Que dentro del proceso ejecutivo propuesto por el BANCO
COOPDESARROLLO, en contra de SARA CARDONA REYES,
BENJAMIN NAVAS SUAREZ C.C. 5.717.983 Y JUFFMAN NAVAS
RAMIREZ C.C. 7.700.344, bajo radicado 41001-40-03-002-199900777-00;
se
DISPUSO
que:
" PRIMERO. Por secretaría FÍJESE un aviso en el micrositio del
Juzgado por el término de veinte (20) días para que, los
interesados ejerzan sus derechos.
SEGUNDO. REPLICAR la presente providencia para los
efectos de que trata el numeral anterior, entre todos los
juzgados del país; para ello ofíciese a soporte técnico de la
DESAJ NEIVA stecneiva@cendoj.ramajudicial.gov.co para
que proceda a darlo a conocer. Por secretaría procédase
de conformidad."
Se elabora el presente aviso, en Neiva – Huila, hoy, dos (2) de
marzo de dos mil veintitrés (2023).