República de Colombia
Rama Judicial del Poder Público
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE COTA CUNDINAMARCA.
Calle 13 No. 4-61 en Cota Cundinamarca.
- CUENTA DE DESPOSITOS JUDICIALES
- DESARCHIVO, DESGLOSES Y COPIAS AUTENTICAS
- PROTOCOLO AUDIENCIAS VIRTUALES
CUENTA DE DEPOSITOS JUDICIALES
Se informa a los usuarios que la cuenta correspondiente a los Depósitos Judiciales de este Despacho Judicial es la No. 252142042001 a nombre del JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE COTA en el Banco Agrario de Colombia.
CODIGO Y RADICADO INTERNO DEL DESPACHO
| 2 | 5 | 2 | 1 | 4 | 4 | 0 | 8 | 9 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 7 | 0 | 0 | 1 | 4 | 2 | 0 | 0 |
| Código del despacho | Año | N° Proceso | Inst | |||||||||||||||||||
| Radicado Interno | ||||||||||||||||||||||
| Número del proceso (23 dígitos) | ||||||||||||||||||||||
DESARCHIVOS, DESGLOSES Y EXPEDICIÓN DE COPIAS AUTÉNTICAS
Para la atención de estos trámites, es necesario que envíen una solicitud a través de correo electrónico jprmpalcota@cendoj.ramajudicial.gov.co indicando el número de radicado interno del expediente y la clase de solicitud de que se trata: (Desarchivo - desglose - expedición de copias auténticas).
De acuerdo con lo señalado en la CIRCULAR DEAJC20-58 del 1 de septiembre de 2020, se deberá adjuntar la prueba del pago del valor correspondiente al arancel judicial realizado en la cuenta del Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, cuenta corriente del Banco Agrario de Colombia No. 3-0820-000755-4 Convenio 14975 o por vía PSE.
Las tarifas vigentes son las señaladas en el Acuerdo PCSJA21-11830 del 17 de agosto de 2021 así:
- Por desarchivo: $6.900
- Por certificaciones: $6.900
- Por copias auténticas: $250 por página.
- Por digitalización de documentos: $250 por página.
- Por desgloses: El costo será el que resulte de sumar el valor de las fotocopias, más las autenticaciones, más las certificaciones.
Acreditado lo anterior, se procederá a despachar la petición en forma virtual o presencial.
Las tarifas actualizadas en dicho acuerdo, se aplicarán a los procesos que no se encuentren digitalizados, los procesos archivados físicamente, los trámites que por ley o por requerimiento de la entidad respectiva deban realizarse de forma física y, los que sean requeridos a solicitud de parte en papel o en soporte magnético.