE HAN SUSCITADO EN TORNO A LAS DECISIONES DE LOS JUECES TANTO DE GARANTÍAS COMO DE CONOCIMIENTO EN CASOS MAL LLAMADOS DE CONNOTACIÓN NACIONAL Y EN ESPECIAL A LAS DECISIONES TOMADAS EN EVENTOS DE HOMICIDOS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, CONSIDERAMOS NECESARIO HACER LAS SIGUIENTES PRECISIONES:
D.C., 25 de julio de 2013, en el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Veinte Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, emitió lectura de fallo condenatorio en contra de Miguel Ángel Velandia Martínez y Diego Alejandro Beltrán Páez por el delito de Homicidio Simple.
En las instalaciones del Complejo, se llevó a cabo la audiencia de lectura de fallo condenatorio en contra de los señores Velandia Martínez y Beltrán Páez, condenados por el delito de homicidio simple a la pena principal de 288 meses de prisión o el equivalente a 24 años, negando los mecanismos sustitutivos de la ejecución de la pena.
Dentro del mismo fallo se ordenó que los imputados permanezcan detenidos en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario que designe el INPEC, o en su lugar actual, el Establecimiento Carcelario La Modelo de esta ciudad.
Dada la lectura de fallo, la defensa técnica interpuso recurso de apelación, el cual será sustentado dentro del término de Ley, siendo ésta resuelta ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
Esta es una información suministrada por la Oficina de Comunicaciones de Paloquemao, adscrita a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
Bogotá D.C., julio 5 de 2013. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 64 Penal Municipal con Función Control de Garantías, adelantó la audiencia de formulación de imputación que hizo la Fiscalía en contra de dos Coroneles y una civil.
La audiencia se llevó a cabo durante cuatro días en distintas fechas, en los que la Fiscalía 292 Anticorrupción, comunicó al Teniente Coronel Nelson de Jesús Arévalo Rodríguez y al Coronel Javier Vivas Páez los delitos de fabricación, tráfico y porte ilegal de armas, falsedad ideológica en documento público, fraude procesal en concurso con ocultamiento y destrucción de material probatorio y favorecimiento de homicidio, solicitando así la detención intramural; en mismo sentido comunicó a la señora Nubia Mahecha Melo, los delitos de falso testimonio en concurso con fraude procesal y favorecimiento de homicidio, solicitando la detención domiciliaria.
Para motivar la medida restrictiva de la libertad, el delegado del ente acusador, presentó cerca de 30 elementos materiales probatorios que a juicio de la Juez Penal Municipal con Función de Control de Garantías, no reunía los presupuestos constitucionales para afectar a los imputados con medida de aseguramiento intramural.
De otra parte se decretó la detención domiciliaria a la señora Nubia Mahecha Melo como quiera que se reúnan los requisitos legales para que permanezca en su lugar de residencia a espera que inicie un juicio oral en su contra por los delitos ya imputados.
De acuerdo a la decisión adoptada por la primera instancia, la Fiscalía General de la Nación y la Representación de Victimas impugnaron la determinación y ahora será un Juez Penal del Circuito con Función de Conocimiento (REPARTO) quien resuelva la situación jurídica de los imputados.
Esta es una información suministrada por la Oficina de Comunicaciones de Paloquemao, adscrita a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
Bogotá D.C., 26 de junio de 2013. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 64 Penal Municipal con Función Control de Garantías, adelantó la audiencia de reconocimiento a víctimas dentro del caso Interbolsa.
Durante los días 24 y 25 de junio, el Juzgado 64 Penal Municipal con Función Control de Garantías, adelantó audiencia de formulación de imputación, en la cual previo a la comunicación de imputación, se reconoce la personería jurídica a los abogados que actúan como defensores y representantes de víctimas, en la que se tiene como presunto acusado al señor Rodrigo Jaramillo, Presidente de Interbolsa, entre otros.
Al inicio de la audiencia del día 25 de junio, algunos de los defensores solicitaron respeto hacía sus clientes, ello con referencia a las declaraciones que hiciera el doctor Pablo Muñoz, liquidador de Interbolsa, a la emisora radial La W, manifestación que fue aceptada por la Juez y que llamó la atención al doctor Muñoz para que modulara sus declaraciones ante los medios de comunicación y se abstuviera de realizar señalamientos directos de responsabilidad penal que podría llegar a entorpecer el trámite al proceso penal. Seguidamente la bancada de la defensa sustentó el recurso de apelación frente al reconocimiento de víctimas como recurrentes, en igual sentido se dio la palabra a los no recurrentes para sustentar lo que en derecho les corresponde.
