CONSTANCIA SECRETARIAL: El suscrito secretario del Juzgado Promiscuo Municipal de Boyacá (Boyacá) se permita indicar que, conforme lo establece el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022 "(…) no se insertarán en el estado electrónico las providencias que decretan medidas cautelares (…)". En tal sentido, si la parte interesada lo requiere, deberá solicitar la providencia, vía correo electrónico; igualmente, respecto a los documentos que se ponen en conocimiento o se da traslado a través de providencia, los mismos deberán ser solicitados por el interesado. Sin embargo, la notificación se entiende surtida con la inclusión del proveído en el estado publicado. Lelian Bareño Amézquita, Secretario