| Pregunta | Respuesta |
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¿Qué es la vacancia judicial? |
La vacancia judicial es un período fijado por la ley en el que se detienen los plazos de la mayoría de los procesos judiciales, y los juzgados no realizan sus actividades habituales. |
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¿Qué ley reglamenta la vacancia judicial? |
La vacancia judicial está regulada por la Ley Estatutaria 2430 de 2024, específicamente en su artículo 74, norma que modifica la Ley 270 de 1996 |
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¿Durante la vacancia judicial se suspenden los términos de los procesos? |
Sí. Como regla general, los términos judiciales se suspenden, es decir, no corren los plazos para presentar escritos, recursos, pruebas o cumplir órdenes judiciales. |
| ¿Qué significa que los términos estén suspendidos? | Significa que los días que hacen parte de la de vacancia judicial no se cuentan dentro de los plazos legales. |
| ¿Todos los procesos judiciales se suspenden durante la vacancia? | No. Existen excepciones. Algunos procesos sí continúan por su naturaleza urgente o por disposición legal expresa. |
| ¿Los juzgados están completamente cerrados durante la vacancia? | No necesariamente. Aunque no se adelantan actuaciones ordinarias, existen: |
| ¿Cuándo se reanudan los plazos? | Los plazos se reanudan el primer día hábil siguiente a la finalización del período de vacancia. |
| ¿Qué procesos NO se suspenden durante la vacancia judicial? | Entre los principales procesos que no se suspénden se encuentran: |
| ¿Puedo presentar una acción de tutela durante la vacancia judicial? | Las acciones de tutela se reciben y se tramitan normalmente, incluso durante la vacancia judicial. |
| ¿Puedo radicar demandas o escritos durante la vacancia judicial? | Depende del tipo de proceso: |
| ¿Qué pasa si presento un recurso durante la vacancia? | Si el proceso está suspendido: |
| ¿Cómo sé si mi proceso está suspendido o no? | Puede: |
| ¿La vacancia judicial afecta los términos administrativos? | No necesariamente. La vacancia judicial aplica a procesos judiciales, no a procedimientos administrativos, salvo que una norma especial disponga lo contrario. |
| ¿Se pueden imponer sanciones o tomar decisiones judiciales durante la vacancia? | Solo en procesos exceptuados o situaciones urgentes. En procesos ordinarios, las decisiones quedan suspendidas hasta el levantamiento de la vacancia. |
| ¿Qué derechos tienen los ciudadanos durante la vacancia judicial? | Los ciudadanos conservan plenamente: |
| ¿Qué debo hacer si mi caso es urgente durante la vacancia? | Debe: |
| ¿Cuándo se reanudan los términos judiciales? | Los términos se reanudan el primer día hábil siguiente al fin de la vacancia judicial, sin necesidad de notificación adicional. |
| En los procesos de tutela con fallo amparado y con trámite incidental de desacato en curso; ¿los términos de cumplimiento de la orden de amparo se suspenden? | No. Los términos para dar cumplimiento a la orden de amparo se mantienen, toda vez que son derechos fundamentales. |
| ¿Ante quién acudo cuando existe trámite incidental en curso y la autoridad judicial de conocimiento ingresó a vacancia judicial? | Se acude ante la misma autoridad que conoció del proceso de tutela y adelanta el trámite incidental. Esto se hará al finalizar el período de vacancia judicial. |