FELIZ AÑO 2021
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE TINJACÁ (Boy.),
COMUNICA E INFORMA:
AVISO PÚBLICO!!! CONTRATACIÓN DE UN INMUEBLE EN ARRENDAMIENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE TINJACÁ, CONVOCATORIA Y OFERTAS DEL 01 AL 16 DE JULIO 2021 (5 P.M.) - VER AQUÍ REQUISITOS Y PARAMETROS CONVOCATORIA - DAR CLICK!.
EL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA BOYACÁ - CASANARE, por medio del ACUERDO No. CSJBOYA21-14 de fecha 29 de enero de 2021, prórroga las disposiciones del acuerdo abajo citado y descrito. En consecuencia de las nuevas directrices no habrá atención presencial en las instalaciones del Juzgado durante los días comprendidos entre el 01 y el 15 de febrero del año 2021, manteniendose el canal de comunicación e interacción electrónica con el despacho judicial a través del correo electrónico institucional y para los fines ya conocidos, en el horario laboral judicial.
Que atendiendo las medidas y disposiciones actuales con relación al COVID-19, en especial lo señalado en el Acuerdo No. CSJBOYA21-1 de fecha 12 de enero de 2021, suscrita por el presidente del Consejo Seccional de la Judicatura de Boyacá - Casanare, no habrá atención presencial en las instalaciones del Juzgado durante los días comprendidos entre el 12 y el 31 de enero del año 2021. En consecuencia, el canal de comunicación, prestación de servicio y atención al público se tendra de manera electrónica o virtual a través del correo institucional del despacho j01prmpaltinjaca@cendoj.ramajudicial.gov.co
Así mismo, que se mantienen los avisos, informaciones e instrucciones dadas en la anualidad anterior, con ocasión al COVID-19, que se le ilustran a continuación:
1. RADICACIÓN DE DEMANDAS Y MEMORIALES: La Radicación de demandas, correspondencia y memoriales se hará de manera virtual preferente y a través del único correo electrónico institucional de éste Juzgado:
j01prmpaltinjaca@cendoj.ramajudicial.gov.co
Al anterior correo electrónico se deberá remitir todas y cualquier solicitud en horario laboral, es decir de lunes a viernes de 08:00 A.M. a 12:00 M.D. y de 1:00 P.M. a 05:00 P.M. – días hábiles, indicando en el motivo y argumento del mensaje, No. de radicación del proceso en caso de tratarse de una actuación procesal, datos personales y de contacto (Incluido correo electrónico).
En el caso de las partes y apoderados los correos electrónicos deben consignar o estar registrados en el respectivo proceso; en caso de demandas nuevas se deberé cumplir con las previsiones del C.G.P. y el decreto legislativo No. 806 del 04 de junio de 2020.
En caso que se presenten solicitudes o memoriales fuera del día y horario laboral judicial, se entenderán radicados al día y hora hábil siguiente.
2. ATENCIÓN AL PÚBLICO DE FORMA VIRTUAL:
Los usuarios serán atendidos ÚNICAMENTE en el horario de LUNES A VIERNES DE 8:00 A.M. A 12:00 M y DE 1:00 P.M. A 5:00 P.M – DÍAS HÁBILES, por los siguientes canales:
• Correo electrónico institucional: j01prmpaltinjaca@cendoj.ramajudicial.gov.co
• Video llamada o teleconferencia, previa solicitud, disponibilidad de agenda y programación por parte del Despacho a través de la plataforma Microsoft Teams, autorizada por el Consejo Superior de la judicatura.
3. ATENCIÓN AL PÚBLICO DE FORMA PRESENCIAL: Se prestará de manera EXCEPCIONAL, únicamente en los casos estrictamente necesarios y previamente autorizados por el señor Juez, siempre que no sea posible la atención a través de medios tecnológicos, acatando las directrices, protocolos de bioseguridad y distanciamiento social definidos por el gobierno nacional, ministerio de salud y demás entidades competentes, para lo cual, el interesado (a) deberá solicitar cita de manera previa y a través de ya indicado correo electrónico dentro del horario laboral, señalando el asunto y motivo de esta, así como sus datos personales y de contacto (Incluido correo electrónico).
Con el objeto de evitar aglomeraciones en la sede judicial sólo se permitirá el acceso a la persona que acredite su cita; siempre que no se afecte el aforo de la sede judicial, use de manera correcta, permanente y obligatoria la mascarilla Nasobucal (Tapabocas), mantenga la regla del distanciamiento social de dos (2) metros, siga todo el protocolo de bioseguridad, las reglas de acceso y permanencia en la sede judicial y demás ordenadas por el Consejo Superior de la Judicatura en el artículo 17 de su Acuerdo PCSJA20-11567.
Conforme a lo dispuesto en el Art. 15 del precitado acuerdo, NO se permite el acceso a la sede judicial de menores de edad, personas mayores de 60 años, mujeres en estado de embarazo, ni de personas que presenten fiebre, síntomas gripales, comorbilidad o alguna de las patologías o enfermedades allí establecidas, además de las indicadas por el Ministerio de salud.
4. PUBLICACIÓN DE ESTADOS (Electrónico) Y TRASLADOS: Los estados y traslados serán publicados a través del portal o página web de la Rama Judicial, en el micrositio creado para éste Juzgado, al cual se puede acceder a través del siguiente enlace directo:
https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-001-promiscuo-municipal-de-tinjaca
Atendiendo las contingencias en razón al COVID – 19 y la implementación en el uso de las tecnologías y el nuevo micrositio asignado a éste despacho judicial, los estados se estarán publicando por regla general y en lo posible el primer día hábil de cada semana, conforme al proceso de normalización en la actividad judicial.
5. PAGO DE DEPÓSITOS JUDICIALES: Se continuarán aplicando los lineamientos establecidos por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura en Circular PCSJC20 - 17 de fecha 29 de abril de 2020, para las autorizaciones de pago de depósitos o títulos judiciales por concepto de alimentos, entre otros, vía la plataforma o portal Web Transaccional del Banco Agrario de Colombia.
En consecuencia, los usuarios que deseen hacer uso de este servicio, deben cumplir con lo dispuesto en la mencionada circular y que nos señala:
Los usuarios que vayan a solicitar el pago de sus depósitos judiciales deberán enviar al correo electrónico institucional del despacho que conoce su proceso la siguiente información: nombres y apellidos completos e identificación del demandado y del demandante; número del proceso judicial al que está asociado el depósito y Juzgado o Despacho Judicial donde está constituido el depósito3.