Diciembre 09 de 2021
Radicado: 2021-00099-00
Subsanada en termino la demanda, se procederá a admitir la solicitud de ACUERDO DE REORGANIZACIÓN presentada por el señor HENRY PARRA PEÑA, identificado con la cedula de ciudadanía No. 17.158.108, en su condición de persona natural comerciante, con apoyo en las previsiones de la Ley 1116 de 2006, reformada por la Ley 1429 de 2010; pues se precisa que la misma fue presentada con todos los requisitos previstos en las citadas normas, aportándose para dicho propósito, con el escrito genitor: certificado de la Cámara de Comercio de Bucaramanga; estados financieros y dictámenes respectivos suscritos por el contador público; estado de inventario de activos y pasivos; memoria explicativa de las causas que llevaron al señor HENRY PARRA PEÑA, al estado de insolvencia; flujo de caja para atender el pago de las obligaciones; plan de negocios de reorganización; proyecto de calificación y graduación de acreencias; proyecto de determinación de los derechos de voto correspondientes a cada acreedor y certificación de contador público en el que se documentó el pasivo del deudor.
Documentos anexos: