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República de Colombia
Máxima autoridad disciplinaria de los abogados en el ejercicio de su profesión. así como de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial
- El jurista, quien fue contratado por el volante Harrison Otálvaro para que tramitara los pagos que le adeudaba el Cúcuta Deportivo, no podrá ejercer el derecho durante 2 años.
- Además, deberá pagar una multa equivalente a 10 salarios mínimos por la conducta, que según el jugador habría afectado a otros deportistas.
Bogotá, D.C. 9 de septiembre de 2024. @CNDJ_Col. En un caso aleccionador, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial resolvió el recurso de apelación interpuesto por un abogado a quien contrató el reconocido futbolista colombiano Harrison Otálvaro, a fin de que tramitara el pago de la liquidación que por sus servicios le adeudaba el Cúcuta Deportivo.
La historia se remonta al 10 de marzo de 2015, cuando el futbolista suscribió el contrato con su apoderado, en aras de que se hiciera cargo del cobro de una deuda incluida en el Acuerdo de Reorganización de la sociedad Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A, aprobado por la Superintendencia de Sociedades.
De acuerdo con el expediente, al volante creativo (cuya trayectoria incluye equipos como Millonarios, Atlético Nacional, Deportes Tolima y América de Cali, entre otros) le correspondían treinta y ocho millones quinientos ocho mil quinientos veinticinco pesos ($38.508.525) por concepto de la liquidación por sus derechos deportivos, de los cuales el 20 por ciento, es decir un poco más de siete millones 700 mil pesos ($7’700.000) cubrirían los honorarios del abogado.
Dentro del proceso se logró establecer que el investigado recibió por parte de la Sociedad la suma de trescientos veintidós millones doscientos seis mil quinientos setenta y un pesos ($322.206.571) en varias cuotas pagadas en efectivo desde el mes de septiembre de 2015 a junio de 2017, dinero que les correspondía a varios poderdantes, entre ellos Harrison Otálvaro.
No obstante, el abogado solo le entregó 10 millones de pesos y el jugador perdió contacto con él. Por eso, tuvo que buscar una respuesta oficial del equipo, que le contestó el ocho (8) de agosto de 2017 a través del representante legal del Cúcuta Deportivo, José Augusto Cadena Mora. En la comunicación le indicaban: «Nos permitimos informarle que la Sociedad se encuentra al día respecto a las obligaciones contempladas en el Acuerdo de Reorganización a su favor».
El catorce (14) de septiembre de 2018 le enviaron otra comunicación en la que le informaron: «Su acreencia conforme al proyecto de calificación y graduación de créditos aprobado por la Superintendencia de Sociedades ya fue pagada a través de su apoderado designado para el efecto».
Por esa razón, el destacado jugador decidió acudir a la Jurisdicción Disciplinaria para que se impartiera justicia frente a lo que consideraba una actuación irregular del jurista.
Después de consecutivas ausencias a las citaciones en el proceso, la defensa del abogado dijo que los pagos que se hicieron por parte del Cúcuta Deportivo y que aparecían en los recibos, correspondían a lo adeudado a varios deportistas y que en ningún momento la Sociedad aclaró que esos montos hubieran sido pagados en su totalidad, y agregó que el equipo se valió de una figura denominada reversión de intereses para no pagar en su totalidad las sumas establecidas en el Acuerdo de Reorganización Empresarial.
Sin embargo, la Justicia Disciplinaria determinó que las pruebas documentales demostraban lo contrario y que el abogado vulneró sin justificación alguna el deber de obrar con lealtad y honradez en sus relaciones profesionales Estimó que la retención de dineros no era una conducta acorde con el proceder de los profesionales del derecho y que por tanto debía ser objeto de una sanción.
Es así como en fallo con ponencia del magistrado Julio Andrés Sampedro Arrubla, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió al abogado por un término de 2 años y le impuso una multa equivalente a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana y doctor en derecho (Ph.D.) de las universidades Rosario, Javeriana y Externado de Colombia, con la tesis doctoral "La humanización del proceso penal. Hacia la reformulación del modelo tradicional desde la victimología".
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