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null Atención: En adelante habrá dos certificados de consulta para los abogados en Colombia
  • La medida de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial busca diferenciar las sanciones vigentes de los antecedentes disciplinarios.
  • La disposición rige a partir de hoy en todas las regiones del país.

Bogotá, D.C. Mayo 22 de 2024. @CNDJ_Col. Con el fin de acompasar el registro de las anotaciones en la historia laboral de los abogados con las normas que rigen la Jurisdicción Disciplinaria, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial mediante Acuerdo No 075 del 21 de mayo de 2024, avalado por la Sala Plena de la Corporación, dispuso la aplicación de dos certificados de consulta para los abogados en Colombia.

Esta decisión, que rige a partir de hoy en el territorio nacional, busca articular esa consulta con el Código General Disciplinario y el Código Disciplinario del Abogado, debido a que este último establece como criterio de graduación para la imposición de sanciones aquellas aplicadas dentro de los 5 años anteriores a la conducta que sea investigada en el momento.

El artículo 47 de esta norma estipula que: “Notificada la sentencia de segunda instancia, la oficina de Registro Nacional de Abogados anotará la sanción impuesta. Esta comenzará a regir a partir de la fecha del registro”.

Por su parte, el artículo 238 de la ley 1952 de 2019 señala: “… La certificación de antecedentes deberá contener las anotaciones de las sanciones o inhabilidades que se encuentren vigentes.

Cuando se trate de nombramiento o posesión en cargos que exijan para su desempeño ausencia de antecedentes, se certificarán todas las anotaciones que figuren en el registro”.

En ese orden de ideas y durante las Salas Ordinarias No 27 del 30 de abril y No 30 del 15 de mayo, los siete magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial aprobaron por unanimidad regular la expedición de los certificados para abogados, acordando así las dos clases de documentos:

1. El certificado de sanciones vigentes, que contendrá, como su nombre lo indica, las sanciones vigentes al momento de la expedición.

2. El certificado de antecedentes disciplinarios, que contendrá el listado de anotaciones de las sanciones de los últimos 5 años anteriores a la falta que se investiga.

A partir del momento, corresponde a las dependencias de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, Sistemas y a la Secretaría Judicial de la Comisión de Disciplina Judicial garantizar la disponibilidad permanente de la información electrónica para su consulta, así como la actualización y mantenimiento de las bases de datos respecto de las sanciones impuestas.

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