BARRANQUILLA, NOVIEMBRE 5 DE 2021

 

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA

 

AVISA:

 

 

Que dentro de la acción de Tutela instaura por el señor JUAN PABLO FRANCO LOZDA contra INSELSA S.A.S., se notifica la decisión proferida por este despacho mediante auto de fecha 21 de octubre de 2021, para cuyo efecto se transcribe:  

 

"Primero: Aprehender el conocimiento de la presente Acción de Tutela presentada por el señor Juan Pablo Franco Lozada. 

 

Segundo: No acceder a la mediad provisional, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este proveído. 

 

Tercero: Notifíquese al representante legal de la empresa INELSA S.A      y/o quien haga sus veces, del trámite de la presente Acción de Tutela por la presunta violación de los derechos fundamentales a la vida, mínimo vital, trabajo, salud, igualdad, petición y seguridad social presuntamente vulnerados al señor Juan Pablo Franco Lozada. En consecuencia, ordénesele rendir un informe sobre los hechos que han dado origen a la presente Acción de Tutela, que deberá remitirse a este Juzgado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este proveído.  

 

CuartoVincúlese a la presente acción a la NUEVA EPS, ARL COLMENA y a la UGPP, toda vez que se puede ver afectada con la decisión que tome el despacho. 

 

Quinto: Hágasele saber a la accionada y a las vinculadas que dicho informe se rinde bajo la gravedad del juramento y que el no envío del mismo dentro del término señalado para ello, presumirá veraz lo manifestado por el accionante dentro de la presentación de esta Acción, tal como lo establece el Art. 19 del Decreto 2591 de 1991, y en consecuencia de lo anterior resolverá de plano, salvo que el Despacho estime necesario cualquier otra indagación.  

 

Sexto: Notifíquese este proveído a las partes de acuerdo con el artículo 16 Y 30 del Decreto 2591 de 1991. NOTIFÌQUESE Y   CÙMPLASE    MARTHA MORE OLIVARES JUEZ."  …

 

 

Atentamente,

 

CARMEN MARIA ROMERO RACEDO

SECRETARIA

Correo: cmun06ba@cendoj.ramajudicial.gov.co