null Tutela radicación 41001310300320210026800

AVISO

 

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE NEIVA HUILA

 

HACE   SABER:

 

 

Que dentro del proceso Ejecutivo Singular que en este Juzgado adelanta REGULO VARGAS MOYANO contra DANIEL MOYANO SÁNCHEZ y EFRAÍN MOYANO, RAD. 41001310300319920711400 se dictó auto fechado el veintiuno (21) de noviembre de dos mil veintidós (2022) por medio se dispuso lo siguiente:

"Examinado el libro radicador Tomo 7, correspondiente a los años 1990-1992 a folio 351, se observa radicada demanda declarativa promovida por DANIEL MOYANO SÁNCHEZ contra REGULO VARGAS MOYANO, conforme a la cual, la parte demandante promovió ejecución posterior a la sentencia de segunda instancia, la que aparece presentada el 22 de marzo de 2000.

 

En consecuencia, atendiendo la solicitud de NORMA CONSTANZA MOYANO OSORIO, quien acreditan ser hija del demandado DANIEL MOYANO SÁNCHEZ y dado que el expediente contentivo del proceso ejecutivo no fue hallado en el Juzgado, según constancia secretarial de fecha 26 de octubre de 2022 (PDF. 61), circunstancia a la que se suma que han pasado más de cinco años a partir de la inscripción de la medida cautelar (29-03-2000), el despacho encuentra procedente, dar aplicación al numeral 10 del artículo 597 del C.G.P. y en consecuencia ORDENAR que en la Secretaria (física y virtual) y en el micrositio de este Juzgado se fije aviso por el término de veinte (20) días, para que los interesados puedan ejercer sus derechos.

 

En cumplimiento de lo ordenado, se fija este aviso, hoy veintinueve (29) de noviembre de dos mil veintidós (2.022)

 

El Secretario.

ALFREDO DURAN BUENDIA

 

 

 

AVISO

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE NEIVA HUILA

HACE   SABER:

 

Que dentro del proceso Ejecutivo Singular que en este Juzgado adelanta REGULO VARGAS MOYANO contra DANIEL MOYANO SÁNCHEZ y EFRAÍN MOYANO, se dictó auto  fechado el siete (07) de marzo de dos mil veintidós (2022) por medio se dispuso lo siguiente:

 

 

"Visto el oficio de la Oficina de Registro de la ciudad de Neiva – Huila, pasen las actuaciones al archivo.

 

CÚMPLASE

En cumplimiento de lo ordenado, se fija este aviso, hoy siete (07) de marzo de dos mil veintidós (2.022)

 

El Secretario.

 

DIEGO FELIPE ORTIZ HERNÁNDEZ

Secretario