Así las cosas y garantizándose el debido proceso y el servicio de la administración de Justicia, la Juez concedió el recurso de apelación en efecto suspensivo para que sea dirimido ante un Juez Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento.
EN ATENCIÓN A LA INFORMACIÓN QUE EL DÍA DE AYER SE PRESENTÓ EN ALGUNOS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOBRE EL HURTO DE UN PORTATIL DENTRO DE LA SALA DE AUDIENCIA, SE ACLARA A LA OPINIÓN PÚBLICA QUE ELLO NO CORRESPONDE A LA REALIDAD POR CUANTO LA UNIDAD DE POLICÍA DE SEGURIDAD, DESIGNADA AL COMPLEJO JUDICIAL, A PRIMERA HORA DEL DÍA DE HOY, INFORMA QUE FUERA DE LA SALA DE AUDIENCIA Y EN HORAS DE LA MAÑANA DEL 25 DE JUNIO DE 2013 FUE ENCONTRADO, ABANDONADO EN UNA COLUMNA DEL CORREDOR CERCANO A LA SALA DE AUDIENCIAS UN COMPUTADOR MINI PORTATIL, PARA LO CUAL SOLICITA QUE SU PROPIETARIO SE ACERQUE A LA OFICINA DEL COMANDO DE SEGURIDAD DEL COMPLEJO PARA QUE ACREDITE SU PROPIEDAD Y SEA DEVUELTO.
Bogotá D.C., Mayo 15 de 2013 El Juzgado Veinte Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, mediante auto proferido el día 14 de Mayo del mismo, resolvió:
Contra esta determinación no procede recurso alguno.
De esta forma el Juzgado Veinte Penal del Circuito con Función de Conocimiento clarifica que no solicitó ningún tipo de recurso, toda vez que esto queda en manos de las partes si a bien lo consideran.
La Corporación de Jueces y Magistrados de Colombia rechaza las declaraciones hechas por el Vicepresidente de la República, Angelino Garzón, sobre que los jueces no estamos cumpliendo la ley y que si lo hicieramos estarían veinte mil presos fuera de la cárcel.
Por el contrario, los jueces de la República acatamos la ley, que el legislador colombiano establece para la regulación de la justicia penal. La dificultad se presenta en otros ámbitos de las autoridades de la república, porque la política criminal del estado es errática y no corresponde a las dificultades y problemas de la sociedad colombiana.
Por un lado el Congreso de la República ha venido aumentando penas para muchos delitos y ha restringido la posibilidad de que los autores o partícipes de conductas punibles acepten su responsabilidad o negocien con la Fiscalía, restringiendo los beneficios que podrían obtener en un Sistema Penal Acusatorio. Por ello la Fiscalía ha perdido su capacidad de negociación de penas.
Así mismo, como es caso de la reducción de los beneficios para personas capturadas en flagrancia, los procesados prefieren un proceso completo a terminar anticipadamente el mismo.
De otro lado, el Gobierno nacional ha tenido una política carcelaria contradictoria, pues anteriores ministros de justicia han criticado la concesión por parte de los jueces de detenciones o prisiones domiciliarias y de manillas electrónicas, generando por lo menos 13 mil investigaciones disciplinarias a los jueces.
Adicionalmente, la política carcelaria se regula por una norma, la Ley 65 de 1993, cuya regulación resulta en la actualidad insuficiente para las necesidades de una nación que supera los 48 millones de habitantes.
Todo lo anterior, implica que el Estado colombiano debe ajustarse a las necesidades de una política carcelaria de protección a los derechos de las personas privadas de la libertad, asignando más recursos y generando una mejor infraestructura carcelaria, situación que depende exclusivamente del Gobierno Nacional y no de la Rama Judicial.
La situación de hacinamiento carcelario no es culpa de los jueces de la república, quienes en cumplimiento de las normas vigentes enviamos a los procesados a la cárcel, por lo que no se nos puede culpar por la mala situación que viven actualmente los presos en el país, ya que esto es una función exclusiva del gobierno nacional.
Con base en lo anterior, lo Jueces de la República, representados por la Corporación de Jueces y Magistrados de Colombia reiteramos nuestro rechazo a la denuncia que presentará el Vicepresidente de la República ante la Organización de las Naciones Unidas, frente a que los jueces tenemos responsabilidad por el hacinamiento carcelario existente en nuestro país.
Bogotá D.C., 18 de marzo de 2013, en el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Diecisiete Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, emitió fallo condenatorio en contra de Javier Velasco Valenzuela por el delito de Acceso Carnal Violento.
En las instalaciones del Complejo, se llevó a cabo la audiencia de fallo condenatorio en contra del señor Javier Velasco Valenzuela, condenado por el delito de Acceso Carnal Violento a la pena principal de 120 meses de prisión, negando así los mecanismos sustitutivos de ejecución de la pena, ordenando que el imputado permanezca detenido en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario que ordene el INPEC.
Una vez leída la sentencia condenatoria, la defensa interpuso recurso de apelación, el cual será sustentado dentro del término de Ley, siendo ésta resuelta ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
Bogotá D.C., 6 de marzo de 2013, en el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Décimo Penal del Circuito Especializado (OIT) de Bogotá, continuó con el juicio oral contra la ex – directora del IDU Liliana Pardo, por el caso del "Carrusel de la Contratación"
El día 5 de marzo se llevó a cabo la continuación de juicio oral en contra de la ex – directora del IDU, Liliana Pardo, en el que la Fiscalía General de la Nación presentó el testimonio de Germán Olano, y quien tras varias horas de audiencia, solicitó a las autoridades competentes, abrir investigación pertinente a la doctora Pardo y al Ex – Contralor Distrital Miguel Ángel Moralesrussi en razón a los mismos hechos por los que Olano fue condenado por la Corte Suprema de Justicia.
De otra parte, la Juez informó a las partes que por directrices y mediante acuerdo emitido por el Consejo Superior de la Judicatura, se ordenó que sea el mencionado despacho judicial el pertinente para seguir conociendo de las presentes diligencias.
De acuerdo a lo anterior y escuchando el testimonio del señor Olano, se fijó nueva fecha de audiencia de continuación de juicio oral, para la semana del 1 al 5 de abril de la presente anualidad, en el cual se escuchará el testimonio de Inocencio Melendez.
Bogotá D.C., febrero 11 de 2013. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 21 Penal del Circuito de Conocimiento de esta ciudad, adelantó la audiencia de formulación de imputación que hizo la Fiscalía en contra de JOSE ISAAC RAMIREZ SANDOVAL.
Se llevó a cabo la audiencia de formulación de acusación que realizó la Fiscalía General de la Nación ante la Juez 21 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, durante la misma se presentaron el descubrimiento de las pruebas, lo que originó formular la acusación en contra del señor JOSE ISAAC RAMIREZ SANDOVAL por el delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado por los artículos 209 y el numeral 2 del artículo 211 en concurso homogéneo sucesivo.
El ciudadano sigue detenido en el Establecimiento Carcelario La Modelo, el proceso continuará con su etapa procesal iniciando con la audiencia preparatoria.
Bogotá, Enero 31 de 2013. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao y con el auspicio de la Embajada y el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, se lleva a cabo el curso de capacitación dentro del programa "Reforma al Sector Justicia-Plan Colombia".
El curso esta dirigido a la capacitación de jueces, fiscales, procuradores, defensores, estudiantes de derecho, con el fin de dar a entender el manejo que se debe dar en el tratamiento de las victimas del conflicto en Colombia y su reparación, esto dentro del marco de la aplicación de la ley 906 de 2004 y el nuevo sistema penal acusatorio.
El evento se desarrollara los días 31 de Enero y 1 de Febrero del presente, en la sala de jueces del 5 piso del complejo judicial, entre las 8 AM y 5 PM.
Dr. Nelson Saray Botero
Magistrado Sala Penal-Tribunal Superior de Medellín
Dra. Luz Dary Escobar
Magistrada Sala Civil-Tribunal Superior de Medellín
Bogotá D.C., enero 24 de 2013. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 45 Penal Municipal con Función Control de Garantías de esta ciudad, resolvió negar la medida de aseguramiento en contra de Carlos Albornoz, Ex – Director de la Dirección Nacional de Estupefacientes.
