Documento Descripción Fecha
J17LCALI-C 01 Reanudación de trámites en procesos exceptuados de la suspensión de términos por Emergencia Sanitaria  14/05/2020
J17LCALI-C 02

Medidas para la atención a usuarios y reanudación de términos en la sede judicial, en el marco de la Emergencia Sanitaria

30/06/2020

 

 

La suscrita secretaria del Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Cali, AVISA al señor ALDEMAR SAAVEDRA que mediante auto interlocutorio No. 1607 de fecha seis (06) de agosto de dos mil veinte (2020), dentro de la acción de tutela promovida contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES, radicado No. 76001-31-05-017-2020-00259-00, el Despacho resolvió:

"PRIMERO: ADMITIR la presente acción de tutela interpuesta El señor ALDEMAR SAAVEDRA identificado con la cedula de ciudadanía No. 6.093.808 contra COLPENSIONES, dándosele el trámite preferencial y sumario que ordena el Art. 86 del Constitución Nacional y los Decretos 2591 de 1991 y 306 de 1992. SEGUNDO: VINCULAR al Municipio de Santiago de Cali, a la Oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad y al Municipio de Guacarí del Valle del Cauca, para que en el término de dos (02) días, informen al Despacho sobre la veracidad de los hechos narrados por la parte accionante, manifestando lo que a bien tengan en su defensa y allegue el soporte documental que consideren pertinente. TERCERO: OFICIAR a COLPENSIONES, para que en el término de dos (02) días, informen al Despacho sobre la veracidad de los hechos narrados por la parte accionante, manifestando lo que a bien tengan en su defensa y allegue el soporte documental que consideren pertinente. CUARTO: Notifiquese esta providencia a las partes por el medio más expedito."

Por lo tanto, se pone en conocimiento el mencionado auto a TODAS LAS PERSONAS e INTERVINIENTES, que puedan verse afectadas en el desarrollo de este trámite constitucional y al accionante ALDEMAR SAAVEDRA. Se fija por el término de un (1) día, contado a partir de la fijación del presente aviso.

Santiago de Cali, 13 de agosto de 2020

MARÍA FERNANDA PEÑA CASTAÑEDA/SECRETARIA

 

 

La suscrita secretaria del Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Cali, AVISA a quienes conforman la LISTA DE ELEGIBLES para proveer las vacantes para el empleo de carrera denominado DEFENSOR DE FAMILIA Código 2125, Grado 17, OPEC No. 34702 del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR –ICBF-,  ofertado  a través de la Convocatoria No. 433 de 2016 por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL –CNSC- y reglamentada por el acuerdo No. 20161000001376 del 05 de septiembre de 2016, que en este despacho judicial cursa Acción de Tutela promovida por los señores PATRICIA RAMIREZ  ESCOBAR y JANIER   CAROLINA   GONZALES LLANO en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF-, radicado No. 76001-31-05-017-2020-00261-00, la cual fue admitida mediante auto No.  1617 del 10 de agosto de 2020 que dispuso la presente publicación.

Por consiguiente, aquellos que lo consideren necesario podrán intervenir dentro del presente asunto, en el término de dos (2) días contados a partir de la fijación del presente aviso. Como medida transitoria, solo se recepcionarán intervenciones en el correo j17lccali@cendoj.ramajudicial.gov.co

Santiago de Cali, 10 de agosto de 2020

MARÍA FERNANDA PEÑA CASTAÑEDA/SECRETARIA

Demanda

Auto admisorio

 

 

La suscrita secretaria del Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Cali, AVISA a quienes conforman la LISTA DE ELEGIBLES para proveer las vacantes para el empleo de carrera denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222, Grado 06, OPEC No. 5411 de la ALCALDIA MUNICIPAL DE CALI, ofertado a través de la Convocatoria No. 437 de 2017, que en este despacho judicial cursa Acción de Tutela promovida por la señora ÁNGELA MARÍA TAVERA CHARRY en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la universidad FRANCISCO DE PAULA SANTANDER, radicado No. 76001-31-05-017-2020-00179-00, la cual fue admitida mediante auto No.  985 del 22 de mayo de 2020 que dispuso la presente publicación.

Por consiguiente, aquellos que lo consideren necesario podrán intervenir dentro del presente asunto, en el término de dos (2) días contados a partir de la fijación del presente aviso. Como medida transitoria, solo se recepcionarán intervenciones en el correo j17lccali@cendoj.ramajudicial.gov.co

Santiago de Cali, 26 de mayo de 2020

MARÍA FERNANDA PEÑA CASTAÑEDA/SECRETARIA

Demanda

Auto admisorio

Sentencia

 

 

La suscrita secretaria del Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Cali, AVISA que en este despacho judicial cursa Acción de Tutela promovida por el señor FELIPE CHAVEZ CORAL en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, radicado No. 76001-31-05-017-2020-00178-00, la cual fue admitida mediante auto No.  984 del 15 de mayo de 2020 que dispuso la presente publicación. Como medida transitoria, solo se recepcionarán intervenciones en el correo j17lccali@cendoj.ramajudicial.gov.co

Por consiguiente, aquellos que lo consideren necesario podrán intervenir dentro del presente asunto, en el término de dos (2) días contados a partir de la fijación del presente aviso.

Santiago de Cali, 18 de mayo de 2020

MARÍA FERNANDA PEÑA CASTAÑEDA/SECRETARIA

Demanda

Auto admisorio

Intervención Manuel Orlando Mena

Auto pone en conocimiento

Sentencia 

Sentencia complementaria