ATENCIÓN
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Estimados usuarios y litigantes, próximamente estaremos publicando por este medio: cronograma de audiencias, Estados Electrónicos, traslados y avisos.
HABLE CON EL SECRETARIO
PROTOCOLO DE AUDIENCIAS POR MICROSOFT TEAMS PARA USUARIOS Y ABOGADOS
También dejamos a su disposición el siguiente protocolo, dado que las audiencias que se programen para su realización de forma virtual, se realizarían con la app MICROSOFT TEAMS. CONSULTE AQUÍ
BANCO DE DATOS |
Atendiendo a la situación de conocimiento público sobre la posibilidad de expansión de contagio del virus COVID-19 (Coronavirus), la declaratoria de estado de conmoción y las decisiones implementadas por el Consejo Superior de la Judicatura, este despacho se permite informar a todos los usuarios, litigantes y a la ciudadanía en general, y en pos de establecer canales de comunicación con todo aquel que tenga interés en las actuaciones que se surten ante este Juzgado, que se está constituyendo un banco de datos.
Es así que los invitamos a seguir el presente vínculo:
Asimismo, si es de su preferencia, también podrán remitir a la dirección electrónica j02lctocgena@cendoj.ramajudicial.gov.co, La siguiente información, la cual en lo posible deberá ser diligenciada en tabla Excel así;
Rad Proceso |
Nombre Apoderado |
identificación |
Correo electrónico |
teléfono de Contacto |
Nombre Parte | Rep. Legal (si es necesario) |
Correo electrónico |
teléfono de Contacto | El tema es pensión de sobreviviente Si/No | En el proceso hay interés de adultos mayores Y/o menores Si/No | Existe solicitud de persona en condición de discapacidad Si/No | Cuenta usted, las partes y testigos con herramientas para desarrollar audiencias virtuales Si /No |
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En el ítem rad. Proceso, colocar año y los tres últimos números del consecutivo del proceso, ej: 2010-115 o 2010-002
En torno al diligenciamiento de los nombres de litigantes y partes primero colocar apellido luego el nombre
Así mismo se manifieste de manera expresa su aceptación para efectos de recibir notificaciones por medio del correo electrónico que suministren.
Lo anterior en ningún caso remplaza el deber contenido en el artículo 28 de la Ley 1123 del 2007, en torno al Registro Nacional de Abogados que todo profesional del Derecho debe tener, y se encuentre debidamente actualizado, así como lo reiterado en el Acuerdo PCSJA20-11532 del 2020, referido al registro o actualización de sus cuentas de correo electrónico, con el fin de facilitar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en sus gestiones ante los despachos judiciales.
COMUNICACIÓN DE LOS JUECES LABORALES DEL CIRCUITO DE CARTAGENA PARA LOS USUARIOS EN GENERAL