TRASLADO A

RECURRENTE

 

Proceso penal rad.   CUI. 68001-6000-159-2020-01887 NI. 179234

Procesado:  JUAN  PABLO PAREDES

Delito:  ACTO SEXUAL  CON MENOR  DE  14  AÑOS

 

En la fecha, para los efectos del artículo 179 de la Ley 906 de 2004, se  corre  traslado al   recurrente por el término de cinco (5) días, para que sustente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida  el  nueve  (09) de diciembre   de dos mil veintiuno (2021) por el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones Mixtas de Bucaramanga.

 

VENCE: jueves, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veintiuno (2021) a las 4:00 pm.

 

 

Bucaramanga, 10  de  diciembre   de  2021

                                              Hora: 8:00 am.

 

 

LUIS ALBERTO HOYOS SERRANO

 

Secretario

 

 

TRASLADO  SUJETOS  PROCESALES  NO RECURRENTES 

 

CUI   680016000000201900242 NI 170172 (CSJ CUI 680016000159201900173001  No.  Corte 56779)  

Procesado:   Mario  Guevara   Toro  

Delito:  tráfico, fabricación o porte de estupefacientes

 

 

Conforme lo previsto  en el  artículo 189  de la Ley  600 de 2000[1] a  partir  de las 8:00 am  del   cinco  (5)   de noviembre  de  2021   queda  el  expediente en la  secretaría del juzgado[2] a  disposición de los  sujetos  procesales  no recurrentes   por el término de  dos (2) días, para que  se pronuncien  respecto del  recurso  de reposición  interpuesto   en   contra de la providencia  proferida   el   21  de octubre   de  2021     por el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones Mixtas  de Bucaramanga. Este traslado finaliza el  8 de  noviembre  de 2021  a las  4:00 pm. 

Para facilitar  el  pronunciamiento    sobre el   recurso de reposición, los  escritos    pueden ser  enviados dentro  del término de este traslado    al correo electrónico institucional  del juzgado  que es  el siguiente:  j03pcbuc@cendoj.ramajudicial .gov.co.

Lo  anterior,  en  razón  a   las  medidas adoptadas  por la pandemia  del COVID-19.

Bucaramanga,  5  de noviembre  de  2021  ,  8:00 a.m.

 

Luis Alberto Hoyos  Serrano

Secretario

Juzgado Tercero Penal del Circuito  con  Funciones Mixtas  de Bucaramanga 

 



[1] Lo  anterior   de  acuerdo   con lo establecido  por la Sala  de Casación Penal   de la    Corte  Suprema de Justicia   en     providencia   radicado   47990,  AP7843-2016 M.P.  JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO frente  al  vacío normativo    de la Ley  906  de  2004    respecto  al trámite  de    recursos   de reposición interpuestos   por  escrito.  

[2] Para  la  revisión  del  expediente  si los  interesados lo desean  deberá  presentarse  a la instalaciones del juzgado  ubicadas  en el   Palacio de Justicia  cumpliendo  con  las medidas  de  bioseguridad debido a la  pandemia  del Covid-19 o  en su  defecto  solicitar   copia   digital    del  expediente a través  del correo  institucional  j03pcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  

 

 

 

TRASLADO  SUJETOS  PROCESALES  RECURRENTES 

 

CUI   680016000000201900242 NI 170172 (CSJ CUI 680016000159201900173001  No.  Corte 56779)  

Procesado:   Mario  Guevara   Toro  

Delito:  tráfico, fabricación o porte de estupefacientes

 

Conforme lo previsto  en el  artículo 189  de la Ley  600 de 2000[1] a  partir  de las 8:00 am  del   tres  (3)   de noviembre  de  2021   queda  el  expediente en la  secretaría del juzgado[2] a  disposición de los  sujetos  procesales   recurrentes   por el término de  dos (2) días, para la sustentación del  recurso  de reposición  interpuesto   en   contra de la providencia  proferida   el   21  de octubre   de  2021     por el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones Mixtas  de Bucaramanga. Este traslado finaliza el  4  de  noviembre  de 2021  a las  4:00 pm. 

Para facilitar  la  presentación  de la  sustentación del recurso de reposición  puede ser  enviado dentro  del término de este traslado    al correo electrónico institucional  del juzgado  que es  el siguiente:  j03pcbuc@cendoj.ramajudicial .gov.co.

Lo  anterior,  en  razón  a   las  medidas adoptadas  por la pandemia  del COVID-19.

Bucaramanga,  3  de noviembre  de  2021  ,  8:00 a.m.

 

Luis Alberto Hoyos  Serrano

Secretario

Juzgado Tercero Penal del Circuito  con  Funciones Mixtas  de Bucaramanga 



[1] Lo  anterior   de  acuerdo   con lo establecido  por la Sala  de Casación Penal   de la    Corte  Suprema de Justicia   en     providencia   radicado   47990,  AP7843-2016 M.P.  JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO frente  al  vacío normativo    de la Ley  906  de  2004    respecto  al trámite  de    recursos   de reposición interpuestos   por  escrito.  

