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JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA

 

 

AVISO

 

PARTES INTERVINIENTES, ACREEDORES Y /O TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN  CREDITOS CON TITULOS DE EJECUCION DENTRO DEL PROCESO

 

PROCESO EJECUTIVO No   1100131030092019-0003100

FUNDACION SANTA FE DE BOGOTA contra  COOMEVA EPS

 

En cumplimiento a lo dispuesto en auto de fecha nueve (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021), proferido por el H. Tribunal Superior de Bogotá –Sala Civil  Magistrado  Jorge Eduardo Ferreira Vargas,  se informa que se  admitió  la  acción  de  tutela  No 110013103 009 2019 00031 00 de Fundación Santa Fe de Bogotá contra  Juzgado  9  Civil  del  Circuito  y  se ordenó notificar a las partes e intervinientes dentro del proceso de la referencia, para que dentro el término de un (1) días notificar a todas las partes e intervinientes de la existencia de la acción de tutela para que, si a bien lo tienen se pronuncien al respecto.

 

 

Luz Briceida Vega

Secretaria

 

AVISO

 AUDIENCIA DE REMATE

Artículo 452 DEL C.G.P

 

 

PROCESO ESPECIAL DIVISORIO No 11001310300920150058800

DEMANDANTE: MANUEL VARGAS CASAS

DEMANDADO: SARA RODRIGUEZ SANCHEZ y CARLOS ARTURO RODRIGUEZ

 

 

Se informa a todos los interesados, partes e intervinientes dentro del proceso de la referencia que la audiencia de remate programada para el día 30 de abril de 2021 hora 2:00 pm se realizara de forma virtual, para participar en la subasta pueden presentar en los términos de ley, sus ofertas por escrito en sobre herméticamente sellado indicando fecha exacta de presentación, directamente en las dependencias del juzgado.

 

Luz Briceida Vega

Secretaria

 

 

 

 

 

ACCION DE TUTELA No 11001220300020210079801

(Ver Archivo)

 

Pertenencia de Alcides Rojas y otros contra Alfredo Guerrero Estrada y, demás Personas Indeterminadas.

 

En cumplimiento a lo dispuesto en auto de fecha veintiséis (26) de abril de dos mil veintiuno (2021), proferido por el H. Tribunal Superior SALA CIVIL ESPECIALIZADA EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS Magistrado  OSCAR HUMBERTO RAMÍREZ CARDONA,  se informa que se  admitió  la  acción  de  tutela  No 11001 2203 000 2021 00670 00 de Omaira Rodríguez León  contra  Juzgado  9  Civil  del  Circuito  de Bogotá y  se ordenó  NOTIFICAR el inicio de la presente acción de tutela directamente a cada parte, interviniente y apoderado que participó en el proceso de pertenencia n.º 1997-03925. En consecuencia, se les deberá correr traslado del escrito de tutela advirtiéndoles que se les concede el término de un (1) día para que pueden pronunciarse y presentar las pruebas que pretendan hacer valer al correo electrónico secrtbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

 

 

Luz Briceida Vega

Secretaria

 

 

AVISO

 

PROCESO VERBAL No   1100131030092019-0055000

ANA LEIDA ROJAS YARA contra  JULIAN  MOLINA  GONZALEZ

 

En cumplimiento a lo dispuesto en auto de fecha siete  (07) de abril de dos mil veintiuno (2021), proferido por el H. Tribunal Superior de Bogotá –Sala Civil  Magistrado  Oscar Fernando Yaya Peña,  se informa que se  admitió  la  acción  de  tutela  No 11001 2203 000 2021 00670 00 de ANA LEIDA ROJAS YARA contra  Juzgado  9  Civil  del  Circuito  y  se ordenó notificar todos los interesados dentro del proceso verbal de la referencia que se adelanta en este despacho, para que dentro del día siguiente a la comunicación que para tal fin se le remitie, se pronuncie sobre los hechos y pretensiones en ella contenidos

 

 

Luz Briceida Vega

Secretaria

 

 

 

 

JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C.

