AVISOS ELECTRÓNICOS
Aviso No. 001 |
AVISO N° 01 17 de julio de 2020.
El Secretario del JUZGADO VEINTIUNO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C., informa a los usuarios de la administración de justicia y teniendo en cuenta lo dispuesto por el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA En su ACUERDO N° PCSJA20-11597 del 15 de julio de 2020, con el cual ordenó el cierre de algunas sedes judiciales en la ciudad de Bogotá, en donde se encuentra incluida la sede judicial HERNANDO MORALES MOLINA, lugar en el que se ubicada las instalaciones de este Despacho, trae como consecuencia la imposibilidad de agendar citas para trámites presenciales en la Secretaría de este estrado judicial.
Por ello, la entrega de demandas, notificaciones y retiro de oficios se agendará una vez se den las condiciones higienicosanitarias para una correcta y segura prestación del servicio de administración de justicia.
Cordialmente,
OSCAR ENRIQUE ESCOBAR ESPINOSA SECRETARIO |
AVISO N° 02 17 de julio de 2020.
El Secretario del JUZGADO VEINTIUNO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C., informa a los usuarios de la administración de justicia y teniendo en cuenta lo dispuesto por el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA en los ACUERDOS N° PCSJA20-11516; 11518; 11519; 11521; 11526; 11532; 11546; 11549; 11556, NO CORRIERON TÉRMINOS.
Así mismo, partir del 1º de julio de los corrientes, fecha en la que se reanudaron los términos judiciales conforme al ACUERDO N° PCSJA20 11567, el horario de atención al público es de lunes a viernes de 8:00 A.M. A 1:00 P.M. y de 2:00 P.M. a 5:00 P.M., todos los correos electrónicos recibidos de lunes a viernes después de las 5:00 P.M.; de igual forma es importante indicarles que los términos judiciales se flexibilizarán hasta tanto se pueda llegar a una normalidad en el trámite de los procesos, esto en aras de salvaguardar el debido proceso y acceso a la administración de justicia Cordialmente, OSCAR ENRIQUE ESCOBAR ESPINOSA SECRETARIO |
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Aviso No. 003 |
AVISO N° 03 17 de julio de 2020. El Secretario del JUZGADO VEINTIUNO CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, D.C., informa a los usuarios de la administración de justicia y teniendo en cuenta el uso de las tecnologías, se les requiere para que al momento de contestar la demanda, presentar petición alguna al Despacho y estando traba la Litis en el proceso, total o parcialmente, se envíe a la contraparte el escrito allegado, conforme lo dispone el numeral 14 del artículo 78 del C.G. del P., que reza "Enviar a las demás partes del proceso después de notificadas, cuando hubieren suministrado una dirección de correo electrónico o un medio equivalente para la transmisión de datos, un ejemplar de los memoriales presentados en el proceso. Se exceptúa la petición de medidas cautelares. Este deber se cumplirá a más tardar el día siguiente a la presentación del memorial. El incumplimiento de este deber no afecta la validez de la actuación, pero la parte afectada podrá solicitar al juez la imposición de una multa hasta por un salario mínimo legal mensual vigente (1 smlmv) por cada infracción".
Para acreditar el cumplimiento de la norma citada, se deberá remitir copia del mismo al Despacho para que sea adjuntada al proceso y obre tal constancia. Cordialmente, OSCAR ENRIQUE ESCOBAR ESPINOSA SECRETARIO |