Vinculados proceso ejecutivo con radicación 41-001-41-89-002-2017-00347-00: OLGA PATRICIA PEREZ BOLIVAR quien ostenta la calidad de ejecutada |
Vinculados Funcionarios JUAN SEBASTIAN LOSADA SALAZAR Inspector Segundo de Policía Urbana Neiva y CARLOS ALFONSO VARGAS Auxiliar Administrativo de la Inspección Segunda de Policía en Delegación con funciones de espacio Neiva Huila, a los correos institucionales y/o a la Policía Nacional. |
Vinculada COOPERATIVA LATINOAMERICA DE AHORRO Y CREDITO UTRAHUILCA |
DE CLIC EN ESTE LINK PARA ACCEDER A LA PROVIDENCIA Y ANEXOS QUE SE NOTIFICAN
JUZGADO 4° CIVIL DEL CIRCUITO
NEIVA HUILA. Telefax 8710464
Edificio Palacio de Justicia, Carrera 4 No. 6-99
Correo institucional: ccto04nei@cendoj.ramajudicial.gov.co
26 de abril de 2022 Oficio No. 0505
Asunto: Notificación sobre iniciación de acción de tutela
Ref: Acción de tutela de 1ª Instancia No. 410013103004-2021-00285-00
CONTRA: JUZGADO SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE NEIVA
Accionante: DAVID VEGA CASAGUA
Ofendido:
Comedidamente me dirijo a ustedes para ENTERARLOS que mediante auto (adjunto), este Juzgado, resolvió:
"En obedecimiento a lo ordenado por el Honorable Tribunal Superior de Neiva en providencia del 25 de abril del año en curso, donde declaro nulidad de lo actuado a partir de la sentencia proferida el 11 de marzo de 2022, manifiesta a este despacho se vincule y notifique a la COOPERATIVA LATINOAMERICA DE AHORRO Y CREDITO UTRAHUILCA quien funge como ejecutante dentro del proceso ejecutivo con título hipotecario, que se sigue en frente del accionante en el proceso distinguido con el radicado No. 2017 – 347 00. Se advierte, que el Juzgado Accionado, no dio cumplimiento a lo ordenado en los Numerales 4° y 5° del auto admisorio dentro de la presente acción constitucional, Las pruebas practicadas e informes rendidos conservan su validez, de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código General del Proceso. Por ello, se DISPONE que en forma inmediata se proceda a notificar a la COOPERATIVA LATINOAMERICA DE AHORRO Y CREDITO UTRAHUILCA quien funge como ejecutante dentro del proceso ejecutivo con título hipotecario, que se sigue en frente del accionante en el proceso distinguido con el radicado No. 2017 – 347 00. En el evento de no poder surtir la notificación personal, se ordena la notificación en el portal de la página Web de la Rama Judicial de los mencionados ciudadanos en razón que el Juzgado accionado no cumplió con el ordenamiento proferido, de conformidad con lo señalado y lo dispuesto en el Decreto 806 de 2020, que nos llama a la notificación en debida forma, dado que el trámite de las notificaciones carecen de la formalidad y no exige rigurosidad alguno para la notificación de los sujetos procesales.."
En consecuencia, proceda de conformidad según le corresponda, de acuerdo con lo ordenado por el Despacho. Para que pueda ejercer sus derechos de defensa y contradicción, se le correr traslado de la acción constitucional, para en su oportunidad, emitir el fallo de fondo.
Atentamente,