Asunto: ACCIÓN DE TUTELA

Accionante: GLORIA ISABEL GONT PÉREZ Y STELLA OVALLE GONT

Accionado: EDINSON MANUEL OSORIO GONT, NOTARIA TERCERA DE VALLEDUPAR, OFICINA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS VALLEDUPAR CESAR

Radicado: 2022-0022

Mediante auto de la fecha, el JUZGADO CUARTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTÍAS DE VALLEDUPAR, PROFIRIO FALLO dentro la presente acción de tutela seguida por GLORIA ISABEL GONT PÉREZ y STELLA OVALLE GONT en calidad de agente oficioso de la señora ENILDA CANDELARIA GONT PÉREZ contra EDINSON MANUEL OSORIO GONT, OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS y NOTARÍA TERCERA DEL CÍRCULO NOTARIAL DE VALLEDUPAR. En consecuencia de lo anterior, teniendo en cuenta que las accionantes desconocen la dirección de notificación electrónica y física del accionado EDINSON MANUEL OSORIO GONT súrtase lo dispuesto en el artículo 292 del Código General del Proceso y, en consecuencia, se ordena: PRIMERO: Fijar un aviso virtual en la página web del JUZGADO CUARTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTÍAS, la notificación de la admisión de la acción constitucional de la referencia, toda vez que dentro del escrito de tutela no se informó dirección de correo electrónico para surtir dicha notificación de manera personal. SEGUNDO: El referido aviso se publicará por termino de un día esto es a partir de las 8 de la mañana del día 16 de septiembre de la anualidad y se desfijará el mismo día las 6 de la tarde, termino a partir del cual empieza a correr el plazo indicado dentro del auto admisorio de la presente acción constitucional en cumplimiento a lo ordenado por el articulo 19 del decreto 2591 de 1991 

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