El Juzgado Promiscuo Municipal de Buesaco,Nariño, les recuerda a todos los abogados litigantes con asuntos en esta judicatura, el deber previsto en el númeral 14 del articulo 78 del Código General del Proceso, según el cual deben enviar a las demás partes del proceso después de notificadas, cuando hubieren suministrado una dirección de correo electrónico o un medio equivalente para la trasmisión de datos, un ejemplar de los memoriales presentados en el proceso. Exceptuándose las peticiones de medidas cautelares. Este deber se cumplirá a más tardar, el día siguiente a la presentación del memorial. El incumplimiento de este deber no afecta la validez de esta actuación, pero la parte afectada podrá solicitar al Juez, la imposición de una multa hasta por un (1) salario mínimo legal mensual vigente por cada infracción.
La advertencia procesal que antecede es de suma relevancia para garantizarla agilidad que merece el tratamiento de cada uno de los asuntos a cargo de este Despacho Judicial y la efectividad con que se debe corresponder la Administración de Justicia.