null Radicación QRS

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En el artículo 76 de la Ley 1474 de 2011, "...se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública".

En la norma se indica que "...en toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad"
Es deber, por lo tanto recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos (que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.
Este formato en línea es uno de los canales QRS, que permite Recibir, Gestionar y Solucionar las quejas, reclamos y sugerencias que se presenten ante el Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño-Putumayo, y la Dirección Seccional Ejecutiva de Administración Judicial  de Pasto y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.

 

Le solicitamos tener en cuenta esta información:

QRS no se debe entender como el medio para hacer solicitudes a los despachos de los distritos judiciales de Pasto y Mocoa o las dependencias del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño-Putumayo o de la DESAJ Pasto.  Recuerde que para este propósito están disponibles LOS CANALES DE COMUNICACIONA INSITUCIONALES, en particular,  EL LISTADO DE CORREOS INSTITUCIONALES https://bit.ly/CSJ-Nar-Pyo


link radicación QRS:
https://bit.ly/QRS-CSJ-Nariño-DESAJ-Pasto

También se informa que se ha dispuesto el correo qrspso@cendoj.ramajudicia.gov.co con el mismo propósito.

Se insiste en que en el nuevo link y en la nueva cuenta para QRS NO se dará trámite a peticiones, solicitudes o trámites que corresponden a funciones propias de los despachos de los distritos judiciales de Pasto y Mocoa o las dependencias del Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño-Putumayo o de la DESAJ Pasto, ni tampoco a aquellas que son de trámite de la Comisión de Disciplina Judicial y que se deberán dar a conocer por los canales institucionales establecidos para ese propósito.
 

Sobre la radicación de QRS :

Se posibilita evaluar la percepción del grado de satisfacción de las QRS respondidas.

Se require hacer Seguimiento al trámite de QRS.

 
Datos Basicos
Director Ejecutivo Seccional de Administración Judicial
Dr. Luis Humberto Paz Timaná
Director Administrativo
Dr. Carlos Alberto Diaz López
Dirección del Despacho
CALLE 19 # 23-00 PALACIO DE JUSTICIA TORRE 2, PISO 2
Telefono
262