El día 23 de enero, el Juez 45 Penal Municipal con Función Control de Garantías de Bogotá, adelantó la audiencia de medida de aseguramiento en contra del señor Carlos Albornoz, a quién la Fiscalía General de la Nación le imputó los cargos de peculado por apropiación en beneficio propio, peculado por apropiación a favor de terceros, fraude procesal, prevaricato por omisión, prevaricato por acción, obtención de documento público falso, concierto para delinquir y falsedad ideológica en documento público.
Tras varios días de audiencia, y luego de la imputación de cargos, el señor Albornoz no aceptó los cargos que le comunicó la Fiscalía, no obstante, y luego de un concienzudo estudio del material presentado por parte del fiscal, para demostrar la justificación de la medida de aseguramiento, el referido Juzgado negó tal solicitud, como quiera que considera no existen los suficientes elementos probatorios para privarlo de su libertad, o evidenciar que el señor Albornoz vaya a obstruir el proceso.
El proceso será repartido ante los Jueces Penales del Circuito de Bogotá.
Bogotá D.C., enero 17 de 2013. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 65 Penal Municipal con Función Control de Garantías de esta ciudad, dictó medida de aseguramiento contra Héctor Julio Gómez González, quién se encuentra implicado en el caso del llamado "Carrusel de la Contratación".
El día 16 de enero, la Juez 65 Penal Municipal con Función Control de Garantías de Bogotá, adelantó la audiencia de legalización de captura e imposición de medida de aseguramiento, en contra del señor Héctor Julio Gómez González, a quién la Fiscalía General de la Nación le imputó los cargos de concierto para delinquir agravado, interés indebido en la celebración de contratos, cohecho propio en calidad de interviniente y coautoría por acuerdo común con el grupo Nule, así como la coparticipación criminal.
Tras varias horas de audiencia, el señor Gómez González no aceptó los cargos que le imputó la Fiscalía, y en consecuencia, el referido Juzgado impuso medida de aseguramiento en el Establecimiento Carcelario "La Modelo" de esta ciudad.
Bogotá Febrero 14 de 2013. El suscrito juez 31 Penal Municipal Con Función de Control de Garantías de Bogotá, ante la controversia que ha suscitado en los medios de comunicación la decisión de no imponer medida de aseguramiento de detención preventiva a la ciudadana Liliana Marcela Castillo Borja, con la de aclarar las inconsistencias, malas interpretaciones, y el alcance desmedido que se le ha otorgado ha dicha decisión, procede ha informar a la opinión publica lo siguiente:
Bogotá D.C., enero 9 de 2013. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 19 Penal Municipal con Función Control de Garantías de esta ciudad, dictó medida de aseguramiento contra Martha Ximena Cano y Edwin Orlando Martínez Herrera, por los presuntos delitos de actos sexuales de menor de 14 años e incesto, entre otros.
El día 9 de enero, el Juez 19 Penal Municipal con Función Control de Garantías de Bogotá, adelantó la audiencia de legalización de captura e imposición de medida de aseguramiento, en contra de los señores Edwin Orlando Martínez Herrera y Martha Ximena Cano. El primero de ellos, por los presuntos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años en concurso con actos sexuales con menor de 14 años agravados, y la segunda, por los delitos de actos sexuales con menor de 14 años en concurso con inducción a la prostitución, acceso carnal abusivo en calidad de cómplice, éstos tres con circunstancia de agravación en concurso con incesto, los cuales fueran imputados por la Fiscalía General de la Nación.
De acuerdo a lo anterior, los imputados no aceptaron los cargos imputados por la Fiscalía, por lo que se impuso medida de aseguramiento en Establecimiento Carcelario, a la señora Cano en el Centro de Reclusión de Mujeres el Buen Pastor y para Martínez, en el Establecimiento Carcelario La Modelo de esta ciudad.
Bogotá D.C., enero 4 de 2013. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 42 Penal Municipal con Función Control de Garantías de esta ciudad, dictó medida de aseguramiento contra Melba Lagos Sánchez por los presuntos de Secuestro y Porte ilegal de armas.
El día 3 de enero, el Juez 42 Penal Municipal con Función Control de Garantías de Bogotá, adelantó la audiencia de legalización de captura e imposición de medida de aseguramiento, en contra de la señora Melba Lagos Sánchez por los presuntos de secuestro extorsivo agravado en concurso con porte ilegal de armas de fuego imputados por la Fiscalía General de la Nación.
