COMUNICADO AL PÚBLICO EN GENERAL

La suscrita Juez Cuarta Penal del Circuito de Palmira (V), atendiendo a lo establecido por el H. Consejo Superior de la Judicatura a través de los Acuerdos PCSJA20-11567 del 05 de Junio de 2020 y PCSJA20-11581 del 27 de Junio de 202, proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura; por el cual fija el levantamiento a la suspensión de términos a partir del 01 de julio de 2020, y teniendo en cuenta que se privilegia el trabajo con la utilización de herramientas tecnológicas; respetuosamente pone en conocimiento de la comunidad las medidas adoptadas por esta oficina judicial para garantizar la prestación del servicio, en condiciones de bioseguridad tanto para usuarios como para empleados:

  1. – LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO SERÁ ESENCIALMENTE VIRTUAL. El Juzgado 4º Penal del Circuito cuenta con la ventanilla virtual en la  que se recepcionarán las peticiones relacionadas a procesos penales en trámite, impetradas por los señores fiscales, procesados, defensores y      público             en                    general, cuyo                  link             es              el siguiente:https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=mLo sYviA80GN9Y65mQFZi_dXluWUJxBJt6XhaY6pWxtUMVZWREdUMUpF WDk4T1VTUlBCS1I2M05VTS4u; siendo necesario aportar su correo electrónico como requisito para tramitarlas. Igualmente, el Despacho cuenta con el correo electrónico j04pcpal@cendoj.ramajudicial.gov.co, donde se recepcionarán peticiones en general y aquellas relacionadas al trámite de acciones de tutela, incidentes o consultas de desacato. Las mismas serán atendidas en el horario laboral de 7 a.m. a 12 m y de   1 p.m. a 4 p.m. SIN EXCEPCION ALGUNA, ESTOS SERÁN LOS ÚNICOS CANALES DE RECEPCIÓN, Y BAJO NINGUNA JUSTIFICACIÓN SE RECIBIRÁN ESCRITOS EN LA OFICINA DEL JUZGADO.
  1. Tal como lo indica el Acuerdo PCSJA20-11581 del 27 de Junio de 2020, este Despacho no prestará atención presencial al público. Sin embargo, como lo señala el inciso 2º del artículo 2º del citado acuerdo, si excepcionalmente se requiere prestar el servicio de forma presencial, los usuarios deberán ingresar en el horario de 9:00 am a 12:00 pm, establecido por el Acuerdo CSJVAA20-43 del 22 de junio de 2020 del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca, conforme las normas sobre movilidad vigentes para el municipio de Palmira (V); y previa cita que deberá solicitar al teléfono 2660200 Ext. 7208. Es indispensable para su atención, que el usuario cuente con los elementos de bioseguridad (USO DE TAPABOCAS) y, así mismo, acate los direccionamientos que se impartan al interior de las instalaciones del Palacio de Justicia. En todo caso, se recomienda a los usuarios que, si presenta cuadro gripal, fiebre, dolor de garganta, entre otros síntomas; se abstenga de acudir a las instalaciones del Juzgado. Sus solicitudes podrán allegarse y ser resueltas a través de los medios electrónicos ampliamente referidos.
  1. Así mismo, y hasta tanto no se logre el trabajo 100% desde casa, en el Despacho se atenderá vía telefónica al 2660200 Ext. 7208, en el horario de 7 a.m. a 12 m y de 1 p.m. a 4 p.m.
  1. Con la finalidad de llevar a cabo la comunicación con las partes y el Despacho, en aplicación del artículo 3 del Decreto 806 de 202, los defensores y/o representantes  de víctimas  deberán, a más tardar al 12  de julio de 2020, informar al despacho el correo electrónico o canal digital a través del cual recibirán notificaciones; enviando un  mensaje  de datos con el nombre del procesado, radicado(s) del proceso(s) y delito; información que deberá ser remitida al correo electrónico oficial del juzgado: j04pcpal@cendoj.ramajudicial.gov.co
  1. El cronograma de audiencias podrá ser consultado a través del micrositio web https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-004- penal-del-circuito-de-palmira; donde, después de 48 horas de culminada la audiencia, las partes previa autorización podrán obtener acta y audio de la audiencia.
  1. Se exhorta a todos los usuarios y apoderados a dar cumplimiento a los deberes que impone el Decreto 806 de 2020, en especial en lo señalado en los artículos 3, 4, 5 y 6. Cuando se trate de audiencias por medios virtuales, en las que se pretenda sustituir o designar de  nuevo  apoderado, deberá remitirse al correo oficial del juzgado: j04pcpal@cendoj.ramajudicial.gov.co, el respectivo memorial por lo menos un (1) día antes de la respectiva audiencia, si quien otorgará el poder no asistiera a la audiencia.
  1. Los    usuarios     que    requieran     consultar     un    expediente,     total    o parcialmente, deberán remitir solicitud a la ventanilla virtual del despacho(https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=mLo sYviA80GN9Y65mQFZi_dXluWUJxBJt6XhaY6pWxtUMVZWREdUMUpF WDk4T1VTUlBCS1I2M05VTS4u), indicando el radicado, nombre del acusado y delito. El Despacho, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, remitirá bien sea el documento requerido o un link de acceso al expediente.
  1. Los interesados en la expedición de CERTIFICACIONES, deberán remitir la solicitud al correo institucional del juzgado j04pcpal@cendoj.ramajudicial.gov.co, remitiendo copia escaneada de la consignación y de la estampilla UCEVA, conforme los Acuerdos vigentes. La certificación se entregará dentro de los diez (10) días  hábiles siguientes al cumplimiento de los requisitos anteriores, en el horario de atención al público señalado más adelante. En caso de retiro de las copias por persona diferente al solicitante, aquel deberá tener autorización para recibir.

Dada en Palmira (V), a los treinta (30) días del mes de junio de dos mil veinte (2020)