REPÚBLICA DE COLOMBIA

AVISO

 

LA SECRETARIA DEL JUZGADO DECIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD

DE CALI VALLE

 

HACE SABER

 

A la parte demandante BANCO GRANAHORRAR cesionaria NURY TINOCO y a la

parte demandada CESAR AUGUSTO MOYA COLMENARES dentro del proceso

HIPOTECARIO Radicado bajo el No. 760013103010-1998-01108-00, solicita el

desembargo que pesa sobre el bien inmueble con matrícula inmobiliarias Nro. 370-

 

5


69265 predio ubicado en la calle 38 A Norte 3 N 83 Edificio El Prado apto 301 de la

 

ciudad de Cali.

 

De conformidad con el artículo 597, numeral 10º. Del C. G. del proceso, se fija el

presente aviso hoy doce (12) de abril de 2021 por un término de veinte (20) días en el

link de avisos del Juzgado Décimo Civil del Circuito del Portal Rama Judicial. Vencido

este plazo, se resolverá lo pertinente.

 

La secretaria,

 

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

AVISOS DESARCHIVO 
FECHA  RADICACION
21/04/2021

1989-00953

1995-04424

REMATE PROCESO DIVISORIO RAD.2015-000407, FECHA ABRIL 27/04/2021 2.P.M

Solicitar para participar correo  j10cccali@cendoj.ramajudicial.gov.co

 

AVISO NOTIFICA VINCULACION TUTELA COMANSER EN LIQUIDACION

2021-00133

 

AVISO NOTIFICA SENTENCIA TUTELA COMANSER EN LIQUIDACION

2021-00133

REPUBLICA DE COLOMBIA

JUZGADO DECIMO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD
Palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía
Email: j10cccali@cendoj.ramajudicial.gov.co
SANTIAGO DE CALI

AVISO

A COMPAÑÍA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE OCCIDENTE LTDA "COMANSER EN
LIQUIDACION" que mediante providencia del 31 de mayo de 2021 fue vinculada en el trámite
de la acción de tutela adelantada por ARMANDO CALDERON HERNANDEZ en contra de
ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES S.A. radicada
7600131030102021-00133-00, Para los fines legales pertinentes se le notifica la sentencia de
tutela 1era instancia No. 52 proferida en el asunto citado en referencia, para lo cual le
transcribo la parte resolutiva "RESUELVE: Primero: TUTELAR el derecho de petición
reclamado por el señor ARMANDO CALDERON HERNANDEZ con C.C. No. 16257057 en
contra de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES –COLPENSIONES.
Segundo: ORDENAR a la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES –
COLPENSIONES que, dentro del término de 48 horas siguientes a la notificación de esta
decisión, de respuesta de fondo a la petición radicada por el accionante el 8 de enero de
2021 teniendo en cuenta lo informado en la respuesta emitida en la misma fecha en
relación con el resultado de su gestión de cobro pertinente, a fin de que su empleador
aclare y corrija la inconsistencia a que haya lugar, además de corroborar si presenta ciclos
faltantes para ser incorporados en su historia laboral. Respuesta que deberá notificar al
accionante a través de los medios pertinentes. Tercero: NOTIFICAR esta decisión a las
partes en los términos que consagra el artículo 30 del Decreto 2591/91 (Correo
electrónico). Cuarto: ADVERTIR que la presente decisión puede ser impugnada dentro de
los tres (3) días siguientes a su notificación y que si no se presentare la impugnación
oportunamente se enviará a la Corte Constitucional el expediente para su eventual revisión
(artículo 31 del Decreto 2591 de 1991). MÓNICA MENDEZ SABOGAL Juez Décima Civil del
Circuito de Cali".
El anterior aviso se publica en el link de avisos del Juzgado 10 Civil del circuito de Cali, en el
Portal de la Rama Judicial, hoy once (11) de junio de dos mil veintiuno (2021).

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

 

link para remate  rad. 2015-00407

hora 2. p.m.

https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_MzNiOTE0MzYtZTRkYy00YjM5LWIxYzUtNmZmZThhMmU5OTM2%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5-8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%22625c8428-1125-47eb-b3a3-d2d45a9fa173%22%7d

 

aviso

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RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD
PALACIO DE JUSTICIA –PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA - PISO 12 TORRE B
TELEFONO 8986868 EXT. 4102 – FAX 4103 CORREO ELECTRONICO:
j10cccali@cendoj.ramajudicial.gov.co

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE CALI,
EN ARAS DE DAR CABAL CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL AUTO DEL 2 DE JUNIO DE
2021, EXPIDE EL PRESENTE:

AVISO

Por medio del mismo HACE SABER A LA COMUNIDAD EN GENERAL que en este Despacho Judicial,
se admitió la ACCIÓN POPULAR consagrada en la Ley 472 de 1998, la cual fue promovida por el
señor SEBASTIAN COLORADO contra BANCO DAVIVIENDA CALI, bajo el radicado número 76001-
31-03-010-2021-00136-00.
Con el ejercicio de esta acción, pretende el actor popular se protejan los derechos e intereses
colectivos de las personas en condición de discapacidad, buscando que la entidad accionada
contrate de planta y de manera permanente a un profesional interprete o guía interprete para
personas sordas y sordociegas, además de instalar señales sonoras, visuales, auditivas, alarmas,
etc., de conformidad con la ley 982 de 2005.
El sitio donde se alega la violación al derecho colectivo es kra 98 No. 16-200 local 70-71 Centro
Comercial-Cali
Para los fines indicados en el artículo 21 de la ley 472 de 1998, se elabora el presente aviso hoy
junio diecisiete (17) de dos mil veintiuno (2021), el que se publicará a través de la página WEB
de la Rama Judicial.

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS
Secretaria

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JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD

j10cccali@cendoj.ramajudicial.gov.co

AVISO:

REF: Asunto: TUTELA (PRIMERA INSTANCIA)

Accionante: DEYSI LOZANO GALINDEZ,

Accionado: JUZGADO DIECINUEVE CIVIL MUNICIPAL DE CALI Y TREINTA Y SIETE CIVIL MUNICIPAL DE CALI

Vinculados: FREDY CRISTOBAL ZAMBRANO PAZ Y BENANCIO LÓPEZ BENITEZ

Señor;

BENANCIO LÓPEZ BENITEZ, identificado con la cedula de ciudadanía No. 94433908.

Para los fines legales pertinentes notifico la sentencia de tutela de 1era instancia proferida en el asunto citado en referencia, para lo cual le transcribo la parte resolutiva:"SENTENCIA TUTELA No. 54 (Primera Instancia).JUZGADO DECIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD. Cali, diecisiete (17) de junio de dos mil veintiuno (2021) Radicación 7600131030102021-00143-00 RESUELVE: Primero: NEGAR por improcedente la tutela a los derechos fundamentales al debido proceso, vida digna y trabajo invocados por la señora DEYSI LOZANO GALINDEZ quien actúa en nombre propio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.Segundo:NOTIFICAR esta sentencia a la accionante, a los Juzgados accionados, y a todos los vinculados, a través de los correos electrónicos .Tercero: ADVERTIR que el presente fallo podrá ser impugnado dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación, sin perjuicio de su cumplimiento y que si no fuere impugnado será enviado a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en los términos y formas establecidos por la Corte Constitucional. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-MÓNICA MÉNDEZ SABOGAL. Juez Décima Civil del Circuito de Cali".

El anterior aviso se publica en el link de avisos del juzgado Décimo Civil del Circuito de oralidad de Cali, en el portal de la Rama Judicial, hoy Dieciocho (18) de junio de dos mil veintiuno (2021)

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

Secretaria

 

 

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JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD

PALACIO DE JUSTICIA –PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA - PISO 12 TORRE B

TELEFONO 8986868 EXT. 4102 – FAX 4103 CORREO ELECTRONICO: j10cccali@cendoj.ramajudicial.gov.co

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE CALI, EN ARAS DE QUE SE DE CABAL CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL AUTO DEL 2 DE JUNIO DE 2021, EXPIDE EL PRESENTE:

AVISO

Y por medio del mismo HACE SABER A LA COMUNIDAD EN GENERAL que en este Despacho Judicial, se admitió la ACCIÓN POPULAR consagrada en la Ley 472 de 1998, la cual fue promovida por el señor SEBASTIAN COLORADO contra BANCO DAVIVIENDA CALI, ubicado en la carrera 8 No. 35 –20 Local 44, bajo el radicado número 76001-31-03-010-2021-00137-00.

