JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL

IPIALES – NARIÑO.
Carrera 4 No. 18 – 45 – Palacio de Justicia

j02cmpalipiales@cendoj.ramajudicial.gov.co


AVISO IMPORTANTE


Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 806 de 2020 y el Acuerdo No. CSJNAA20-21 de 24 de junio de 2020 proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, el Juzgado Segundo Civil Municipal de Ipiales informa a la comunidad los protocolos establecidos para el adecuado servicio de administración de justicia apartir del día 1 de julio de 2020, el cuál será de manera preferente no presencial, y en virtualidad, con apoyo de las tecnologías de la información TIC


HORARIO LABORAL: lunes a viernes, desde las 7:00 am a 12:00 am y de 1:00 pm a 4 :00 pm. (Artículo 1 Acuerdo No. CSJNAA20-21 de 24 de junio de 2020)
 

1.- CANALES OFICIALES DE INFORMACIÓN:(artículo 2 Decreto 806 de 2020) 

Correo electrónico: j02cmpalipiales@cendoj.ramajudicial.gov.co
Teléfono y WhatsApp: 
3157058014 (en horario laboral)

 

-Plataformas para audiencias virtuales:


Lifesize, Microsoft Teams, Stream (publicación) o cualquier otra que oportunamente el juzgado comunique a los interesados.


2.- RECEPCIÓN DE MEMORIALES


La remisión de memoriales al Despacho deberá enviarse desde el correo electrónico del apoderado, inscrito en el registro nacional de abogados SIRNA, únicamente en formato PDF.


En el asunto del mensaje deberá indicar el número del proceso y el tipo de solicitud.

Deberá realizarse, además, en el horario laboral dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura. Cualquier petición fuera de dicho horario, se tendrá como extemporánea con los efectos legales que aquello conlleve.


3.- AUDIENCIAS VIRTUALES


Toda audiencia que deba practicarse en el desarrollo de los procesos judiciales que lleva el Despacho, deberá realizarse de forma virtual (artículo 7 Decreto 806 de 2020) por medio de las plataformas digitales dispuestas para tal fin. El horario y fecha para su práctica serán concertados con las partes con el objeto de evitar aplazamientos innecesarios. Una vez fijada la fecha de la audiencia, se remitirá, al correo registrado por las partes, el link de acceso.


Es deber de la parte, en lo de su competencia, preparar todos los elementos necesarios para el adecuado desarrollo de la audiencia, esto es, dispositivos tecnológicos apropiados, redes de internet y demás elementos necesarios para tal fin. Copia de la audiencia se guardará en stream a la que las partes podrán tener acceso previa petición.


4.- ESTADOS Y TRASLADOS ELECTRÓNICOS
 

En la página web de la Rama Judicial/portal, Juzgado Segundo Civil Municipal, se publican, como lo dispone el artículo 295 CGP, las providencias notificadas en la fecha, salvo las que tratan de medidas cautelares, y su correspondiente aviso de estados, sin la firma digitalizada de secretaría, por así disponerlo el artículo 9 del Decreto 806 de 2020.


Lo propio ocurre con los traslados y sus listas.
 

5.- OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO
 

Es deber de las partes y sus apoderados revisar continuamente la página web de la Rama Judicial, en el micrositio web del Despacho, donde se encuentran todas las publicaciones realizadas, descargar lo pertinente y formar sus expedientes personales para revisión


Firmado Por:
 

HILDA ISABEL CHAMORRO MORALES
JUEZ MUNICIPAL
JUZGADO 002 CIVIL MUNICIPAL DE IPIALES

 

Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez
jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación:

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Documento generado en 26/06/2020 12:00:27 PM