null ACCIÓN DE TUTELA 2022-00108 CONTRA LA GOBERNACION DEL CESAR Y LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC

Que en el Despacho se adelanta la acción de tutela radicado 68081-31-05-002-2022-00108-00 promovida por el señor JEFREE ALFONSO OLAYA FLOREZ contra la GOBERNACIÓN DEL CESAR y la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, en la que mediante providencia de la fecha se avocó conocimiento y en el numeral CUARTO se dispuso lo siguiente:

"CUARTO. Por conducto de la Secretaria del Despacho oficiar para que se lleve a cabo la inclusión en la página web de  la  Rama  Judicial  y  el  micrositio  web  de  este Juzgado,  de  aviso  comunicando  la  existencia  de  la  acción  judicial  promovida  por JEFREE   ALFONSO   OLAYA   FLOREZ   contra   la   GOBERNACIÓN   DEL   CESAR   y   la COMISIÓN  NACIONAL  DEL  SERVICIO  CIVIL  incluyendo  link  que  contenga  el  escrito de la presente demanda constitucional

Igualmente   se   solicita   a   la   COMISIÓN   NACIONAL   DEL   SERVICIOS   CIVIL   y   la GOBERNACIÓN  DEL  CESAR,  se  sirvan  publicar  ese  mismo  aviso–junto  con  el  link que  contenga  escrito  de  demanda-en  su  página  web con  el  fin  de  enterar  de  la existencia  del  trámite  constitucional  de  la  referencia  a  los  integrantes  de  la  lista  de elegibles  del  OPEC  74732  GOBERNACIÓN  DEL  CESAR,  relacionados  dentro  de  la resolución N° 3887 del 2 de marzo de 2022.

A los interesados en este asunto se les concede el término de UN (01) DIA HÁBIL siguiente a su publicación para  que  si  les  asiste  interés  en  las  resultas  del  mismo  y consideran que pueden verse afectados formen parte del asunto de la referencia."

Se adjunta al presente aviso el escrito de tutela, anexos y el auto que dispuso avocar el

conocimiento de la acción de tutela.

La respuesta podrá ser remitida al correo electrónico j02lctobmeja@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Se fija en Barrancabermeja, hoy nueve (09) de mayo de dos mil veintidós (2022).

Documentos anexos: