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null Comisión Nacional de Disciplina Judicial aplica enfoque de género en sentencia disciplinaria contra abogada

  • La abogada fue suspendida por actuar en contravía de los intereses de quien representaba, ya que, si bien fue contratada para evitar que la pareja de su cliente terminara en prisión, omitió la situación de maltrato a la que fue expuesta su representada.

Bogotá, 26 de junio de 2024. @CNDJ_Col. Con ponencia del magistrado Carlos Arturo Ramírez Vásquez, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción contra una abogada que empleó las vías del derecho de forma contraria a su finalidad, pues a pesar de actuar como apoderada de víctimas en un proceso penal por violencia intrafamiliar, solicitó la absolución del condenado.

El caso fue abordado desde la perspectiva de género, por cuanto los hechos que rodearon la falta disciplinaria involucraron situaciones de violencia ejercidas contra su cliente, una mujer en evidente estado de vulnerabilidad en su ámbito familiar, al ser madre de dos hijos, no contar con un empleo formal y depender económicamente de su compañero permanente.

Cabe señalar que en este caso la persona representada denunció a su pareja debido a las agresiones físicas a las que fue sometida, dando origen a un proceso penal, el cual terminó en condena de primera instancia; no obstante, la disciplinada intervino en favor del procesado y no en procura de la integridad de su cliente, claramente amenazada en virtud de las circunstancias que la rodeaban.

La Corporación abordó el caso desde una perspectiva que «surge a raíz de la victimización histórica de las mujeres frente a actos de subordinación, discriminación y sometimiento en ámbitos sociales, económicos o políticos de raigambre patriarcal, que se traducen en situaciones de desigualdad y generan un fenómeno de violencia estructural, cuya erradicación es imperiosa; por tanto, se obliga al operador disciplinario, a realizar un análisis crítico del contexto en que ocurren las infracciones y así determinar y cuestionar posibles escenarios de violencia que puedan estar relacionados directa o indirectamente con la comisión de la falta».

De igual modo, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial resaltó la importancia de las víctimas al interior del proceso penal, y en especial, aquellas mujeres afectadas por el delito  de  violencia  intrafamiliar,  enfatizando  en  cifras  preocupantes  reportadas por el

Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en los años 2020 (26.462) y 2021 (29.609) -cuando se cometió la falta-.

A raíz de lo anterior, la Corte concluyó que es posible que ocurran casos donde la mujer desconoce sus derechos y opta por retractarse normalizando las formas de agresión, siendo en este punto donde, desde una perspectiva ética, cobra vital importancia el papel de los abogados, pues en estrictos rigores de imparcialidad su actuación debe estar siempre orientada a salvaguardar los derechos reales de la persona que representa.

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