JUZGADO VEINTITRÉS DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTÁ

j23pqccmbta@cendoj.ramajudicial.gov.co

 

JUZGADO VEINTITRÉS DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTÁ

 

CONSTANCIA SECRETARIAL

AVISO Art.597 Numeral 10 del Código General del Proceso

A TODOS LOS INTERESADOS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR

 

La suscrita JUEZ VEINTITRÉS DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTÁ, mediante el presente AVISO informa A TODOS LOS INTERESADOS QUE SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR, que se ha iniciado trámite de levantamiento de las medidas cautelares decretadas en el proceso ejecutivo radicado 11001418902320060059100, a cargo del demandado MARGIN RAMIREZ MOGOLLON Y HAROLD FORERO RAMIREZ; en particular, las ordenadas a cargo de los bienes de propiedad o en posesión. Lo anterior para que los interesados puedan ejercer sus derechos al tenor de lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 597 del Código General del Proceso.

Se informa al público en general o cualquier interesado en ejercer su derecho que, si lo considera podrá comunicarse con el Despacho a través del correo electrónico Institucional j23pqccmbta@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Se entenderá surtido la presente publicación 20 días después de haberse publicado en Micrositio que tiene este Juzgado en el portal Web de la Rama Judicial, sección avisos y en la cartelera de la secretaria del juzgado.

Se publica por la Secretaría del Juzgado, a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos mil veinticuatro(2024), en cumplimiento a lo ordenado en auto proferido el ocho (8) de abril de dos mil veinticuatro (2024), en concordancia con lo dispuesto en la Ley 2213 de 2022.

 

ANA MILENA BULLA ANGULO

SECRETARIA

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

 

JUZGADO VEINTITRES DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTÁ

CALLE 11 No. 9 – 28/30 EDIFICIO VIRREY PISO 05

 

Bogotá, 03 de mayo de 2024

AVISO

 

REFERENCIA:       TUTELA No. 11001418902320240005700 (Link Tutela)

ACCIONANTE:      CINDY NATASHA NAVIA VASQUEZ

                                        ACCIONADO:       SECRETARIA DE EDUCACION DE DISTRITO

 

La secretaria de Este Juzgado hacer saber a:

 

El señor SEBASTIAN RICARDO COGUA ABADIA y a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC que mediante providencia proferida por este juzgado el 30 de abril de 2024 se dispuso:

 

PRIMERO.- Procédase a través de la Secretaría de Educación accionada vincular al señor SEBASTIAN RICARDO COGUA ABADIA, comuníquesele la presente decisión para que a través de esta, en el improrrogable término de UN (01) DÍA contado a partir del enteramiento de la presente decisión, se sirva pronunciarse sobre los hechos de esta tutela y que además, remita un informe pormenorizado de los antecedentes del caso, junto con las copias de la documentación que estime conveniente, para la pronta y adecuada resolución de la tutela, informando la solución que podría ofrecer a la accionante frente a las pretensiones de la solicitud de amparo.

SEGUNDO. - Vincular a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC, así mismo para que por su intermedio se convoque a los conformantes del registro de elegibles de la OPEC 184994 para el área de E.A. – MUSCA NO RURAL GRUPO A de la Resolución 2023 Res-400.300.24-079294 del 6 de octubre de 2023, comunicándoseles la presente decisión para que a través de esta, en el improrrogable término de UN (01) DÍA contado a partir del enteramiento de la presente decisión, se sirva pronunciarse sobre los hechos de esta tutela y que además, remita un informe pormenorizado de los antecedentes del caso, junto con las copias de la documentación que estime conveniente, para la pronta y adecuada resolución de la tutela, informando la solución que podría ofrecer a la accionante frente a las pretensiones de la solicitud de amparo.

TERCERO. - Las entidades indicadas en los numerales anteriores,deberán realizar las publicaciones del caso dentro de sus paginas web, así como del auto admisorio de la publicación de la presente tutela.

CUARTO. - La secretaría de este estrado judicial proceda a realizar las notificaciones de que trata el artículo 16 de la normatividad supra citada, por el medio más expedito y eficaz, remitiéndole a los accionados, en lo posible, copia tanto de la demanda de tutela como de sus anexos, así como la fijación del aviso en el micrositio del despacho.

 

Se les informa que con esta publicación se entiende surtida la notificación de la mencionada providencia.

 

El presente aviso se publicará en el micrositio que la página de la rama judicial tiene dispuesto para este Juzgado.

 

Se expide en Bogotá D.C., a los tres (03) días del mes de mayo de dos mil veinticuatro (2024).

 

Comedidamente,

 

ANA MILENA BULLA ANGULO

Secretaria