JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO
RIOHACHA – LA GUAJIRA.
INFORMA
A LOS ABOGADOS LITIGANTES Y A LOS USUARIOS EN GENERAL.
Que en cumplimiento al Acuerdo PCSJA20-11567 de fecha del cinco (5) de junio del año dos mil veinte (2020), expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, y el Acuerdo CSJGUA20-16 del 16 de junio de esta misma anualidad, se ha dispuesto por parte de este Juzgado lo siguiente;
PRIMERO: LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. A partir del primero (1) de julio de esta misma anualidad, la suscrita y los empleados de este despacho judicial continuarán trabajando de manera preferente desde sus casas, mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones -TIC-.
SEGUNDO: CANALES DE ATENCION AL USUARIO. Este despacho ha establecido que dentro del horario judicial de 08:00 a.m., a 12:00 m y de 01:00 p.m. a 05:00 pm., de lunes a viernes, las partes y demás usuarios podrán utilizar los siguientes medios:
- CELULAR. # 312-7765842 (solo llamadas).
TERCERO: MEDIOS TECNOLÓGICOS EN LAS ACTUACIONES JUDICIALES. Este despacho judicial utilizara los siguientes:
- JUSTICIA XXI WEB –TYBA-. (Para consultas de procesos digitados, fijación de estados electrónicos, ver y descargar providencias, traslados secretariales y cualquier otra actuación. Pueden ingresar al siguiente enlace: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/Justicia21/Administracion/InicioAplicaciones/InicioJusticia21Web.aspx
- SITIO O PORTAL WEB DE LA RAMA JUDICIAL, la cuales podrán ver y descargar los avisos o comunicaciones publicados por el despacho, así como cronogramas de audiencias, estados electrónicos, etc. Pueden ingresar al siguiente enlace: https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-001-laboral-de-riohacha.
- AUDIENCIAS VIRTUALES. Se utilizará los medios tecnológicos como MICROSOFT TEAMS o LIFEZISE.
- RADICACIÓN DE TUTELAS Y HABEAS CORPUS. El Consejo Superior de la Judicatura dispuso que, a partir del 1 de julio de 2020, los usuarios podrán utilizar el aplicativo Web de recepción de tutelas y hábeas corpus, en las cuales los usuarios tendrán mayor certeza de que su acción fue enviada y recibida por la Rama Judicial. Para ingresar pueden dar clic en el siguiente enlace: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/TutelaEnLinea. (Circular PCSJC20-20 del 23 de junio de 2020).
Cualquier inquietud podrán dirigirse al manual, dando clic en el siguiente enlace. https://www.ramajudicial.gov.co/documents/10228/35666503/Manual+Ciudadano+-+Aplicativo+Tutela+y+H%C3%A1beas+Corpus+en+L%C3%ADnea+-+.pdf/4abbdd5f-da63-4810-91aa-159b0136fae1
- RADICACION DE DEMANDAS U OTRAS CLASES. Estas se seguirán presentando pero de manera virtual en la oficina judicial de este Distrito, a través del correo electrónico ofijudrioh@cendoj.ramajudicial.gov.co.
De manera, que este despacho judicial invita a las partes, abogados, terceros e intervinientes actuar en los procesos, acciones constitucionales u otros, a utilizar los anteriores medios tecnológicos disponibles, evitando exigir y cumplir formalidades presenciales que no sean estrictamente necesarias, en las cuales podrán enviar memoriales, contestaciones, solicitudes, y demás comunicaciones, usando preferiblemente formato PDF, indicando obligatoriamente el número de radicado del proceso y nombre de las partes -demandante y demandado-, sea de advertir, que en caso de no cumplir con los datos mínimos de identificación del expediente, este despacho no se hace responsable del no tramite del mismo.
Igualmente, se hace necesario recalcarles a los usuarios, a las partes, abogados litigantes, terceros e intervinientes que es su deber y responsabilidad de consultar permanentemente estas plataformas web habitadas por el despacho.
Ahora bien, con respecto al envió o entregas de oficios, citaciones, solicitudes, notificaciones, comunicaciones, respuestas, informes y demás, que llegue a proferir u ordenar el despacho dentro del trámite del o de los procesos se enviaran a través del correo de este despacho enunciado en el numeral segundo (2°), literal (a) del presente comunicado y/o a través del aplicativo TYBA, por ello, se le pide a los interesados estar atento a cualquiera de los medios en comento y una vez estas sean recibidos, por favor acusar recibido.
CUARTO: CORREOS ELECTRÓNICOS DE ABOGADOS. Se hace imprescindible que las partes, abogados, terceros e intervinientes en los procesos judiciales suministren al despacho la dirección de correo electrónico para recibir comunicaciones y notificaciones, incluyendo la de su poderdante, testigos o cualquier otro interviniente dentro del proceso.
Igualmente, por disposición por el Consejo Superior de la judicatura, se invita a los abogados litigantes inscritos en el Registro Nacional de Abogados, para que registren y/o actualicen su cuenta de correo electrónico.
QUINTO: LA ATENCIÓN AL PÚBLICO DE MANERA PRESENCIAL SE HARÁ DE FORMA EXCEPCIONAL, sólo cuando a través de TIC no se pueda atender los requerimientos efectuados, para ello, se dispuso el horario judicial los días martes y jueves, 09:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 02:00 p.m. a 04:00 p.m., o cuando la necesidad del servicio así lo requiera, sin embargo, el interesado o solicitante deberá solicitar una cita con fundamento a lo regulado en el numeral quinto (5°) del acuerdo PCSJA20-11567/2020 y/o al numeral 7 de la Circular DEAJC20-35 del 5 de mayo de 2020, más exactamente, con lo siguiente:
- Nombre completo.
- Numero de Cedula.
- Radicación del proceso (en caso de no contar con el dato exacto deberá brindar
- suficiente información que permita identificar el expediente objeto de solicitud, teniendo en
- cuenta que esto puede modificar los tiempos de respuesta).
- Objeto de la solicitud o necesidad de la atención presencial.
- Datos de contacto
Una vez cumplido con lo anterior, este despacho confirmará y emitirá boleta de citación por correo electrónico del interesado, el cual será atendido por uno de los empleados del despacho. Recuerde que debe llevar sus elementos de protección y cumplir con los protocolos del mismo.
SEXTO: MEDIOS DE PAGO DE DEPOSITOS JUDICIALES. Esta dependencia judicial propenderá por la administración, gestión y pago de los depósitos judiciales a través y con preferencia de los medios electrónicos, en particular del Portal Web Transaccional. Por tal motivo, deberá el solicitante ceñirse a lo dispuesto en la circular PCSJC20-17 del 29 de abril de 2020.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
(Original firmado)
FANDY DAMITH QUINTERO BERRIO
La Juez