Una vez la Fiscalía presentó los elementos que apoyan la inferencia de razón, probablemente la señora Lagos participó en el secuestro del señor Néstor Alberto Ríos Vargas.
Por lo anterior, el Juez resolvió dictar medida de aseguramiento en el Centro de Reclusión de Mujeres El Buen Pastor de esta ciudad.
El proceso será repartido ante los Jueces Penales del Circuito Especializados de Bogotá.
Bogotá D.C., diciembre 11 de 2012. En las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 33 Penal del Circuito de Conocimiento de esta ciudad, emitió sentido de fallo absolutorio en el caso Fondelibertad.
El día 11 de diciembre, el Juez 33 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, emitió sentido de fallo absolutorio en el juicio que se sigue en contra de la señora Marilú Méndez Rada, a quien la Fiscalía General de la Nación había acusado de los delitos de tráfico de influencias, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público.
Después de haberse desarrollado la etapa procesal de investigación y el juicio
oral, las partes e intervinientes en el proceso, solicitaron absolver a la señora Méndez Rada de los cargos, como quiera que no existía prueba suficiente para emitir una condena.
El próximo 6 de febrero de 2013, se dará lectura al fallo absolutorio.
Bogotá D.C., noviembre 28 de 2012. En las instalaciones de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Puente Aranda, el Juzgado 21 Penal Municipal con Función Control de Garantías, continuó con la audiencia de imposición de medida de aseguramiento en contra del ex – Alcalde Samuel Moreno.
El día 27 de noviembre, el Juez 21 Penal Municipal con Función Control de Garantías, adelantó la audiencia de imposición de medida de aseguramiento al ex– Alcalde Samuel Moreno. Luego que la Fiscalía comunicara los cargos que imputa al señor Moreno Rojas, continuó con la solicitud de la medida; corridos los traslados y hechas las diferentes manifestaciones de cada una de las partes, el Juez impuso medida de aseguramiento en mismo lugar donde permanece detenido (Escuela de Carabineros de la Policía Nacional). A su vez la defensa solicitó el recurso de reposición, la Presidencia de la vista pública permaneció en su decisión por lo que presentó el recurso de apelación.
La respectiva apelación será desatada ante un Juez Penal del Circuito de Conocimiento (reparto) de esta ciudad.
Bogotá D.C., noviembre 27 de 2012. En las instalaciones de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Puente Aranda, el Juzgado 21 Penal Municipal con Función Control de Garantías, adelantó la audiencia de imputación de cargos al ex – Alcalde Samuel Moreno y el día de hoy continuará con la medida de aseguramiento.
El día 26 de Noviembre, en horas de la mañana, el Juez 21 Penal Municipal con Función Control de Garantías, adelantó la audiencia de imputación de cargos al ex – Alcalde Samuel Moreno, quien a su vez, no aceptó lo cargos que le formuló la Fiscalía General de la Nación por los delitos de Concierto para delinquir y Peculado por Apropiación a terceros.
Tras varias horas de audiencia y luego que en numerosas oportunidades la defensa del imputado, doctor Jesús Vergara, hiciera observaciones sobre su estado de salud y la afección por la muerte de su madre, la Presidencia de la audiencia decidió continuar con la misma, como quiera que en oportunidades pasadas la vista pública se había suspendido por factores de salud de la misma defensa.
En horas de la tarde, luego que la Fiscalía presentara las evidencias para la medida de aseguramiento y se dieran los correspondientes traslados a las partes, la defensa insistió en su estado de salud, por lo que el Juez resolvió que era necesaria la presencia de un médico para que diagnostique con veracidad el estado de la defensa y así determinar continuar o no con la misma. A su tiempo, un médico de la secretaría de salud asistió al legista, diagnosticando que "debía descansar".
De esta forma, el Juez resolvió suspender la audiencia, concediendo un receso hasta el día 27 de Noviembre, a las dos de la tarde (2pm), momento en el que se reanudará la diligencia en las instalaciones de la URI de Puente Aranda.
SE INFORMA A LA OPINIÓN PÚBLICA Y SE ACLARA A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN QUE EL JUZGADO QUE REALIZÓ LA AUDIENCIA DE IMPUTACIÓN DE CARGOS AL EX - ALCALDE SAMUEL MORENO ROJAS FUE EL JUZGADO 21 PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN CONTROL DE GARANTÍAS DE BOGOTÁ Y NO EL 38 DE GARANTÍAS COMO SE INFORMÓ EN LOS DIFERENTES MEDIOS EL DÍA 26 DE NOVIEMBRE.