Con el ejercicio de esta acción, pretende el actor popular se protejan los derechos e intereses colectivos de las personas en condición de discapacidad, buscando que la entidad accionada contrate de planta y de manera permanente a un profesional interprete o guía interprete para personas sordas y sordociegas, además de instalar señales   sonoras, visuales, auditivas, alarmas, etc., de conformidad con la ley 982 de 2005.

Para los fines indicados en el artículo 21 de la ley 472 de 1998, se elabora el presente aviso hoy Primero (1) de dos mil veintiuno (2021), el que se publicará a través de la página WEB de la Rama Judicial.

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

Secretaria

 

 

 

Link para diligencia de remate Rad. 2014-00023-00 

Fecha 29/07/2021 Hora: 2:00 p.m

 

https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_Nzk3MWY1MDAtODgyYi00MTYwLTk1MDAtNDhhZTVhYmRiOTJj%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5-8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%22625c8428-1125-47eb-b3a3-d2d45a9fa173%22%7d

 

 

DILIGENCIA DE REMATE RAD. 2015-00407

LINK DE INGRESO:  https://nam02.safelinks.protection.outlook.com/ap/t-59584e83/?url=https%3A%2F%2Fteams.microsoft.com%2Fl%2Fmeetup-join%2F19%253ameeting_NmU1ZDgwOTMtZjkwYy00YzM3LWI3ZWQtMWMwZjljYTUzNDVk%2540thread.v2%2F0%3Fcontext%3D%257b%2522Tid%2522%253a%2522622cba98-80f8-41f3-8df5-8eb99901598b%2522%252c%2522Oid%2522%253a%2522625c8428-1125-47eb-b3a3-d2d45a9fa173%2522%257d&data=04%7C01%7Cmquinteroc%40cendoj.ramajudicial.gov.co%7Cc27d18104d6b420a3abf08d971784be8%7C622cba9880f841f38df58eb99901598b%7C0%7C0%7C637665583739802744%7CUnknown%7CTWFpbGZsb3d8eyJWIjoiMC4wLjAwMDAiLCJQIjoiV2luMzIiLCJBTiI6Ik1haWwiLCJXVCI6Mn0%3D%7C1000&sdata=c%2F8eHtLkcb%2B9wxYPkXyF7n1zBsG3GkQxSjzHQ8VwcKM%3D&reserved=0

 

 

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JUZGADO DECIMO CIVIL DEL CIRCUITO EN ORALIDAD
Palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía
Email: j10cccali@cendoj.ramajudicial.gov.co
SANTIAGO DE CALI
AVISO
A todos los participantes para el cargo: «Profesional Universitario» grado 4, distinguido con el número de «OPEC» 6318, del Instituto para el Desarrollo de Antioquia – IDEA, ofertado dentro de la Convocatoria No. 1043 de 2019 – Territorial 2019, que mediante auto del 20 de octubre de 2021, fueron vinculados en el trámite de la acción de tutela adelantada por señor ANDRÉS ESTEBAN VELASCO MARTÍNEZ contra COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL CNSC, INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA. IDEA y FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA, radicada con el consecutivo 76001310301020210025200, para los fines legales pertinentes se les notifica auto admisorio de tutela 1era instancia para lo cual transcribo lo dispuesto por el juzgado "…2. VINCULAR dentro de la presente acción constitucional instaurada por el señor ANDRÉS ESTEBAN VELASCO MARTÍNEZ, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No 76326319, quien actúa en nombre propio, contra COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL CNSC, INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA. IDEA y FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA, a todos los participantes para el cargo: «Profesional Universitario» grado 4, distinguido con el número de «OPEC» 6318, del Instituto para el Desarrollo de Antioquia – IDEA, ofertado dentro de la Convocatoria No. 1043 de 2019 –Territorial 2019, al cual aspira ingresar el gestor. 3. NOTIFICAR la providencia admisoria del presente trámite constitucional y de este auto a todos los participantes para el cargo: «Profesional Universitario» grado 4, distinguido con el número de «OPEC» 6318, del Instituto para el Desarrollo de Antioquia – IDEA, ofertado dentro de la Convocatoria No. 1043 de 2019 – Territorial 2019, al cual aspira ingresar el gestor y a los accionados. 4. CONCEDER a los vinculados el término de dos (2) días contados a partir de la respectiva notificación, para que si a bien lo consideran se pronuncien sobre los hechos fundamento de la tutela y con ello, ejerzan su derecho a la defensa. Dicha notificación se surtirá a través de la COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL CNSC, INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA. IDEA y FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA, en la página web de la convocatoria No. 1043 de 2019 con la fijación del presente auto y la copia de la petición de amparo y quienes dentro del término de 2 días contados a partir de la respectiva notificación a las mismas deberán suministrar la constancia de notificación para el cargo: «Profesional Universitario» grado 4, distinguido con el número de «OPEC» 6318, del Instituto para el Desarrollo de Antioquia – IDEA, ofertado dentro de la Convocatoria No. 1043 de
2019 – Territorial 2019, al cual aspira ingresar el gestor. Lo anterior, sin perjuicio que, por secretaria se fije aviso en el portal de la rama judicial y se notifique a los aspirantes el auto admisorio del presente trámite constitucional, al igual que esta providencia. MÓNICA MENDEZ SABOGAL Juez Décima Civil del Circuito de Cali" Para efectos de obtener la solicitud de amparo y cualquier comunicación enviarla al correo j10cccali@cendoj.ramajudicial.gov.co.
El anterior aviso se publica en el link de avisos del Juzgado 10 Civil del circuito de Cali, en el Portal de la Rama Judicial, hoy veinte (20) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS
SECRETARIA
 

