null Judicatura convoca a servidores judiciales, en calidad de sujetos obligados de la Ley 2013 de 2019, a actualizar su información en el “Portal Transparencia”

 

 

Bogotá D.C., 21 de mayo de 2026. El Consejo Superior de la Judicatura y la Comisión de Justicia Abierta expidieron la Circular PCSJC26-4 de 2026, mediante la cual recuerdan a las servidoras y a los servidores judiciales el deber de diligenciamiento y publicación del formulario de hoja de vida, así como el de las declaraciones de bienes y rentas, del impuesto de renta y complementarios, y el registro de los conflictos de interés en el “Portal Transparencia” de la Rama Judicial.

Este acto administrativo está dirigido a:

  • Magistradas y magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Corte Constitucional, Consejo Superior de la Judicatura, Comisión Nacional de Disciplina Judicial y tribunales superior y administrativo.
  • Comisionadas y comisionados seccionales de Disciplina Judicial.
  • Magistradas y magistrados auxiliares.
  • Consejeras y consejeros seccionales de la Judicatura.
  • Juezas y jueces de la República.
  • Directoras y directores de unidad del Consejo Superior de la Judicatura.
  • Directora ejecutiva de Administración Judicial.
  • Directoras y directores seccionales de administración judicial.
  • Directoras y directores de unidad de la DEAJ

Con el propósito de dar cumplimiento a la Sentencia SU-328 de 2025 de la Corte Constitucional, relacionada con los principios de transparencia, publicidad y promoción de la participación y control social, la Corporación dispuso ajustar el aplicativo de "Transparencia activa" de la página web de la Rama Judicial, en el sentido de actualizar los formatos de hoja de vida, declaración de bienes y rentas y registro de conflictos de intereses.

Lo anterior, con el fin de que las servidoras y los servidores judiciales obligados consignen únicamente aquella información que corresponde expresamente a la señalada por las leyes 1712 de 2014 y 2013 de 2019.

Es en este sentido y siendo conscientes del compromiso de las servidoras y los servidores judiciales en calidad de sujetos obligados que ya han cumplido con el deber de diligenciamiento, publicación y actualización de la información para el año gravable 2024 y que no realizaron el proceso de protección de sus datos personales, se les invita a que realicen una nueva actualización de sus datos para el año gravable 2024, a fin de armonizar el principio de transparencia con el derecho fundamental a la intimidad de los servidores de la Rama Judicial.
Esta invitación obedece a una medida prevista para su beneficio por las siguientes razones:

 

  • Protección de datos personales: Los nuevos formatos han sido ajustados para que se consigne únicamente la información exigida de forma taxativa por las Leyes 1712 de 2014 y 2013 de 2019.
  • Datos reales para el control social: Al actualizar su información en los nuevos formatos (Hoja de Vida, Declaración de Bienes y Rentas y Registro de Conflictos de Intereses), usted garantiza que no se expongan datos que excedan lo legalmente requerido para el control social.

Igualmente, los plazos para actualizar cada uno de los formatos dentro del aplicativo son:

1. Cada dos años*, los sujetos obligados deben actualizar la siguiente información:

a. Formulario electrónico de hoja de vida.
b. Declaración juramentada de bienes, rentas y actividad económica privada servidores judiciales.

2. Cada año, los sujetos obligados deben actualizar la siguiente información:

a. Publicación del formulario 210 del impuesto de renta y complementarios de la DIAN

3. En cada caso que se presente un conflicto de interés, se deberá realizar la “Publicación proactiva registro de conflictos de interés”, en cumplimiento del numeral 14 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, modificado por la Ley 2430 de 2024.

Finalmente, el Consejo Superior de la Judicatura realizará el seguimiento a la operabilidad del portal para garantizar que las servidoras y los servidores judiciales obligados realicen el registro y actualización de las hojas de vida.

La verificación de la declaración de bienes y rentas, del impuesto de renta y complementarios y el registro de los conflictos de interés, se adelantará conforme a lo establecido en el artículo 4 del Acuerdo PSAA12-9294 de 2012, a través de informes periódicos sobre su cumplimiento.

En caso de requerir atención para el correcto diligenciamiento de los formularios, deberá escribir al correo electrónico: justiciaabierta@cendoj.ramajudicial.gov.co