AVISO DE INTERES

LEVANTAMIENTO SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS JUDICIALES

 

A partir del 1 de julio se levanta la suspensión de términos judiciales, recuerden que los canales técnicos y electrónicos de este despacho para la recepción, atención, trámite de actuaciones, entre otros, seguirá siendo el correo institucional 📧j01prmpalvenadillo@cendoj.ramajudicial.gov.co, de igual manera se habilitó la línea WhatsApp 📲305 246 8031 para atención personalizada con un servidor judicial del juzgado, de otra parte hemos puesto a su disposición el servicio de baranda virtual WhatsApp a través del cual, se da a conocer estados electrónicos, fijaciones en lista y la asignación de turnos virtuales para atención presencial en casos excepcionales.

 

Ver Acuerdo PCSJA20-11581 del 27 de junio de 2020

 

 

AVISO DE INTERES

 

Se coloca en conocimiento de la comunidad en general, el acuerdo PCSJA20-11567 de 5 de junio de 2020, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura "por medio del cual se adoptan medidas para el levantamiento de los términos judiciales y se dictan otras disposiciones por motivos de salubridad pública y fuerza mayor", para su conocimiento y fines pertinentes.

 

Ver acuerdo PCSJA20-11567 de 5 de junio de 2020.

 

 

AVISO IMPORTANTE

 

Se informa a los usuarios de la administración de justicia y a la comunidad en general, que en cumplimiento a las directrices impartidas por el Consejo Superior de la Judicatura mediante Acuerdo PCSJA20-11556 del 22 de mayo de 2020 "Por medio del cual se prorroga la suspensión de términos desde el 25 de mayo de 2020 hasta el 08 de junio de 2020".

 

  1. ACCIONES CONSTITUCIONALES:  Acciones de tutela y habeas corpus.

 

  1. CONTROL DE GARANTIAS:

 - Audiencias concentradas de legalización de captura, formulación de imputación y solicitudes de medidas de aseguramiento de detención.

 - Prórroga, sustitución y revocatoria de medida de aseguramiento cuya solicitud sea con persona privada de la libertad (de manera virtual).

 - Peticiones de libertad (de manera virtual).

 - Control de legalidad posterior (de manera virtual).

 -  Las solicitudes de orden de captura (de manera virtual) 

-   Audiencia de autorización previa de búsqueda selectiva en bases de datos (de manera virtual). 

-  Declaratoria de persona ausente (audiencia de manera virtual). 

-  Declaratoria de contumacia (audiencia de manera virtual). 

- Peticiones de suspensión del poder dispositivo -art. 85 del Código de Procedimiento Penal- (audiencia de manera virtual). 

- Entrega provisional o definitiva de vehículos automotores -art. 100 del Código de Procedimiento Penal (audiencia de manera virtual). 

- Medidas de protección provisional de víctimas de delitos de violencia intrafamiliar (audiencia de manera virtual). 

-        Control judicial y de legalidad en la aplicación del principio de oportunidad (audiencia de manera virtual).

 

         

  1. CONOCIMIENTO EN MATERIA PENAL:

 

-  Los procesos con persona privada de la libertad (audiencia de manera virtual). 

-  Los procesos de la Ley 906 del 2004 que se encuentren para proferir sentencia o en los que ya se dictó el fallo. 

- Los procesos de la Ley 600 del 2000 en que haya finalizado el periodo probatorio del juicio. 

-  Los procesos en los que esté próxima a prescribir la acción penal. 

- Solicitud de preclusión por muerte del indiciado o procesado (audiencia de manera virtual).

 

  1. EN MATERIA CIVIL:

 

-        En primera y única instancia, la emisión de sentencias anticipadas y las que deban proferirse por escrito si ya está anunciado el sentido del fallo. 

-        El levantamiento de medidas cautelares sujetas a registro. 

-        La liquidación de créditos. 

-        La terminación de procesos de ejecución por pago total de la obligación.

 

  1. EN MATERIA DE FAMILIA:

 

-Las relacionadas con depósitos judiciales por concepto de alimentos, tendientes a ordenar y autorizar su pago de conformidad con las reglas definidas por el Consejo Superior de la Judicatura.

 

DE CONFORMDIAD CON LO ANTERIOR, SE SOLICITA A LAS PERSONAS QUE VAYAN A RADICAR ALGÚN DOCUMENTO RELACIONADO CON LOS ASUNTOS ENLISTADOS, SE SIRVAN REMITIRLOS EN FORMATO PDF AL CORREO ELECTRÓNICO: j01prmpalvenadillo@cendoj.ramajudicial.gov.co. Igualmente, confirmar la recepción del documento al WhatsApp: 305 246 80 31 – 320 357 41 03.