Bogotá D.C., noviembre 23 de 2012. En las instalaciones de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Puente Aranda, el Juzgado 38 Penal Municipal con Función Control de Garantías, suspendió la audiencia de medida de aseguramiento e imputación de cargos al ex – Alcalde Samuel Moreno por solicitud de la Fiscalía y Ministerio Público en razón a que éste no asistió con su abogado de confianza.
Al evidenciarse que el pasado 16 de noviembre no se celebró la audiencia de medida de aseguramiento e imputación de cargos al ex – Alcalde, argumentado en dicha ocasión que Moreno no contaba con defensor. El día de hoy el señor Moreno se presentó con defensor público, justificando que por motivos de salud su apoderado de confianza no pudo comparecer.
De esta forma el Juez de turno, resolvió, "que como quiera que la defensa de confianza prima sobre la defensa pública, por garantías y derechos de defensa", se suspende y solicita a la Fiscalía volver a radicar el escrito para que sea repartido nuevamente entre los Jueces de Control de Garantías.
Bogotá D.C., Noviembre 8 de 2012. En el auditorio del Consejo de Estado, el Juzgado Once Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, ha venido desarrollando la audiencia preparatoria en contra del ex Alcalde Samuel Moreno, ya que las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao se encuentran cerradas a causa del paro judicial.
El proceso penal se ha venido adelantando dentro de los términos estipulados por la Ley. Luego del descubrimiento de pruebas, se dio inicio a la definición y exclusiones de pruebas que presentarán las partes al momento del juicio oral.
La audiencia se seguirá adelantando en el Consejo de Estado mientras el paro judicial este vigente, las fechas programadas de audiencia preparatoria se confirmaran al momento de finalizar la audiencia.
Bogota D.C. Noviembre 7 de 2012 En las instalaciones de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) en la localidad de Puente Aranda, se desarrolló la audiencia en la que la Juez 10 de penal de circuito con función de conocimiento actuando como Juez de Garantías en segunda instancia, revocó la medida de aseguramiento en contra de Laura Moreno y Jessy Quintero por vencimiento de términos, considerando que ya habían transcurrido los 120 días pertinentes desde la audiencia de acusación, realizada el 22 de mayo.
De este modo para resolver el recurso de apelación presentado por las defensas de las implicadas, la Juez argumento su decisión basada en el artículo 317, numeral 5 del Código de Procedimiento Penal, el cual dice: que la libertad del imputado o acusado se cumplirá de inmediato y solo procederá en los siguientes eventos: "Cuando transcurridos ciento veinte (120) días contados a partir de la fecha de la formulación de la acusación, no se haya dado inicio a la audiencia de juzgamiento."
Así mismo Laura Moreno y Jessy Quintero a pesar de ser revocada la medida de aseguramiento y de que haya sido ordenada su libertad inmediata, seguirán vinculadas al proceso por la muerte del estudiante Luis Andrés Colmenares. En consecuencia las audiencias se desarrollaran normalmente como hasta el momento, sin ningún tipo de contratiempos.
Esta es una informacion suministrada por la Oficina de Comunicaciones del Complejo Judical de Paloquemao con el apoyo de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
Bogota D.C. Octubre 8 de 2012 el juez 38 penal del circuito de conocimiento de Bogota absolvió a Valerie Domínguez Tarud de los delitos de peculado y falsedad en documento privado dentro del proceso de Agro Ingreso Seguro.
El juez tuvo en cuenta lo argumentado por la Procuraduría General de la Nación y por la defensa de la exreina, en el sentido que esta fue engañada por su expareja sentimental y que sus actuaciones fueron de buena fe,
De esta forma Valerie Dominguez Tarud quedo absuelta de todos los cargos y desvinculada del proceso que se sigue por el programa de Agro Ingreso seguro. La audiencia se desarrollo en las instalaciones del Complejo Judicial de Paloquemao hacia las 4 pm.
Esta es una información suministrada por la oficina de comunicaciones de Paloquemao, adscrita a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
Bogotá D.C., 3 de octubre de 2012, en el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado 57 Penal Municipal con Función Control de Garantías de Bogotá, realizó la audiencia de imputación de cargos y resolvió la medida de aseguramiento a los señores Jorge Luis López Arenas, Doris Nayibe Joya Carrillo, Lucio René Rodríguez Rico, Jairo Enrique Castellanos Hernández y Marelvis Caicedo, quienes fueron detenidos por efectivos del CTI en la ciudad de Villavicencio el pasado 1 de octubre de 2012, por ser presuntos autores del delito de concierto para delinquir agravado.
El día 2 de octubre, el Juzgado 26 Penal Municipal con Función Control de Garantías adelantó al audiencia de legalización de captura y allanamiento al señor Lucio René Rodríguez Rico, tras haber sido trasladado de la ciudad de Villavicencio al Hospital Santa Clara de esta ciudad por encontrarse en estado delicado de salud, al tiempo que la Juez 57 Penal Municipal con Función Control de Garantías legalizaba la captura de los demás implicados.
Al momento de la imputación y una vez fue dado de alta al señor Rodríguez Rico, la Fiscalía imputó los cargos como autores responsables del delito de concierto para delinquir agravado, endilgando además a los señores Jairo Enrique Castellanos Hernández el concurso heterogéneo de utilización indebida de información oficial y a la señora Joya Carrillo el agravamiento del inciso 3 del artículo 340 de la Ley 906 de 2004, los cuales señalan el "fomento, organización, financiación, dirijan, encabecen, constituyan o financien la organización criminal…" quienes no aceptaron dichos cargos imputados por la Fiscalía.
El día 3 de octubre, se desarrolló la audiencia de medida de aseguramiento, y de conformidad con los argumentos presentados por la Fiscalía y defensa, la Juez resuelve imponer medida de aseguramiento de detención preventiva en Establecimiento Carcelario, por lo que se expedirán las correspondientes boletas de detención ante el Centro de Reclusión de Mujeres El Buen Pastor y ante el Establecimiento Carcelario La Modelo, no obstante se expedirá boleta de detención para el señor Jairo Alberto Castellanos ante el Establecimiento Penitenciario y Carcelario La Picota, Pabellón de Servidores Públicos, como quiera que el imputado pertenece al Ejercito Nacional.
De conformidad con lo anterior, y siguiendo con el trámite procesal pertinente, la causa pasará por reparto ante los Jueces Penales del Circuito de Conocimiento Especializados de esta ciudad
Bogotá D.C., 29 de septiembre de 2012. En el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Cincuenta y Cinco Penal Municipal con Función Control de Garantías de Bogotá, negó la solicitud de libertad por vencimiento de términos que solicitaron las imputadas Laura Milena Moreno Ramírez y Jessi Mercedes Quintero Moreno, involucradas en la muerte del joven Luis Andrés Colmenares.
Tras doce horas de presentación de argumentos de las partes para justificar la libertad de las imputadas, la señorita Jessy Mercedes Quintero Moreno, sindicada como coautoría del presunto homicidio, desistió de la solicitud de libertad.
El Juez admitió el desistimiento, mientras que la Fiscalía, la Procuraduría y la defensa de las víctimas, justificaron la improcedencia de la solicitud, argumentando que no se han vencido los 120 días que tienen los Jueces para proferir una decisión definitiva.
Al ser negada la libertad solicitada, la defensa de Quintero Ramírez, interpuso los recursos de reposición y en subsidio el de apelación.
La Presidencia de la audiencia, destacó las razones por las cuales se negaba tal solicitud y concedió el recurso de apelación ante el Juez Penal del Circuito de Conocimiento que corresponda.
Bogotá D.C., 27 de septiembre de 2012. En el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Treinta y Ocho Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, continuó con el juicio oral contra la ex reina Valerie Domínguez Tarud, por el caso AGROINGRESO SEGURO.
Las partes intervinientes en el juicio presentaron los alegatos de conclusión y donde la Fiscalía General de la Nación solicitó la condena para la ex reina Valerie Domínguez; la Procuraduría General y la Defensa pidieron la absolución argumentando falta de pruebas que comprometan a la inculpada en los delitos peculado y falsedad en documento privado
El Juez de conocimiento se abstuvo de emitir el sentido del fallo el día de hoy, dando aplicación a la jurisprudencia de la Sala de Casación de fecha 17 de septiembre de 2007 que tuvo como ponentes a los Magistrados Augusto Ibañez y Alfredo Quintero Milanés, en el sentido que el juez de conocimiento puede postergar el sentido del fallo para un momento posterior.
