De conformidad con los artículos 58 y 59 del Decreto 019 de 2012, modificatorios de los artículos 568 y 563 del Estatuto Tributario respectivamente, la Dirección Seccional Oficina de Cobro Coactivo de Cúcuta, publica, según sea el caso, en un lugar de acceso al público de la Entidad la parte resolutiva del Mandamiento de Pago proferido en contra del multado que a continuación se relaciona para que en el término de quince (15) días contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de publicación pague el monto de la obligación adeudada más los intereses.