[2] Para  la  revisión  del  expediente  si los  interesados lo desean  deberá  presentarse  a la instalaciones del juzgado  ubicadas  en el   Palacio de Justicia  cumpliendo  con  las medidas  de  bioseguridad debido a la  pandemia  del Covid-19 o  en su  defecto  solicitar   copia   digital    del  expediente a través  del correo  institucional  j03pcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  

 
 
 
TRASLADO A
RECURRENTE
Proceso penal rad. CUI. 68001-6000-159-2016-08139 NI. 114 399
Procesada: ZULAY AIDEE DÍAZ GODOY
Delito: HOMICIDIO
En la fecha, para los efectos del artículo 179 de la Ley 906 de 2004, se corre traslado al recurrente por el término de cinco (5) días, para que sustente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintiuno (2021) por el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones Mixtas de Bucaramanga.
VENCE: miércoles, seis (06) de octubre de dos mil veintiuno (2021) a las 4:00 pm.
Bucaramanga, 30 de septiembre de 2021
Hora: 8:00 am.
LUIS ALBERTO HOYOS SERRANO
Secretario Firmado Por:
Luis Alberto Hoyos Serrano
Secretario
Juzgado De Circuito
Penal 003 Con Funciones Mixtas
Bucaramanga - Santander
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley

 

527/99 y el decreto reglamentario 2364/12

 

 

TRASLADO  SUJETOS  PROCESALES NO  APELANTES

Artículo  194  de la Ley  600 de  2000

 

Rad: 68001310400320170004000

Contra: Ligia Yolanda Torres Parra, Ligia Parra De Neira Y Víctor Manuel Álvarez Parra

Delito: Fraude procesal

 

Conforme lo previsto  en el  artículo 194  de la Ley  600 de 2000 a  partir  de las 8:00 am  del  02  junio de  2021   queda  el  expediente en la  secretaría del juzgado[i]  a  disposición de los  sujetos  procesales no apelantes  por el término de cuatro (4) días, para que  se pronuncien   respecto  del   recurso  de apelación interpuesto   por la parte   civil   en  contra  de la providencia  proferida   el   10  de mayo  de  2021     por el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones Mixtas  de Bucaramanga. Este traslado finaliza el 08  de junio de  2021  a las  4:00 pm. 

 

Los  pronunciamientos sobre  el    recurso de apelación deben ser  enviados dentro  del término de este traslado  únicamente  al correo electrónico institucional  del juzgado  que es  el siguiente:  j03pcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Lo  anterior,  en  razón  a   las  medidas adoptadas  por la pandemia  del COVID-19.

Bucaramanga,  02  de junio de  2021,  8:00 a.m.

Luis Alberto Hoyos  Serrano

Secretario

Juzgado Tercero Penal del Circuito  con  Funciones Mixtas  de Bucaramanga 

 

TRASLADO  SUJETO  PROCESAL  APELANTE

Artículo  194  de la Ley  600 de  2000

 

Rad: 68001310400320170004000

Contra: Ligia Yolanda Torres Parra, Ligia Parra De Neira Y Víctor Manuel Álvarez Parra

Delito: Fraude procesal

 

Conforme lo previsto  en el  artículo 194  de la Ley  600 de 2000 a  partir  de las 8:00 am  del  27  de mayo de  2021   queda  el  expediente en la  secretaría del juzgado[i]  a  disposición del  sujeto  procesal apelante  por el término de cuatro (4) días, para la sustentación del  recurso  de apelación interpuesto   contra la de la providencia  proferida   el   10  de mayo  de  2021     por el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones Mixtas  de Bucaramanga. Este traslado finaliza el 01  de junio de  2021  a las  4:00 pm. 

 

La sustentación del recurso de apelación debe ser  enviado dentro  del término de este traslado  únicamente  al correo electrónico institucional  del juzgado  que es  el siguiente:  j03pcbuc@cendoj.ramajudicial .gov.co.

Lo  anterior,  en  razón  a   las  medidas adoptadas  por la pandemia  del COVID-19.

Bucaramanga,  27  de mayo de  2021,  8:00 a.m.

Luis Alberto Hoyos  Serrano

Secretario

Juzgado Tercero Penal del Circuito  con  Funciones Mixtas  de Bucaramanga 



[i] Para  la  revisión  del  expediente  si el interesado lo desea  deberá  previamente  contactar  a la notificadora  del juzgado Lorena  Boada  Gómez  al celular  3506843304 y  presentarse  al  Palacio de Justicia  cumpliendo  con  las medidas  de  bioseguridad debido a la  pandemia  del Covid-19.