El Juez Treinta y Ocho Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, fijo para el próximo ocho de octubre de 2012, a las 4:00 p.m., la fecha para anunciar el sentido del fallo en la que se encausa a la ex –reina Valerie Dominguez
Bogotá D.C., 25 de septiembre de 2012.- En el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Veintisiete Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, condenó al subteniente del Ejército Raúl Muñoz Linares como responsable de los delitos de homicidio agravado y acceso carnal violento agravado, donde resultaron victimas tres menores de edad.
Al término del juicio oral y la recaudación de las pruebas, la Juez decidió Muñoz Linares, deberá pagar una pena principal de 720 meses que equivalen a 60 años de prisión y una pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 20 años.
El Juez negó los beneficios y mecanismos sustitutivos penales, aplicando las disposiciones legales vigentes.
Muñoz Linares se vio involucrado en unos hechos ocurridos en Tame, Arauca, los dias 3 y 14 de octubre de 2010, donde fueron muertos tres menores de edad.
El Juez Penal de Conocimiento ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que se investiguen la posible comisión del delito de falso testimonio en los que pudieron incurrir los testigos traídos por la defensa y los actos sexuales del que fue víctima un menor de 9 años
Además solicitó a la Procuraduría General de la Nación investigar las posibles causas disciplinarias en las que pudo incurrir el señor General Javier Fernández Leal.
Bogotá D.C., 25 de septiembre de 2012, en el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Treinta y Ocho Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, continuó con el al juicio oral contra la ex reina Valerie Domínguez Tarud, por el caso AGROINGRESO SEGURO.
Después de nueve horas de interrogatorio y contra interrogatorio tanto al empresario Juan Manuel Dávila, como a su ex novia Valerie Domínguez Tafur, la defensa de la imputada no solo denunció mal trato de su pareja, sino que aportó los correos que supuestamente demuestran su inocencia, los cuales solicitó sean tenidos en cuenta al momento de tomar la decisión.
El Juez decidió reanudar la audiencia para el día de mañana 26 de septiembre a partir de las 9 am, para continuar con el interrogatorio de la acusada y será nuevamente escuchado al señor Dávila.
Bogotá D.C., 25 de septiembre de 2012, En el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Cincuenta y Cinco Penal Municipal con Función Control de Garantías de Bogotá, negó la solicitud de revocatoria de la medida de aseguramiento, que hiciera la defensa del imputado Juan Carlos Varela Bellini, acusado de los delitos de homicidio agravado con dolo eventual y lesiones personales.
Tras nueve horas de debate entre las partes, el referido Juez de Garantías, mantuvo la privación de la libertad en Centro de Reclusión en contra del procesado
Según el Juez, los argumentos de la defensa no fueron lo suficientemente contundentes para invalidar los requisitos previstos en la Ley. Las partes como la Fiscalía General de la Nación y los apoderados de las víctimas, apoyaron la decisión del Juez.
Por su parte la defensa apeló la decisión al igual que el agente del Ministerio Público en el sentido de que no se le conceda el sustituto de la medida de aseguramiento en lugar de residencia y entre tanto Varela deberá permanecer privado de la libertad en el Establecimiento Carcelario La Modelo de esta ciudad.
Bogotá D.C., 24 de septiembre de 2012, En el Complejo Judicial de Paloquemao, el Juzgado Once Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, dio inició a la audiencia preparatoria en contra del ex -alcalde de Bogotá Samuel Moreno Rojas.
La Juez inició con las observaciones de ley, luego del descubrimiento de pruebas que hicieran las partes intervinientes como Fiscalía General de la Nación y defensa de Moreno Rojas.
Durante la audiencia, la defensa se quejó sobre las inconvenientes que ha tenido para acceder a los elementos físicos probatorios dentro de la cadena de custodia y a la información en magnético de los informes del mes de octubre de 2011; así como la contenida en los discos duros, pues el software con que trabaja la Fiscalía no le permite a la defensa el acceso pertinente.
En consecuencia la Juez aclaró que ya pasaron los seis meses que tienen las partes para el descubrimiento de pruebas y no obstante aplazó la audiencia para el día de mañana, 25 de septiembre a las 9 a.m para que en el transcurso del día de hoy se realice un contraste de información entre Fiscalía y defensa y poder continuar con el trámite del proceso.