 

         

 

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD

PALACIO DE JUSTICIA –PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA - PISO 12 TORRE B

TELEFONO 8986868 EXT. 4102 – FAX 4103 CORREO ELECTRONICO

AVISO

La suscrita secretaria del Juzgado Decimo Civil del Circuito de Oralidad de Cali, hace saber a quién pueda interesar,

Que el señor HENRY PEDROZA ESPINOSA, solicita el levantamiento del embargo inscrito en el folio de matrícula inmobiliaria No. 370-179091 mediante oficio No. 899 del 15/08/1986, predio ubicado en la calle 72 L #3BN 06 Urbanización Floralia de Santiago de Cali, ordenado dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO adelantado por INSTITUTO DE CREDITO TERRITORIAL contra HENRY PEDROZA Y BERTHA ISABEL ESTACIO.

 

De conformidad con el articulo 597 numeral 10 del Código General del Proceso se fija el presente aviso en el Portal de la
Rama Judicial, link publicación con efectos procesales "AVISOS", por el termino de veinte (20) días.

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

Secretaria

 

 

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JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD

PALACIO DE JUSTICIA –PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA - PISO 12 TORRE B

TELEFONO 8986868 EXT. 4102 – FAX 4103 CORREO ELECTRONICO

AVISO

La suscrita secretaria del Juzgado Décimo Civil del Circuito de Oralidad de Cali, hace saber a quién pueda interesar,

Que el doctor JHON EDINSON GARCIA GARCIA  en calidad de Asesor Grupos Procesos Judiciales de la Oficina Asesora Jurídica del MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, solicita el desarchivo del expediente para efectos de retirar el oficio de desembargo a fin de efectuar la cancelación del embargo que pesa sobre el bien inmueble demarcado con matrícula inmobiliaria número  370-236979 ubicado en la calle 83 # 8N-67 casa Urbanización Floralia 1 etapa, dentro del proceso EJECUTIVO CON TITULO HIPOTECARIO adelantado por el INSTITUTO DE CREDITO TERRITORIAL contra GERARDO VELEZ GARCIA y GLADIS VILLAFAÑE FORERO.

De conformidad con el articulo 597 numeral 10 del Código General del Proceso se fija el presente aviso en el Portal de la
Rama Judicial, link publicación con efectos procesales "AVISOS", por el termino de veinte (20) días el nueve (9) de noviembre de 2021.

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

Secretaria

 

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD

PALACIO DE JUSTICIA –PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA - PISO 12 TORRE B

TELEFONO 8986868 EXT. 4102 – FAX 4103 CORREO ELECTRONICO

AVISO

La suscrita secretaria del Juzgado Decimo Civil del Circuito de Oralidad de Cali, hace saber a quién pueda interesar,

Que el doctor ANDRES MAURICIO DUQUE MARIN, mayor de edad y vecino de Cali, identificado con la C.C 94.483.429 de Buga, abogado titulado en ejercicio, portador de la T.P 2547456 del CSJ, obrando como apoderado de ITAU CORPBANCA S.A, solicita el levantamiento del embargo que pesa sobre el vehículo de PLACA CMP-284, el cual se ordenó la restitución dentro del presente proceso y esta decomisado en BODEGA JM desde el 19 de febrero del año 2011, ordenado dentro del proceso ABREVIADO adelantado por LEASING DE CREDITO S.A contra ALVARO ENRIQUE BARRERA. Cabe mencionar que previa autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia ITAU CORPBANCA S.A, absorbió todas las obligaciones de LEASING DE CREDITO S.A; donde, entre otras negociaciones, aparece la de los derechos de crédito vinculados al proceso de la referencia.

De conformidad con el articulo 597 numeral 10 del Código General del Proceso se fija el presente aviso en el Portal de la
Rama Judicial, link publicación con efectos procesales "AVISOS", por el termino de veinte (20) días el cinco (5) de noviembre de 2021.

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

Secretaria

 

 

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PALACIO DE JUSTICIA –PEDRO ELIAS SERRANO ABADIA - PISO 12 TORRE B

TELEFONO 8986868 EXT. 4102 – FAX 4103 CORREO ELECTRONICO

AVISO

La suscrita secretaria del Juzgado Décimo Civil del Circuito de Oralidad de Cali, hace saber a quién pueda interesar,

Que el doctor GUILLERMO GALINDO COLLAZOS en calidad de apoderado judicial de los herederos del demandado DIOMEDES PIPICANO MUÑOZ, solicita el desarchivo del expediente para efectos de retirar el oficio de desembargo a fin de efectuar la cancelación del embargo que pesa sobre el bien inmueble ubicado en la calle 43 No. 18-33 del Barrio La Floresta de Cali demarcado con matrícula inmobiliaria número 370-351962 dentro del proceso EJECUTIVO CON TITULO HIPOTECARIO adelantado por LUIS HERNAN MUÑOZ HERRERA contra DIOMEDES PIPICANO MUÑOZ, radicación 76001310301019901216-00.

De conformidad con el articulo 597 numeral 10 del Código General del Proceso se fija el presente aviso en el Portal de la Rama Judicial, link publicación con efectos procesales "AVISOS", por el termino de veinte (20) días el veintidós (22) de noviembre de 2021.

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

Secretaria

 

 

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA

JUDICIAL JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD

Santiago de Cali, diciembre quince (15) de dos mil veintiuno (2021)

RAD. 76001-31-03-010-2021-00282-00

AVISO REORGANIZACIÓN

LA SUSCRITA SECRETARIA DECIMA CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE SANTIAGO DE CALI – VALLE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY 1116 DE 2006 Y EN CUMPLIMIENTO DEL AUTO INTERLOCUTORIO NO. 569 DEL VEINTINUEVE (29) DE 2021.

AVISA:

 Que por AUTO INTERLOCUTORIO NO. 569 DEL VEINTINUEVE (29) DE 2021, se inició el proceso de reorganización formulado por el señor NÉSTOR RAMÍREZ CUARTAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.971.935, en su condición de persona natural comerciante, que sin autorización del juzgado, no podrá realizar enajenaciones que no estén comprendidas en el giro ordinario de sus negocios, ni constituir cauciones sobre bienes del deudor, ni hacer pagos o arreglos relacionados con sus obligaciones. Lo anterior de conformidad con el numeral 11 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006. 2 Que el presente aviso SE FIJA en el micro sitio del juzgado, en la Página Web de la Rama Judicial, por el término de cinco (5) días hábiles a partir del 16 de diciembre de 2021 a las 8:00 a.m. 

MARIA DEL CARMEN QUINTERO CARDENAS

Secretaria.

Firmado Por: Maria Del Carmen Quintero Cardenas Secretario Juzgado De Circuito Civil 010 Oral Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 346fe2c7f5c5fd84a4eae0a71425ed48920c47c23933de52d0e89baa71f45dd5 Documento generado en 16/12/2021 10:03:05 AM Valide este documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica