Oficio No. 357
Cordial Saludo
Por medio del presente le NOTIFICO, para su conocimiento y estricto cumplimiento, lo resuelto en AUTO de fecha primero (1) de noviembre de 2022, el cual, en su parte pertinente, dice:
"PRIMERO - NIEGUESE por improcedente, el amparo constitucional de los derechos fundamentales invocados por el accionante, en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y el ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PUBLICA, según lo expuesto en la parte motiva de este fallo.
SEGUNDO - NOTIFÍQUESE la presente decisión a las partes accionante, accionada y vinculados por el medio más expedito, conforme al artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
TERCERO - Si el presente fallo no fuere impugnado, ENVÍESE el expediente a la Corte Constitucional en el término señalado en el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, para su eventual revisión."
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