JUZGADO 43 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BOGOTÁ
Carrera 10 No. 14 - 33 Piso 17 Edificio Hernando Morales Molina
Correo Electrónico: j43pqccmbta@cendoj.ramajudicial.gov.co
Teléfono 601-353-2666 Ext. 74143 / Celular 323-9043684
INFORMA A LOS USUARIOS
Con el fin de dar trámite oportuno a cada una de las solicitudes que se eleven en el curso de los asuntos que vienen siendo conocidos por este Despacho, se advierte que únicamente serán incorporadas a estos aquellos memoriales que remitan los extremos procesales, apoderados y demás intervinientes a través del correo electrónico j43pqccmbta@cendoj.ramajudicial.gov.co y desde los canales digitales que previamente hubieren informado para los fines del proceso (Ley 2213 de 2022).
Lo anterior, sin perjuicio de la atención presencial que se viene garantizando en días hábiles de lunes a viernes desde las 8:00 a.m. hasta la 1:00 p.m. y desde las 2:00 p.m. hasta las 5:00 p.m. en la sede donde se ubica este despacho Judicial, esto es, la Carrera 10 No. 14 - 33 Piso 17 Edificio Hernando Morales Molina, con preferencia del uso Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
Si requiere atención virtual, la misma se realiza los lunes, miércoles y viernes de 9:00 am. a 11:00 am. y de 2:30 p.m. a 4:30 pm a través del siguiente enlace: https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-043-de-pequenas-causas-y-competencia-multiple-de-bogota-/atencion-al-usuario.
Se recuerda a las partes y sus apoderados lo previsto en el numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso. ARTÍCULO 78. DEBERES DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS. Son deberes de las partes y sus apoderados: (...)"14. Enviar a las demás partes del proceso después de notificadas, cuando hubieren suministrado una dirección de correo electrónico o un medio equivalente para la transmisión de datos, un ejemplar de los memoriales presentados en el proceso. Se exceptúa la petición de medidas cautelares. Este deber se cumplirá a más tardar el día siguiente a la presentación del memorial. El incumplimiento de este deber no afecta la validez de la actuación, pero la parte afectada podrá solicitar al juez la imposición de una multa hasta por un salario mínimo legal mensual vigente (1 smlmv) por cada infracción." |
Con el propósito de prestar una atención oportuna y eficaz a todos los ciudadanos se publicarán las actuaciones surtidas en los expedientes mediante la notificación de avisos, traslados y estados electrónicos, los cuales estarán disponibles en este micrositio.
A continuación encontrará el protocolo de audiencias virtuales cuyo fin es el de dar a conocer a los participantes de las mismas las instrucciones y las pautas de comportamiento que deben acatar antes y durante el desarrollo de estas PROTOCOLO AUDIENCIAS