AVISOS ART. 45 CPTSS - FEBRERO 2021
| No | RADICACION | PROCESO | DEMANDANTE | DEMANDADO | AVISO ART 45 CPTSS |
| 1 | 73319310300220190009500 | ORDINARIO LABORAL | RENE SANDOVAL | ANA MARITZA HERNANDEZ | VER AVISO |
- MARZO 2021
- MAYO 2021
- JUNIO 2021
- JULIO 2021
- SEPTIEMBRE 2021
- NOVIEMBRE 2021
- DICIEMBRE
- AVISO ESPECIAL NOTIFICACION TUTELA 2021-117
AVISOS ART. 45 CPTSS - MARZO 2021
| No | RADICACION | PROCESO | DEMANDANTE | DEMANDADO | AVISO ART. 45 CPTSS |
| 1 | 73319310300220190010900 | ORDINARIO LABORAL | JAVIER SALDAÑA | NICOLAS SANCHEZ | VER AVISO |
| 2 | 73319310300220190012100 | ORDINARIO LABORAL | JHON JAIRO ARIAS FLOREZ | USOSALDAÑA | VER AVISO |
AVISOS ART. 45 CPTSS - MAYO 2021
| No | RADICACION | PROCESO | DEMANDANTE | DEMANDADO | AVISO ART. 45 CPTSS |
| 1 | 73319310300220190009500 | ORDINARIO LABORAL | RENE SANDOVAL | ANA MARITZA HERNANDEZ | VER AVISO |
AVISOS ART. 45 CPTSS - JUNIO 2021
| No | RADICACION | PROCESO | DEMANDANTE | DEMANDADO | AVISO ART 45 CPTSS |
| 1 | 73319310300220190012100 | ORDINARIO LABORAL | JHON JAIRO ARIAS FLOREZ | USOSALDAÑA | VER AVISO |
| No | RADICACION | PROCESO | DEMANDANTE | DEMANDADO | AVISO ART. 45 CPTSS |
| 1 | 73319310300220206400 | ORD.INARIO LABORAL | DOMINGO CASTRO | FEDERACION NACIONAL DE ARROCEROS | VER AVISO |
| RADICADO | PROCESO | DEMANDANTE | DEMANDADO | AVISO |
| 73319310300220210002900 | ORD.LABOR | DOMINGO CASTRO | FEDEARROZ | VER AVISO |
| No | RADICACION | PROCESO | DEMANDANTE | DEMANDADO | AVISO ART 45 CPTSS |
| 1 | 73319310300220210002900 | ORD LABOR | DOMINGO CASTRO | FEDEARROZ | VER AVISO |
| 2 | 73319310300220210006000 | ORD LABOR | ALDEMAR PERDOMO CUTIVA | COOTRANSAL | VER AVISO |
| 3 | 7331931030022018002800 | ORDINARIO LABORAL | ROBERTO ANTONIO VARGAS ZEA | SUCESION DE SECUNDINO DUCUARA YATE Y OTROS | VER AVISO |
| o | RADICACION | PROCESO | DEMANDANTE | DEMANDADO | AVISO ART 45 CPTSS |
| 1 | 73319310300220210002900 | ORD LABOR | DOMINGO CASTRO | FEDEARROZ | VER AVISO |
LA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO CON ESPECIALIDAD LABORAL DEL GUAMO TOLIMA
A V I S A A L S E Ñ O R:
RODRIGO PALMA GONZALEZ
Que mediante auto interlocutorio de tutela No 573 del 09 de diciembre de 2021, proferido dentro de la ACCIÓN DE TUTELA DE PRIMERA INSTANCIA, promovida por ARGEMIRO CONTRERAS MOLINA contra JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE ORTEGA TOLIMA Y OTROS VINCULADOS, con radicado No 73-319-31-03-002-2021-00117-00, se dispuso:
"PRIMERO: OBEDEZCASE Y CÚMPLASE LO RESUELTO POR EL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ –SALA CIVIL FAMILIA, en providencia del 7de diciembre de 2021, visto en el archivo 04 del C.2 de expediente judicial electrónico, sin estar incluido en el índice digital. Dese entrada a los libros respectivos.
SEGUNDO: VINCULAR POR ORDEN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ –SALA CIVIL FAMILIA al señor RODRIGO PALMA GONZALEZ, por las razones expuestas en el auto del 7 de diciembre de 2021.
TERCERO: Correr traslado al vinculado, por el término de un (1) día para que la conteste, remítase las fotocopias del traslado e indíquese que el término correrá una vez sea recibida la comunicación.
CUARTO: NOTIFICAR a las partes en los términos establecidos en el art. 16 del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el decreto legislativo 806 de 2020, utilizando los canales que se tienen para el efecto.
CINCO: NOTIFICAR, al vinculado en la forma indicada en el auto del7 de diciembre de 2021, proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, para lo cual y por economía procesal, manténgase como CURADORA AD LITEM del vinculado RODRIGO PALMA GONZALEZ a la doctora LUZ MERY MONTAÑA CASTAÑEDA.
Así mismo procédase a publicar en la página Web de la rama judicial un aviso al señor RODRIGO PALMA GONZALEZ, indicando sobre el inicio de esta acción constitucional, que le ha sido designada curadora ad litem, colocando los datos de aquella (Nombre, dirección y correo electrónico), como también informar el término que se le dio para dar contestación a la acción de tutela. Indíquese que el aviso estará fijado por un (1) día y especificando la fecha y hora de su publicación para efectos de controlar los términos de notificación.
SEXTO: Se informa a las partes e intervinientes, que los canales que tiene el Juzgado para la atención virtual es el correo electrónicoj02ccguamo@cendoj.ramajudicial.gov.co, como también el portal web del Juzgado para la notificación por estado cuando a ello corresponda ya que en materia de tutelas se comunican las decisiones en los canales habilitados para el efecto.
Igualmente, se requiere a las partes y apoderados indiquen el canal o correo electrónico que será utilizado conforme lo establece el Art. 3 del Decreto 806 de 2020, so pena de las sanciones que ello genere. De otro lado, se les advierte, que si requieren ver el expediente lo pueden hacer solicitando un hipervínculo para el facilitarles el proceso de modo digital sin necesidad de acercarse al Despacho."
Es así, como en cumplimiento de lo ordenado en el numeral quinto del auto del 09 de diciembre de 2021, se dispone a publicar el presente aviso en la página web de la rama judicial para el enteramiento del inicio de la acción de tutela antes identificada, indicándole al señor RODRIGO PALMA GONZALEZ que le ha sido designada como curadora ad litem dentro de este asunto a la Dra. LUZ MARY MONTAÑA CASTAÑEDA, cuyos datos de contacto son: Dirección: Urbanización onzaga casa 5 manzana 5 de Ibagué Tolima, correo electrónico: luz.mary110532@gmail.com celulares: 3023405150 – 3152323701. De otro lado se le informa que el término que se le dio para dar contestación a la acción de tutela, es de un (1) día contado a partir del momento en que sea recibida la comunicación por la curadora ad - litem.
Se advierte que el presente aviso estará fijado por un (1) día en el portal web de la rama judicial, siendo publicado el 10 de diciembre de 2021 a partir de las 6 pm, para efectos de controlar los términos de notificación. Lo anterior teniendo en cuenta que por fallas tecnológicas de la plataforma de la rama judicial no fue posible que se cargara tal publicación con anterioridad. (VER AVISO PDF)
CRISTINA DEL PILAR SANCHEZ VERGARA
SECRETARIA JUDICIAL
Suscrito conforme el Acuerdo PCSJA20-11567 del Consejo Superior de la Judicatura. Firma escaneada Decreto legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.