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Convocatoria No.4 de Empleados de Tribunales, Juzgados y Centro de Servicios
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AVISO: De conformidad con la modificación introducida por la Ley 2430 de 2024, y en armonía con lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA25-12352, cualquier solicitud de traslado de servidor de carrera deberá presentarse con la escogencia de un máximo de dos (2) sedes judiciales. Así mismo, la solicitud deberá estar acompañada de una manifestación expresa mediante la cual el servidor se comprometa a permanecer un mínimo de tres (3) años en el cargo al cual sea trasladado, una vez autorizado dicho traslado.
Cargos marcados con asterisco (*) son para traslados, únicamente.