NOTIFICACIÓN POR ESTADOS
JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE TULUÁ, VALLE DEL CAUCA
ARTÍCULO 295 DE LA LEY 1564 DE 2012.
EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 9º DE LA LEY 2213 DE 2022.
Conforme lo establecido en el artículo 9º de la Ley 2213 de 2022, no se insertarán en el estado las providencias que decreten medidas cautelares o hagan mención a menores, en su caso, serán remitidas a la dirección electrónica del gestor(a) judicial de la parte interesada.
Conforme lo establecido en el artículo 9º de la Ley 2213 de 2022, no se insertarán en el estado las providencias que decreten medidas cautelares o hagan mención a menores, en su caso, serán remitidas a la dirección electrónica del gestor(a) judicial de la parte interesada.
Conforme lo establecido en el artículo 9º de la Ley 2213 de 2022, no se insertarán en el estado las providencias que decreten medidas cautelares o hagan mención a menores, en su caso, serán remitidas a la dirección electrónica del gestor(a) judicial de la parte interesada.
Conforme lo establecido en el artículo 9º de la Ley 2213 de 2022, no se insertarán en el estado las providencias que decreten medidas cautelares o hagan mención a menores, en su caso, serán remitidas a la dirección electrónica del gestor(a) judicial de la parte interesada.
Conforme lo establecido en el artículo 9º de la Ley 2213 de 2022, no se insertarán en el estado las providencias que decreten medidas cautelares o hagan mención a menores, en su caso, serán remitidas a la dirección electrónica del gestor(a) judicial de la parte interesada.
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