AVISO DE NOTIFICACIÓN
Se avisa al público en general que en este Juzgado se tramita el proceso ordinario laboral promovido por ISMAEL RUBIO ALGARRA y VICTOR CORTES (QEPD) contra COLOMBIANA DE CONSTRUCCIONES y SERVICIOS DE SANTANDER COLCONSER S.A.S Y CORPORACION MINUTO DE DIOS. El cual se admitió el 03 de agosto de 2017 y radicado bajo el numero 73349-31-05-001-2017-00138-00.
En el mencionado proceso el día 26 de enero de 2022, se llevó a cabo audiencia virtual del Artículo 80 del C.P.T y S.S., en la cual se dispuso lo siguiente:
"PRONUNCIAMIENTO DEL JUZGADO: Una vez analizado el archivo 041 del expediente digital en el que se informa al Despacho sobre el fallecimiento del demandante señor VICTOR CORTES, por parte de su hermana señora María Gladys Cortes, quien a su vez solicitó el reconocimiento como sucesora procesal del actor, otorgando poder a la Dra. Adriana Villamizar Peña para que la represente en el presente asunto; el Despacho encontró que de acuerdo a lo consagrado en el artículo 68 del C.G.P., no es posible reconocer a la Sra. MARIA GLADYS como sucesora procesal del Sr. VICTOR CORTES, en razón a que en el escrito allegado se omitió aportar el registro civil de defunción del causante y los registros civiles de nacimiento del accionante y de su hermana para demostrar su parentesco.
Por lo anterior, en aplicación del artículo 159 del C.G.P. (aplicable en materia laboral en virtud del principio de integración normativa previsto en el artículo 145 del C.P.T. y S.S.), decretó la interrupción del proceso y dispuso adelantar el trámite consagrado en el artículo 160 del C.G.P, ordenando que:
- Por secretaría se notifique a través del correspondiente aviso al cónyuge, compañero permanente, herederos, albacea con tenencia de bienes y demás personas que puedan resultar interesadas, para que los mismos comparezcan al proceso dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación por aviso, so pena de la reanudación del respectivo trámite sin su comparecencia. (negrillas y subrayado fuera del texto)
- Así mismo, se dispuso que dentro del término de cinco (5) días la señora Gladys Cortes allegue el registro civil de defunción del señor Víctor Cortes (q.e.p.d.), así como su registro civil de nacimiento y el del causante.
- Se dispuso que una vez surtido el trámite anterior, se procederá a señalar fecha para el adelantamiento de la audiencia de trámite y juzgamiento. "
Lo anterior fue notificado en estrados.
La juez DIANA MILENA RIVERA GOMEZ. (Firmado)
Para los efectos consagrados en el artículo 160 del C.G.P., esta publicación se fija por medio del presente aviso, en el portal Web de la página de la rama judicial y en la cuenta de la red social Instagram que posee el Juzgado, siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) de hoy dos (02) de febrero del año dos mil veintidós (2022).
(Original Firmado)
IVÁN ANDRÉS ORTIZ MONROY
SECRETARIO