(Acuerdo PCSJA20-11483 y Acuerdo CSJBTA20-41)

Calle 12 No. 9-23 Edificio el Virrey Torre Norte Piso 3

 

AVISO A LA COMUNIDAD  

ATENCIÓN 

 

De conformidad con lo dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura, en los Acuerdos PCSJA20-11567 y PCSJA20-11581 de 2020, CSJBTA20-60 y CSJBTC20-68 de 2020, al igual que lo dispuesto por el Gobierno Nacional en el Decreto No. 806 de 2020, lo dispuesto por el Ministerio de la Salud en la Resolución No. 666 de 2020, se informa a los usuarios de la justicia que a partir del día 1 de Julio de 2020 la atención a los usuarios de la justicia, será de la siguiente manera:

 

  1. ATENCIÓN VIRTUAL: Para tal efecto se dispone como canal de atención el correo electrónico institucional de esta sede judicial j09cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co en el cual se podrá radicar  todas las solicitudes y/o memoriales que correspondan a los procesos que se tramitan en el Juzgado, y las demás que considere pertinentes para el trámite en ésta dependencia judicial.

 

Así las cosas, y para efectos de control interno, se solicita que cada una de las solicitudes se debe presentar con los siguientes parámetros:

 

  • Asunto: Tipo de solicitud y número de proceso
  • Identificación completa (nombres y apellidos) del solicitante
  • Información de contacto del solicitante (teléfono, dirección y correo electrónico).
  • Anexar el correspondiente memorial en formato PDF.
  • Identificar el proceso con el número completo (23 dígitos), así como las partes que lo componen, clase de proceso y último juzgado que lo remitió a esta Sede Judicial. (Esta información debe ir tanto en el cuerpo del mensaje como en el respectivo memorial, a fin de darle el trámite ágil que corresponde).

 

  1. ATENCIÓN MANERA PRESENCIAL: Se informa que la atención presencial se prestará únicamente en CASOS EXCEPCIONALES previa cita solicitada al correo electrónico del juzgado antes mencionado (j09cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co),  en el cual deberá indicar:

 

  • Asunto: Tipo de solicitud (Cita para atención presencial)
  • Identificación completa (nombres y apellidos) del solicitante
  • Información de contacto del solicitante (teléfono, dirección y correo electrónico).
  • Identificación completa del proceso (23 dígitos), así como las partes que lo componen y clase de proceso
  • Justificación de la razón por la cual considera debe asistir de manera presencial a la sede judicial.
  • En caso de necesitar copia o revisión del expediente, deberá así indicarlo en el correo y de las piezas procesales que requiere en copia o revisar.

 

Una vez se haya enviado el correo electrónico con dicha información, el titular del Despacho, previa verificación de la procedencia o no, se procederá a conceder la cita o a informársele el trámite correspondiente al requerimiento presentado, dicha información será remitida al correo desde el cual se solicitó la  cita.

 

Valga aclarar, que para la asistencia a la sede judicial, previa cita informada al correo electrónico suministrado por el usuario, deberá cumplirse con todos los parámetros exigidos por las autoridades sanitarias para su atención.

 

Así mismo, deberá comparecer de manera puntual a la hora indicada en el correo y de no ser así no se atenderá por ninguna razón, ello atendiendo a que como quiera que solo puede haber concurrencia a la sede judicial de un 20%, no puede existir cúmulo de usuarios para atención en baranda, por tanto, se aconseja que concurra al Edificio con diez o quince minutos de antelación a la cita con el fin de perderla, lapso en el cual deberá realizar los trámites de ingreso al Juzgado.

 

  1. CORRESPONDENCIA FÍSICA: Cuando se requiera la radicación de documentación en físico la misma deberá ser radicada ante la Dirección Seccional de Administración Judicial, según las reglas especiales y horarios para el recibo que sean fijadas. Quien a su vez entregará al Despacho judicial la correspondencia, atendiendo a las condiciones de bioseguridad necesarias para tal efecto.

