null Lo que le faltaba al Chocó: abogados que dilatan procesos por corrupción en el departamento
  • La Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió a quien en su momento ejercía como representante legal de la exagente liquidadora del hospital San Francisco de Asís.

  • Blanca Elvira Cortés había sido cobijada con medida de aseguramiento como presunta responsable de los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y celebración indebida de contratos.

  • Posteriormente, la Contraloría emitió fallo de responsabilidad fiscal en su contra por más de 22 mil 500 millones de pesos.  

Bogotá, D.C. 14 de noviembre de 2024. @CNDJ_Col. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió del ejercicio profesional a un abogado que, ejerciendo como defensor de una ex funcionaria procesada por graves hechos de corrupción en el departamento del Chocó, acudió a maniobras de mala fe para dilatar el proceso y entorpecer la administración de justicia.

El caso está relacionado con la ex gerente liquidadora del Hospital San Francisco de Asís de Quibdó, Blanca Elvira Cortés, quien en marzo de 2019 fue cobijada con una medida de aseguramiento proferida por el Juzgado Primero Penal Ambulante de la capital chocoana, como presunta responsable de los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales en concurso homogéneo y sucesivo. Según la Fiscalía General de la Nación, la ex funcionaria celebró un contrato por más de 1.300 millones de pesos para la organización y digitalización del archivo físico de documentos del centro asistencial, sin que se efectuaran las debidas cotizaciones y realizando pagos sin que el contratista terminara las obras encomendadas.

La intervención de los organismos de control no paró allí, pues en enero de 2023 el Contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez, profirió fallo con responsabilidad fiscal por 22.541 millones de pesos en contra de la exagente liquidadora del Hospital San Francisco de Asís, Blanca Elvira Cortés.

Estos procesos de carácter penal y fiscal tuvieron eco en actuaciones disciplinarias que terminaron por vincular a quien en su momento hacía las veces de abogado defensor de la exagente liquidadora.

De hecho, fue el Procurador 158 Judicial II en Asuntos Penales de Quibdó quien remitió el caso por las presuntas irregularidades del jurista, quien extrañamente dejó de comparecer a una de las audiencias programadas en agosto de 2020.

La Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Chocó estableció que el abogado mintió cuando manifestó que no podía acudir a la diligencia citada para el 5 de agosto de ese año, con fundamento en que había sido convocado para la misma fecha en el marco de un proceso disciplinario en el que actuaba como defensor de otra persona.

Sin embargo, luego de evaluar las pruebas, la primera instancia constató que la citación hecha por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Chocó, se había cumplido un día antes, entre las 3:30 y las 4:09 de la tarde, por lo que no era cierto que no pudiera atender la representación de la ex gerente liquidadora en la audiencia preparatoria el día y fecha anunciados por la justicia.

Con base en estas consideraciones, la Comisión de Disciplina Seccional del Chocó emitió fallo sancionatorio el 9 de febrero de 2022, al hallar responsable al abogado de incurrir en la falta prevista en el artículo 30, numeral 4°, de la Ley 1123 de 2007, consistente en “obrar de mala fe en las actividades relacionadas con el ejercicio de la profesión”, y desconocer los deberes regulados en el numeral 5° del artículo 28 del mismo estatuto, el cual preceptúa como deberes profesionales “Conservar y defender la dignidad y el decoro de la profesión.”

El abogado apeló la decisión ante la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, que negó dicho y recurso y por el contrario confirmó la sanción de primera instancia. Es así como en fallo con ponencia de la magistrada Magda Victoria Acosta Walteros, la Corte Disciplinaria concluyó que además de haber incurrido en una conducta antiética para entorpecer la administración de justicia, el investigado ignoró la trascendencia social de su comportamiento, teniendo en cuenta las implicaciones en procesos tan sensibles para una región que ha sufrido el rigor de fenómenos como la corrupción, la violencia y los desastres naturales.