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REFERENCIA: ACCION DE TUTELA DE GERMÁN LEONARDO SÁNCHEZ CASTILLO EN CONTRA DE LA REGISTRADURÍA DELEGADA ELECTORAL DE SANTA MARTA.

Rad. Nº 47001-31-60-004-2023-00322-00.

NOTIFICACION POR AVISO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA ORAL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA

NOTIFICA A

a la lista de candidatos de EDILES POR EL PARTIDO TODOS SOMOS COLOMBIA del auto de fecha primero (1°) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), emitido dentro de la acción de tutela de radicado número 47001-31-60-004-2023-00322-00 seguida por GERMÁN LEONARDO SÁNCHEZ CASTILLO EN CONTRA DE LA REGISTRADURÍA DELEGADA ELECTORAL DE SANTA MARTA y mediante el cual se comunica lo siguiente:-------------RESUELVE-------------------

"PRIMERO: Admítase la presente acción de tutela seguida por el señor GERMÁN LEONARDO SÁNCHEZ CASTILLO, a nombre propio, por la presunta violación de su derecho fundamental de petición por parte del REGISTRADURÍA DELEGADA ELECTORAL DE SANTA MARTA. SEGUNDO: Notifíquese la iniciación de estas diligencias al promotor señor GERMÁN LEONARDO SÁNCHEZ CASTILLO; y al ente accionado, REGISTRADURÍA DELEGADA ELECTORAL DE SANTA MARTA. Súrtanse los traslados correspondientes. TERCERO: Como consecuencia de la decisión que antecede se solicita a la entidad accionada, que en el término de dos (2) días siguientes al recibo de esta comunicación, se sirva rendir un informe sobre los hechos expuestos en la presente acción de tutela. CUARTO: Notifíquese de esta acción de tutela al MINISTERIO PÚBLICO, para que si a bien lo tienen dentro de dos (2) días siguientes a la notificación de esta decisión rinda su concepto sobre la solicitud de amparo. QUINTO: Vincular a este trámite Constitucional a la REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, al PARTIDO TODOS SOMOS COLOMBIA, a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, a la lista de candidatos de EDILES POR EL PARTIDO TODOS SOMOS COLOMBIA y a la señora LISANDRA FLORIAN, debido a que el fallo que aquí se emita los puede afectar en su derecho. Concédaseles el término de dos (2) días siguientes a la notificación de este auto, para que rindan un informe de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 del decreto 2591/91, acerca de los hechos que dieron origen a la presente tutela, bajo la advertencia de que en caso de omitirlo se presumirán cierto los hechos. SEXTO: FIJAR UN AVISO en el micrositio web de la Rama Judicial, en donde se comunique a la lista de candidatos de EDILES POR EL PARTIDO TODOS SOMOS COLOMBIA y a la señora LISANDRA FLORIAN, sobre la existencia de ésta acción constitucional y su vinculación en ella. Aquel deberá contener el link del expediente para que los antes mencionados tengan acceso a las decisiones aquí emitidas.".

FIJESE EL PRESENTE AVISO EN LA PUERTA DEL ESTE DESPACHO Y EN EL MICROSITIO DE LA RAMA JUDICIAL.

SE ADJUNTA EL LINK DEL EXPEDIENTE: 2023-00322 TUTELA