                

        Cordialmente, 

 

Luz Briceida Vega

Secretaria

 

 

 

Canales de comunicación:

 j09cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co

Juzgado Noveno Civil del Circuito de Bogotá

        (1) 2820034

AVISO PROCESO DE REORGANIZACIÓN

EL JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRUITO DE BOGOTA D.C

 

AVISA:

Que mediante auto de fecha 28 de septiembre de 2020, proferido dentro del proceso con radicado 1100131030092020002320, se ordenó la publicación del presente Aviso, informando a las parte , intervinientes y acreedores la Admisión del proceso de reorganización   a   la   persona   natural comerciante AURA MATILDE TORRES DE DIAZ con número de identificación Tributaria 20711924-4, a quien se le previene para que sin autorización del juez del concurso, según sea el caso, no realizar enajenaciones que no estén comprendidas en el giro ordinario de sus negocios, ni constituir cauciones sobre bienes del deudor, ni hacer pagos o arreglos relacionados con sus obligaciones, ni adoptar reformas estatutarias tratándose de personas jurídicas.  Lo anterior, en virtud de lo establecido en la ley 116 de 2006

Se fija el presente aviso en micrositio asignado para este Despacho en la página de la Rama Judicial por el termino de cinco (05) días.

SE FIJA HOY:          20 DE MAYO DE 2021 A LAS 8:00 AM

SE DESFIJA HOY:    26 DE MAYO DE 2021 A LAS 5:00 PM

 

Luz Briceida Vega

Secretaria

 

 

 

AVISO

 AUDIENCIA DE REMATE

Artículo 452 DEL C.G.P

 

 

PROCESO ESPECIAL DIVISORIO No 11001310300920170027400

DEMANDANTE: ELSA MARINA NEUTA DE AREVALO

DEMANDADO:  MARIA TERESA NEUTA DE PEÑA Y OTROS

 

 

Se informa a todos los interesados, partes e intervinientes dentro del proceso de la referencia que la audiencia de remate programada para el día 18 de mayo de 2021 hora 12:00 m se realizara de forma virtual, para participar en la subasta pueden presentar en los términos de ley, sus ofertas por escrito en sobre herméticamente sellado indicando fecha exacta de presentación, directamente en las dependencias del juzgado.

 

Luz Briceida Vega

Secretaria

AVISO

PARTES INTERVINIENTES, ACREEDORES Y /O TODAS LAS PERSONAS QUE CREAN QUE PUEDEN VERSE AFECTADOS CON LAS RESULTAS DE LA PRESENTE SOLICITUD DE AMPARO

PROCESO CIVIL No 110014003 011 2002 00175 00

ACCIONANTE: EDUARDO SERRANO RUEDA

ACCIONADO: JUZGADO 11 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ

 

En cumplimiento a lo dispuesto en autos de fecha 18 de junio, 27 y 30 de julio y 04 de agosto de 2021 proferidos por este despacho,  se informa que se admitió la  acción  de  tutela  No 110013103 009 2021-214 de  EDUARDO SERRANO RUEDA contra  el JUZGADO 11 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ  y  se ordenó:

VINCULAR a la presente acción, con apoyo en lo normado en los artículos 13 y 16 del Decreto 2591 de 1991, a las partes intervinientes dentro del proceso que motiva la tutela, incluidos los apoderados, quienes pueden verse afectados con las resultas de la presente solicitud de amparo, otorgándoseles el mismo término judicial para que se pronuncien sobre los hechos de la demanda.

 

Luz Briceida Vega

Secretaria

AVISO

A LAS PARTES- INTERVINIENTES, Y APODERADOS  

DENTRO DEL PROCESO DECLARATIVO 110013103009201600480

 

INFORMA QUE:

En cumplimiento a lo dispuesto en auto de fecha trece  (13) de diciembre  de dos mil veintiuno (2021), proferido por el H. Tribunal Superior de Bogotá –Sala Civil  Magistrado  Manuel Alfonso Zamudio Mora,  se informa que se  admitió  la  acción  de  tutela  No  11001220300020210277500 de DIANA MARCELA MONTAÑEZ RUIZ contra  JUZGADO  9  CIVIL  DEL  CIRCUITO DE BOGOTA  y  se ordenó notificar a las partes e intervinientes dentro del proceso declarativo 2016-480 , para que dentro el término de un (1) días, si a bien lo tienen ejerzan su derecho de defensa.

 

Escrito de Tutela y Anexos (Ver)

Auto Admite Tutela (Ver)

 

Luz Briceida Vega

Secretaria