JUZGADO VEINTITRÉS LABORAL DEL CIRCUITO

MEDELLÍN – ANTIOQUIA

 

A V I S O

 

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTITRÉS LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN-ANTIOQUIA

 

NOTIFICA:

 

A todas y cada una de las naturales y jurídicas que hacen parte, o se postularon para serlo, del BANCO NACIONAL DE OFERENTES DE PRIMERA INFANCIA PARA LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR IP-003-2019 que el día 20 de octubre de 2021 el JUZGADO VEINTITRÉS LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN-ANTIOQUIA profirió sentencia de primera instancia dentro de la acción de tutela donde fueron vinculados Radicado Nº 05-001-31-05-023-2021-00390-00, promovida por la FUNDACIÓN LAZOS EDUCATIVOS, en contra del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales. Cuya parte resolutiva es del siguiente tenor literal:

 

"En mérito de lo expuesto, el JUZGADO VEINTITRÉS LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por mandato constitucional, F A L L A: PRIMERO: Denegar por improcedente el amparo constitucional deprecado por la FUNDACIÓN LAZOS EDUCATIVOS, a través de su Representante Legal, la señora CARMEN ELIANA RAMÍREZ TORRES, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta sentencia. SEGUNDO: Notificar esta decisión a las partes, por el medio más expedito. TERCERO: De no formularse impugnación contra esta providencia en el término de tres (03) días, contados a partir del siguiente a la notificación, se remitirá el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. NOTIFÍQUESE LUZ STELLA VALENCIA BERRIO JUEZ".

 

JUAN CAMILO MARULANDA ARANGO

SECRETARIO

 

20/10/2021

 

 

JUZGADO VEINTITRÉS LABORAL DEL CIRCUITO

MEDELLÍN – ANTIOQUIA

 

A V I S O

 

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTITRÉS LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN-ANTIOQUIA

 

NOTIFICA:

 

A todas y cada una de las naturales y jurídicas que hacen parte, o se postularon para serlo, del BANCO NACIONAL DE OFERENTES DE PRIMERA INFANCIA PARA LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR IP-003-2019, que han sido vinculadas por pasiva a la acción de tutela, Radicado Nº 05001-31-05-023-2021-00390-00, promovida por la FUNDACIÓN LAZOS EDUCATIVOS, Entidad sin ánimo de lucro identificada con NIT: 900.405.777-8, a través de su Representante Legal, contra el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.

 

 

Se les informa que dicha acción fue admitida mediante providencia del 06 de octubre del cursante año y tanto los accionados como los vinculados cuentan con el término improrrogable de dos (2) días para que ejerzan su derecho de defensa, pidan y aporten las pruebas que se pretenden hacer valer. Para tal efecto, se adjunta copia del escrito con el que se instauró la tutela y sus anexos.

JUAN CAMILO MARULANDA ARANGO

Secretario

 

JUZGADO VEINTITRÉS LABORAL DEL CIRCUITO

MEDELLÍN – ANTIOQUIA

A V I S O

 

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTITRÉS LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN-ANTIOQUIA

NOTIFICA:

A todas y cada una de las personas que hicieron parte de la CONVOCATORIA NO. 1010 DE 2019 – TERRITORIAL 2019, dispuesta por el acuerdo No. CNSC 20191000001396 del 04-03-2019, que han sido vinculadas por pasiva a la acción de tutela, Radicada Nº 05001-31-05-023-2021-00372-00, promovida por la señora MARY LUZ GONZÁLEZ TABARES contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.

Se les informa que dicha acción fue admitida mediante providencia del 22 de septiembre del cursante año y tanto los accionados como los vinculados cuentan con el término improrrogable de dos (2) días para que ejerzan su derecho de defensa, pidan y aporten las pruebas que se pretenden hacer valer. Para tal efecto, se adjunta copia del escrito con el que se instauró la tutela y sus anexos.

https://etbcsj.sharepoint.com/sites/Juzgado23laboraldelcto/Procesos/Tutelas/2021%20372/02EscritoTutela_p4-p10.pdf?CT=1632332182543&OR=ItemsView

https://etbcsj.sharepoint.com/sites/Juzgado23laboraldelcto/Procesos/Tutelas/2021%20372/03AnexosTutela_p11-p32.pdf?CT=1632325430153&OR=ItemsView

JUAN CAMILO MARULANDA ARANGO

Secretario