REPÚBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DE SANTANDER

ESCUDO2

JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE CARCASI – SANTANDER

 

COMUNICADO

 

Se avisa a los abogados litigantes y usuarios en general que, a partir del 1 de julio de 2020, se continuara con la publicación  de estados electrónicos de notificaciones, traslados electrónicos. Igualmente se les avisa a los abogados litigantes y usuarios en gener5al que, a partir del 1 de julio de 2020 se levanta los términos judiciales conforme lo señala el Acuerdo PCSJA20-11567 y PCSJA2011581.

 

No se remitirá a la CORTE CONSTITUCIONAL para la revisión las acciones constitucionales hasta el 30 de julio de 2020.

 

No se prestara atención presencial al público, para lo cual se atenderá mediante el correo institucional jprmpal01carcasi@notificacionesrj.gov.co.

 

Excepcionalmente se atenderá en forma presencial en las instalaciones del Juzgado. Para lo cual se evitara aglomeraciones  y se permitirá el acceso por medio de citas para la atención presencial   Teléfono número  3176423196.  O solicitando la cita  al correo electrónico: jprmpal01carcasi@notificacionesrj.gov.co. La cita será por tiempo limitado.

 

LA ATENCION AL PÚBLICO EXCEPCIONAL PRESENCIAL PREVIA CITA SERA DE 7:30 AM a 11.30 A.M  y 12:30  a 4:30 PM

 

Para el ingreso y atención de usuarios  y apoderados en forma presencial  se debe:

 

  1.  Acatar, aplicar, observar  las normas de movilidad y desplazamientos  de las autoridades nacionales regionales y locales y las restricciones correspondientes.
  2. Deberán portar lapicero de uso personal y exclusivo.
  3. Si va a consultar o usar expedientes deberá hacer uso de guantes de látex o nitrilo  y por ningún momento se deberá llevar las manos a la cara.
  4. Es obligatorio el uso del tapabocas.
  5. No se permitirá el acceso a la sede judicial ninguna persona que presente afecciones respiratorias o fiebre.
  6. Deberán mantener mínimo una distancia de 2 metros entre personas.
  7. Deberá permitir la toma de temperatura al ingreso y salida de la sede judicial.
  8. Al ingreso deberá proporcionar sus datos de identificación , contacto e información sobre su estado de salud
  9.  Al ingreso a la sede judicial debe lavarse las manos  o usar gel antibacterial.
  10. Deberá ingresar por un periodo de tiempo limitado, y solamente para la actividad estrictamente necesaria y previa autorización mediante cita.

 

 

 

Se solicita, para efectos de conformación del expediente digital, que todos los memoriales- actuaciones deben presentarse a través del correo electrónico del juzgado  jprmpal01carcasi@notificacionesrj.gov.co estén debidamente individualizados para el proceso al cual correspondan, por lo tanto deberán citar: el radicado del proceso, demandante, demandado y en la referencia del email deberán informar el radicado del proceso, además deberán enviarlo preferiblemente en el formato PDF.

 

Así mismo se les informa a los abogados litigantes que todas las actuaciones que realicen vía electrónica  deben provenir del correo electrónico acreditado ante el Registro Nacional de Abogados. Conforme a lo estatuido en el Decreto 806 de 2020 art. 5.

 

Finalmente se le recuerda a todos los sujetos procesales su deber de suministrar los canales digitales elegidos para los trámites procesales, donde se originara todas las actuaciones y desde donde se surtirán  todas las comunicaciones  y notificaciones, igualmente deberán informar la forma como se obtuvo la dirección electrónica o sitio suministrado allegando las evidencias necesarias tal como es prescrito en los artículos 3 y 8 de la citado Decreto.