null SOLICITUD LEVANTAMIENTO MEDIDA

REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

                       RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

 JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE POPAYAN– CAUCA

       CALLE 8 No. 10 – 00 Palacio de Justicia LUIS Carlos Pérez

j01cmpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co

 

 

AVISO

 

ARTÍCULO 597, NUMERAL 10º DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO

LA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE POPAYAN– CAUCA

 

A V I S A :

 

REFERENCIA

AVISO – LEVANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR.

RADICADO

19001-40-03-001-1985-004987-00

 

DEMANDANTE

MANUFACTURAS AJOVER LTDA sin Identificación

DEMANDADO

 CARLOS HORMAZA E HIJOS LTDA- FERRETERIA

 ARGENTINA.

PROCESO PROCESO

EJECUTIVO SINGULAR

 

Popayán, cinco (5) de septiembre de dos mil veintitrés (2.023)

 

Se informa que este Despacho Judicial mediante auto de fecha 31 de agosto de 2023, ordenó fijar aviso en la Secretaría del Juzgado por el termino de veinte (20) días y comunicar a través de la Oficina Judicial de Popayán Cauca a todos los Juzgados del país sobre el levantamiento de la medida cautelar de embargo decretada sobre el establecimiento de comercio "FERRETERIA ARGENTINA con Numero de Matricula  900", de la Cámara de Comercio del Cauca, de propiedad CARLOS HORMAZA (q.e.p.d), quien en vida se identificó con la cédula No. 4.607.890, E HIJOS LTDA, ordenada dentro del proceso Ejecutivo 1985-004987-00 que se tramitó en el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE POPAYAN- CAUCA, donde interactuaron como extremos procesales, La Sociedad comercial "MANUFACTURAS AJOVER LTDA", contra CARLOS HORMAZA E HIJOS LTDA- FERRETERIA ARGENTINA.

 

Lo anterior para que los interesados puedan ejercer sus derechos e informe si existen solicitudes de embargo de remanentes sobre el inmueble objeto de la solicitud de levantamiento, en caso de guardad silencio, se entenderá como inexistente la medida.

 

TÉRMINO FIJACION DEL AVISO: VEINTE (20) DÍAS INICIA: 5 DE SEPTIEMBRE DE 2023

FINALIZA: 2 DE OCTUBRE DE 2023

 

La presente publicación se fija en el Micrositio dispuesto en la página de la Rama Judicial, en acatamiento de lo dispuesto en el numeral 10º, artículo 597 del CGP, por el término de veinte (20) días, hoy 5 de septiembre de 2023.